Provincias / Buenos Aires, Argentina

- modifica y/o complementa: ley 13927, decreto 532/09 PEP.

- modificada y/o complementada por: derogada por resolución 36/16 SsCG.

Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL - LICENCIAS DE CONDUCIR

Disposición (DPPySV) 23/13. Del 13/11/2013. B.O.: 12/12/2013. Implementar en forma progresiva, el proceso de regionalización de impresión de las Licencias Únicas de Conducir, a través de los Centros Regionales de Impresión (C.R.I.), aplicando a tal efecto, los recursos necesarios para ello, bajo las modalidades y condiciones especificadas en el Anexo I y Anexo II de la presente.

La Plata, 13 de noviembre de 2013.

POR 5 DÍAS - VISTO el expediente 22103-4973/13, la Ley Nacional Nº 24.449, la Ley Provincial Nº 13.927 y el Decreto Nº 532/09;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8º de la Ley Nº 13.927 prevé que el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, actual Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, emitirá las licencias únicas de conducir, resguardando las características técnicas y de seguridad establecidas por la Ley Nº 24.449;

Que el artículo 5º del Anexo II, Título I, del Decreto Nº 532/2009, establece que el Registro Único de Infracciones de Tránsito coordinará con la Dirección Provincial de Impresiones del Estado y Boletín Oficial las tareas de impresión de las Licencias de Conducir;

Que en virtud del incremento sostenido de la demanda de licencias de conducir, desde la implementación del sistema de licencia nacional de conducir única, resulta necesario a los fines de optimizar el circuito operativo de emisión de las mismas, implementar un proceso complementario al existente, orientado a satisfacer el aludido requerimiento, que disminuya los plazos de entrega de documentación a los Centros de Otorgamiento de Licencias (C.O.L.) de la Provincia de Buenos Aires, brindando así una mejor calidad de servicio, en debido tiempo y forma.

Que para dar cumplimento a dicho objetivo, es menester implementar Centros Regionales de Impresión (C.R.I), cuya operatividad estará sujeta a los estándares de seguridad, técnicos y de diseño de la Licencia Nacional de Conducir, estipulados en el Anexo V del Convenio Específico de Cooperación celebrado entre la Provincia de Buenos Aires y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, con fecha 28 de abril de 2010;

Que los estándares de seguridad, técnicos y de diseño, cuyo cumplimiento resulta ineludible para la homologación y certificación de los Centros de Emisión y Otorgamiento, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Sexta, se encuentran previstos en el Anexo V del convenio aludido precedentemente;

Que la Asesoría General de Gobierno ha tomando la debida intervención;

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas en el Decreto Nº 532/09, reglamentario de la Ley Nº 13.927,

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. Implementar en forma progresiva, el proceso de regionalización de impresión de las Licencias Únicas de Conducir, a través de los Centros Regionales de Impresión (C.R.I.), cuya coordinación funcional y operativa estará a cargo de esta Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial según lo establecido en el artículo 5º del Anexo II, Título I, del Decreto Nº 532/09, aplicando a tal efecto, los recursos necesarios para ello, bajo las modalidades y condiciones especificadas en el Anexo I y Anexo II de la presente.

ARTÍCULO 2º. Establecer que la primera etapa del proceso de regionalización de impresión se llevará a cabo a la ciudad de San Justo, Partido de La Matanza y en la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, dónde se pondrán en marcha los dos primeros Centros Regionales de Impresión (C.R.I.).

ARTÍCULO 3º. Establecer que, inicialmente en una primera etapa, los centros regionales de impresión (C.R.I.) emitirán en forma exclusiva las licencias de conducir de aquellos contribuyentes domiciliados en el municipio donde se encuentran emplazados los referidos centros.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. 

ANEXO I

DOMICILIO DE LAS INSTALACIONES; CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO:

COSTOS; EQUIPAMIENTO Y PERSONAL

I) Instalaciones. Las instalaciones de la ciudad de Mar del Plata funcionarán en la calle en Av. Juan B. Justo Nº 5665, partido de Gral. Pueyrredón y la de la ciudad de San Justo en la Av. Juan Manuel de Rosas Nº 1315, partido de La Matanza.

II) Equipamiento. Todo el equipamiento necesario para el presente proceso de regionalización de la Impresión de licencias de Conducir, es de propiedad de la Provincia de Buenos Aires, no entregándose o cediéndose en comodato a los municipios, toda vez que es facultad y potestad provincial la impresión de las licencias de conducir provinciales, la cual no es cedida ni delegada.

Los centros regionales de emisión de licencias, estarán dotados del siguiente equipamiento

a) Dos (2) PC completas y una impresora color a doble faz destinada a la impresión de los interiores de las licencias de conducir conectada a la red provincial.

b) Dos (2) equipos laminadores para el plastificado y troquelado automático de las licencias de conducir impresas.

c) Dos (2) cámaras de seguridad.

d) Sistema digital de ingreso y egreso al recinto a través de reconocimiento de huella dactilar

e) Elementos de seguridad personal para los operadores.

f) Sistema de refrigeración destinado a preservar la temperatura requerida por los equipos y maquinarias.

III) Proceso. El proceso de regionalización no implicará para la Provincia de Buenos Aires nuevas erogaciones o costos adicionales, atento a que:

a) El lugar físico (edificio), donde se emplazará el centro regional de impresión, será aportado por cada municipio celebrándose oportunamente el correspondiente contrato de comodato, que también incluirá en el mismo los servicios pertinentes a cargo de la comuna.

b) Las Cámaras de Seguridad: Estarán conectadas a través de una conexión IP para poder monitorear on line el taller desde cualquier computadora con acceso, ubicada en esta Dirección Provincial.

c) Comunicaciones: Éstas se realizarán a cabo a través de la PC destinada a la impresión, y su dirección de IP, por lo cual no será necesario incurrir en otros costos de comunicación. Lo mismo para las comunicaciones telefónicas, esto es a través de la conexión IP.

d) Costos Fijos: Los costos fijos tales como instalaciones, mantenimiento, higiene y energía eléctrica serán absorbidos por los municipios en los cuales estarán emplazados los C.R.I.

e) Insumos: Los blancos de impresión, láminas de seguridad, e insumos de las impresoras, los mismos se encuentran contemplados en el circuito de provisión existente en la actualidad, siendo la empresa Eurocalcográfica S.A.C.I. quien los suministra a esta Dirección, la que luego los asignará a los nuevos C.R.I. en función de la demanda establecida. Lo propio ocurrirá para el mantenimiento y service de los equipos.

f) Servicio de distribución: La distribución de las Licencias de Conducir impresas a los distintos municipios de la Provincia, se llevará a cabo en la forma habitual, a través del servicio de correo brindado por la empresa Exulta S.A., quien retirará las Licencias desde los nuevos C.R.I. y remitirá a los demás municipios.

IV) Personal. El personal a cargo de las tareas en los centros regionales de impresión se fija en un número máximo de hasta 3 (tres) agentes por cada centro, y el mismo será personal provincial y no municipal. 

ANEXO II

IDENTIFICACIONES D1. CARACTERÍSTICAS GENERALES Y ESPECÍFICAS

DE MATERIALES Y PROCESO DE IMPRESIÓN.

I) Cubiertas Plásticas Protectoras de Identificaciones D1

* Formato del sobre: 108 por 70 milímetros cerrado. (+- 0,5%)

* Doblez del sobre: Éste se practicará en uno de los lados de mayor longitud, por medio de quemado láser en modo discontinuo, espesor de la línea 0.5 milímetros (+- 0,5mm.)

* Sustrato: Tereftalato de Polietileno con tratamiento en su cara interna a base de polialqueno, para poder obtener una adhesión superficial con la lámina base o núcleo de la identificación por medio de presión (0.1 T/cm2. +- 3%), temperatura (110º/120º c.) en un tiempo no mayor a 10 segundos.

*Composición: 175 micrones de Tereftalato de Polietileno más 75 micrones de polialqueno.

*Espesor de cada una de las láminas del sobre: 250 micrones (+- 3%)

*Elemento OVD: de diseño exclusivo del Oferente, del tipo transparente, visible en una de las caras. El arte deberá estar conformado por elemento/s Guilloches, geométricos y textos alusivos a la Nación, organismo o documento. Resolución de generación 10.000 dpi.

*Numeración: En uno de sus lados, contra el margen del doblez, la numeración será tipo arábiga en caracteres alfanuméricos.

II) Núcleos plásticos de Seguridad

* Presentación: en formato pliego de 8.5 por 11 (+- 0.5 %) pulgadas, poseyendo 8 núcleos. Formato hoja núcleo, 108 por 70 milímetros (+- 0,5%)

* Sustrato: Papel sintético de alta densidad impermeable y resistente al agua, microporoso a base de polialqueno, estabilizado térmicamente, color blanco, libre de fluorescencia ante la fuente de luz ultravioleta. Apto para ser procesado por sistema láser color. Gramaje 206 (+- 3%) gramos por metro cuadrado con un espesor de 300 micrones.

*Precortes: Los elementos o poses correspondientes a las identificaciones de los pliegos, deberán estar precortadas y vinculadas al pliego por micro puntos de enlace en cada una de estas poses. Dichos enlaces deberán soportar la fricción y tracción de los sistemas de personalización para el anverso y reverso y al mismo tiempo resultar suaves para el desprendimiento manual.

* Fondos de seguridad: De diseño exclusivo del Oferente, genuinos y originales Guilloches y Numismáticos con modulación del espesor de las líneas, combinados éstos con imágenes alegóricas a la República Argentina y/o institución, constituidas a partir de finas líneas continuas.

* Impresión offset del frente: Fondo de seguridad impreso en sistema simultáneo en registro perfecto a tres colores. Los colores a emplearse para la impresión deberán ser celestes, grises y naranja, combinado a éstos se imprimirá con dos colores adicionales los textos y el escudo nacional. Las licencias poseerán en el margen inferior una guarda en color celeste la que incluirá el logotipo de la Agencia Nacional y el Escudo nacional.

 Impresión offset del dorso: Fondo de seguridad impreso en sistema simultáneo en registro perfecto a dos colores. Los colores a emplearse para la impresión deberán ser naranja y gris.

* Impresión en tinta ópticamente variable tipo OVI o similar: Aplicada en el frente de las identificaciones, en la cual se aprecien dos colores bien claros y diferenciados en dos distintos ángulos de observación e iluminación (verde/cobre).

* Numeración del pliego: En una posición en uno de sus márgenes, en caracteres arábigos numéricos y código de barras del tipo Interleaved 2 de 5, para identificación óptica – mecánica.

* Técnica de seguridad para datos variables (Personalización): El oferente deberá suministrar un elemento (módulo) de seguridad adicional, exclusivo del mismo, a emplearse en el proceso de personalizado de las identificaciones, el que deberá certificar la

procedencia de la acción y dotar de mayor seguridad a las licencias. La metodología a emplearse deberá ser del tipo no convencional.

III) El elemento de seguridad deberá interactuar con las unidades de personalización del organismo cuyos datos se detallan:

* Plataforma: Windows XP que pueda ser invocada desde programa como una Librería de Enlace Dinámico (DLL) o como Programa Ejecutable de iguales características que pueda recibir parámetros por línea de comando. Velocidad de procesamiento: Intel Xeon E5620 2.40 GHz.

*Tecnología de la unidad de impresión color: Electro de posición de tóner color.

* Resolución de la unidad de impresión color: 2.400 dpi.

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