Ecofield - Provincias - Buenos Aires, Argentina - Resolución (SSCG) 1/16.

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Provincias / Buenos Aires, Argentina

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Subsecretaría de Coordinación Gubernamental

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL - MULTAS - VALORES BIMESTRE MARZO-ABRIL 2016

Resolución (SSCG) 1/16. Del 4/3/2016. B.O.: 16/3/2016. Tránsito y Seguridad Vial. Establecer, al solo efecto de la determinación del valor de las multas por infracciones de tránsito, a partir del 1° de marzo del año 2016 y para el bimestre comprendido entre los meses de marzo y abril del mismo año, que el valor de una (1) “UF” (Unidad Fija) será de pesos QUINCE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 15,93),  según lo informado por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata.

La Plata, 4 de marzo de 2016.

VISTO el Expediente 22103-1037/12 Alc. 21, mediante el cual se gestiona la determinación del valor bimestral de las Unidades Fijas (UF´s), las Leyes N° 13.927, N° 14.803, el Decreto N° 532/09 y el Decreto N° 50/16; y

CONSIDERANDO:

Que el Anexo V del Decreto N° 532/09 del Régimen General de Contravenciones y Sanciones en Jurisdicción Provincial, sanciona las infracciones de tránsito mediante la aplicación de multas determinadas en Unidades Fijas (UF);

Que el artículo N° 33 del Anexo I del Decreto N° 532/09, reglamentario de la Ley N° 13.927 establece que cada infracción de tránsito se encuentra expresada en “UF´s”, siendo éstas unidades fijas equivalentes a 1 (un) litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino (A.C.A.), sede Ciudad de La Plata;

Que el A.C.A. informa que, al 29 de febrero de 2016, el valor para la cantidad mencionada

de combustible de las características citadas es de pesos QUINCE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 15,93);

Que estará a cargo del Registro Único de Infractores de Tránsito dependiente de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Subsecretaría de Coordinación Gubernamental, publicar en forma bimestral en su página web, www.dppsv.gba.gov.ar o www.gob.gba.gov.ar, el valor vigente de cada “UF´s”;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/16;

Por ello; 

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Establecer, al solo efecto de la determinación del valor de las multas por infracciones de tránsito, a partir del 1° de marzo del año 2016 y para el bimestre comprendido entre los meses de marzo y abril del mismo año, que el valor de una (1) “UF” (Unidad Fija) será de pesos QUINCE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 15,93),  según lo informado por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata.

ARTÍCULO 2°: Solicitar a las autoridades pertinentes del Ministerio de Gobierno que se efectúe la correspondiente publicación en la página web del Organismo.

ARTÍCULO 3°: Registrar, publicar, comunicar. Cumplido, archivar.

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