Subsecretaría de Coordinación
Gubernamental
TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL -
MULTAS - VALORES BIMESTRE MARZO-ABRIL
2016
Resolución (SSCG) 1/16. Del 4/3/2016.
B.O.: 16/3/2016. Tránsito y Seguridad Vial. Establecer, al solo
efecto de la determinación del valor de las multas por infracciones
de tránsito, a partir del 1° de marzo del año 2016 y para el
bimestre comprendido entre los meses de marzo y abril del mismo año,
que el valor de una (1) “UF” (Unidad Fija) será de pesos QUINCE CON
NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 15,93), según lo informado por el
Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata.
La Plata, 4 de marzo de 2016.
VISTO el Expediente 22103-1037/12 Alc.
21, mediante el cual se gestiona la determinación del valor
bimestral de las Unidades Fijas (UF´s), las Leyes N° 13.927, N°
14.803, el Decreto N° 532/09 y el Decreto N° 50/16; y
CONSIDERANDO:
Que el Anexo V del Decreto N° 532/09 del
Régimen General de Contravenciones y Sanciones en Jurisdicción
Provincial, sanciona las infracciones de tránsito mediante la
aplicación de multas determinadas en Unidades Fijas (UF);
Que el artículo N° 33 del Anexo I del
Decreto N° 532/09, reglamentario de la Ley N° 13.927 establece que
cada infracción de tránsito se encuentra expresada en “UF´s”, siendo
éstas unidades fijas equivalentes a 1 (un) litro de nafta de mayor
octanaje informado por el Automóvil Club Argentino (A.C.A.), sede
Ciudad de La Plata;
Que el A.C.A. informa que, al 29 de
febrero de 2016, el valor para la cantidad mencionada
de combustible de las características
citadas es de pesos QUINCE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 15,93);
Que estará a cargo del Registro Único de
Infractores de Tránsito dependiente de la Dirección Provincial de
Política y Seguridad Vial de la Subsecretaría de Coordinación
Gubernamental, publicar en forma bimestral en su página web,
www.dppsv.gba.gov.ar o www.gob.gba.gov.ar, el valor vigente de cada
“UF´s”;
Que la presente se dicta en uso de las
facultades conferidas por el Decreto N° 50/16;
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN
GUBERNAMENTAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establecer, al solo efecto
de la determinación del valor de las multas por infracciones de
tránsito, a partir del 1° de marzo del año 2016 y para el bimestre
comprendido entre los meses de marzo y abril del mismo año, que el
valor de una (1) “UF” (Unidad Fija) será de pesos QUINCE CON NOVENTA
Y TRES CENTAVOS ($ 15,93), según lo informado por el Automóvil Club
Argentino sede Ciudad de La Plata.
ARTÍCULO 2°: Solicitar a las autoridades
pertinentes del Ministerio de Gobierno que se efectúe la
correspondiente publicación en la página web del Organismo.
ARTÍCULO 3°: Registrar, publicar,
comunicar. Cumplido, archivar. |