Provincias / Buenos Aires, Argentina

- modifica y/o complementa a: decreto 532/09 PEP, deroga resolución 263/17 MG.

- modificada y/o complementada por: resolución 21/25 MT.

Ministerio de Gobierno

TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - ACTA DE INFRACCIÓN

Resolución (MG) 1082/19. Del 1/10/22019. B.O.: 4/10/2019. Tránsito y Seguridad Vial. Aprueba el Acta Única de Infracción de Tránsito, conjuntamente con el formulario de notificación, dónde deberán asentarse todas las infracciones que se labren en forma manual, automática o digital (PDA), en el territorio de la provincia de Buenos Aires. Deroga la resolución 263/17 MG.

La Plata, Buenos Aires

Martes 1 de Octubre de 2019

VISTO el expediente Nº EX-2019-29947812-GDEBA-DTAMGGP, la Ley Nacional N° 24.449 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 13.927 y sus modificatorias y el Decreto Reglamentario N° 532/09 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que a través el artículo 1° de la Ley Nº 13.927 la provincia de Buenos Aires adhiere a las Leyes Nacionales Nº 24.449 y Nº 26.363;

Que su vez el artículo 4° de la mencionada normativa provincial, convalida la creación del Registro Único de Infracciones de Tránsito (RUIT);

Que de conformidad con las previsiones del artículo 7° de la Ley Nº 13.927, el Registro antes mencionado suministrará el Acta Única de Infracción a las distintas autoridades de comprobación, cuyo contenido estará en concordancia con los criterios que establezca la Agencia Nacional de Seguridad Vial;

Que el artículo 7° del Anexo I del Decreto Nº 532/09, modificado por el Decreto N° DECTO-2018-1350- GDEBA-GPBA, establece que la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial dispondrá la información que contendrá el Acta de Infracción, sus formas y modalidades, que habrán de resguardar la seguridad, trazabilidad y su autenticidad;

Que el artículo 20 inciso 7) de la Ley N° 14.989 establece que le corresponde al Ministerio de Gobierno asistir a la Gobernadora en todo lo inherente en materia de seguridad vial;

Que entre las acciones asignadas a la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial por el Decreto N° 169/18, aprobatorio de la estructura orgánico funcional de esta cartera, se encuentra la de definir el contenido del Acta Única de Infracción de Tránsito de acuerdo a la normativa vigente e incorporarla al Sistema de Administración Centralizada de Infracciones de Tránsito (SACIT);

Que por Resolución Nº 263/17 del Ministerio de Gobierno, se aprobó el modelo de Acta Única de Infracción en su versión manual y automática, juntamente con los formularios de notificación de la misma;

Que la Dirección de Coordinación, Control y Fiscalización dependiente de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial ha procedido a diseñar el nuevo modelo de Acta Única de Infracción, estableciendo sus formas y modalidades de confección, conforme documento acompañado en la nota N° NO-2019-29932102-GDEBA-DPPYSVMGGP, obrante en el orden N° 2;

Que en el orden N° 3 luce providencia de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, prestando conformidad a la gestión que se propicia;

Que en los órdenes N° 4 y 5 obran los modelos de Acta Única de Infracción de Tránsito dónde deberán asentarse todas las infracciones que se labren en forma manual, automática o digital (PDA) en el territorio de la provincia de Buenos Aires y el formulario de notificación, identificados como IF-2019-30856718- GDEBA-DPPYSVMGGP e IF-2019-30857034-GDEBA-DPPYSVMGGP, respectivamente;

Que por lo precedentemente expuesto se torna oportuno y conveniente proceder a aprobar los modelos respectivos a fin de implementar su utilización en todo el territorio bonaerense;

Que asimismo, se establece que en el caso que el control de tránsito en las rutas nacionales y otros espacios del dominio público nacional sometidos a jurisdicción provincial, fuera realizado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en su carácter de órgano colaborador, las infracciones de tránsito constatadas se confeccionarán según el formato de Acta Única de Infracción establecido por la Disposición ANSV N° 104/2009 o la que en el futuro la reemplace, debiendo contener la misma al momento de su elaboración la referencia a la normativa provincial de tránsito;

Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas los artículos 13, apartado 2) inciso c) y 20 inciso 7) del de la Ley N° 14.989;

Por ello,

EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aprobar el Acta Única de Infracción de Tránsito, conjuntamente con el formulario de notificación, dónde deberán asentarse todas las infracciones que se labren en forma manual, automática o digital (PDA), en el territorio de la provincia de Buenos Aires, que como IF-2019-30856718-GDEBADPPYSVMGGP e IF-2019-30857034-GDEBA-DPPYSVMGGP, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. Establecer que para el caso que el control de tránsito en las rutas nacionales y otros espacios del dominio público nacional sometidos a jurisdicción provincial, fuera realizado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en su carácter de órgano colaborador, las infracciones de tránsito se constatarán mediante la utilización del formato de Acta Única de Infracción establecido por la Disposición ANSV N° 104/09 o la que en el futuro la reemplace, debiendo contener la misma al momento de su elaboración la referencia a la normativa provincial de tránsito.

ARTÍCULO 3°. Derogar la Resolución N° 263/17 del Ministerio de Gobierno.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

ANEXO I (formato PDF) - Acta Única de Infracción de Tránsito

ANEXO II (formato PDF) - Notificación de Acta de Infracción de Tránsito

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