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Ministerio de Gobierno
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - ACTA DE INFRACCIÓN
Resolución (MG) 1082/19. Del 1/10/22019. B.O.: 4/10/2019. Tránsito y
Seguridad Vial. Aprueba el Acta Única de Infracción de Tránsito,
conjuntamente con el formulario de notificación, dónde deberán asentarse
todas las infracciones que se labren en forma manual, automática o
digital (PDA), en el territorio de la provincia de Buenos Aires. Deroga
la resolución 263/17 MG.
La Plata, Buenos Aires
Martes 1 de Octubre de 2019
VISTO el expediente Nº EX-2019-29947812-GDEBA-DTAMGGP, la Ley Nacional
N° 24.449 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 13.927 y sus
modificatorias y el Decreto Reglamentario N° 532/09 y sus
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que a través el artículo 1° de la Ley Nº 13.927 la provincia de Buenos
Aires adhiere a las Leyes Nacionales Nº 24.449 y Nº 26.363;
Que su vez el artículo 4° de la mencionada normativa provincial,
convalida la creación del Registro Único de Infracciones de Tránsito (RUIT);
Que de conformidad con las previsiones del artículo 7° de la Ley Nº
13.927, el Registro antes mencionado suministrará el Acta Única de
Infracción a las distintas autoridades de comprobación, cuyo contenido
estará en concordancia con los criterios que establezca la Agencia
Nacional de Seguridad Vial;
Que el artículo 7° del Anexo I del Decreto Nº 532/09, modificado por el
Decreto N° DECTO-2018-1350- GDEBA-GPBA, establece que la Dirección
Provincial de Política y Seguridad Vial dispondrá la información que
contendrá el Acta de Infracción, sus formas y modalidades, que habrán de
resguardar la seguridad, trazabilidad y su autenticidad;
Que el artículo 20 inciso 7) de la Ley N° 14.989 establece que le
corresponde al Ministerio de Gobierno asistir a la Gobernadora en todo
lo inherente en materia de seguridad vial;
Que entre las acciones asignadas a la Dirección Provincial de Política y
Seguridad Vial por el Decreto N° 169/18, aprobatorio de la estructura
orgánico funcional de esta cartera, se encuentra la de definir el
contenido del Acta Única de Infracción de Tránsito de acuerdo a la
normativa vigente e incorporarla al Sistema de Administración
Centralizada de Infracciones de Tránsito (SACIT);
Que por Resolución Nº 263/17 del Ministerio de Gobierno, se aprobó el
modelo de Acta Única de Infracción en su versión manual y automática,
juntamente con los formularios de notificación de la misma;
Que la Dirección de Coordinación, Control y Fiscalización dependiente de
la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial ha procedido a
diseñar el nuevo modelo de Acta Única de Infracción, estableciendo sus
formas y modalidades de confección, conforme documento acompañado en la
nota N° NO-2019-29932102-GDEBA-DPPYSVMGGP, obrante en el orden N° 2;
Que en el orden N° 3 luce providencia de la Dirección Provincial de
Política y Seguridad Vial, prestando conformidad a la gestión que se
propicia;
Que en los órdenes N° 4 y 5 obran los modelos de Acta Única de
Infracción de Tránsito dónde deberán asentarse todas las infracciones
que se labren en forma manual, automática o digital (PDA) en el
territorio de la provincia de Buenos Aires y el formulario de
notificación, identificados como IF-2019-30856718- GDEBA-DPPYSVMGGP e IF-2019-30857034-GDEBA-DPPYSVMGGP,
respectivamente;
Que por lo precedentemente expuesto se torna oportuno y conveniente
proceder a aprobar los modelos respectivos a fin de implementar su
utilización en todo el territorio bonaerense;
Que asimismo, se establece que en el caso que el control de tránsito en
las rutas nacionales y otros espacios del dominio público nacional
sometidos a jurisdicción provincial, fuera realizado por la Agencia
Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en su carácter de órgano colaborador,
las infracciones de tránsito constatadas se confeccionarán según el
formato de Acta Única de Infracción establecido por la Disposición ANSV
N° 104/2009 o la que en el futuro la reemplace, debiendo contener la
misma al momento de su elaboración la referencia a la normativa
provincial de tránsito;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas los
artículos 13, apartado 2) inciso c) y 20 inciso 7) del de la Ley N°
14.989;
Por ello,
EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Acta Única de Infracción de Tránsito,
conjuntamente con el formulario de notificación, dónde deberán asentarse
todas las infracciones que se labren en forma manual, automática o
digital (PDA), en el territorio de la provincia de Buenos Aires, que
como IF-2019-30856718-GDEBADPPYSVMGGP e IF-2019-30857034-GDEBA-DPPYSVMGGP,
forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. Establecer que para el caso que el control de tránsito en
las rutas nacionales y otros espacios del dominio público nacional
sometidos a jurisdicción provincial, fuera realizado por la Agencia
Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en su carácter de órgano colaborador,
las infracciones de tránsito se constatarán mediante la utilización del
formato de Acta Única de Infracción establecido por la Disposición ANSV
N° 104/09 o la que en el futuro la reemplace, debiendo contener la misma
al momento de su elaboración la referencia a la normativa provincial de
tránsito.
ARTÍCULO 3°. Derogar la Resolución N° 263/17 del Ministerio de Gobierno.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
ANEXO I (formato PDF) -
Acta Única de Infracción de Tránsito
ANEXO II (formato PDF) -
Notificación de Acta de Infracción de Tránsito |