Provincias / Buenos Aires, Argentina

Secretaría de Política Ambiental

Resolución (SPA) 529/98. Del 7/10/1998. Registro Provincial Unico de Aparatos Sometidos a Presión.

La Plata, 7 de Octubre de 1998.

VISTO la necesidad de implementar un registro único de aparatos sometidos a presión, cuyo régimen regulatorio se encuentra normado por la Resolución 231/96, modificada por Resolución 129/97 y

CONSIDERANDO: 

Que el Decreto 1.741/96 Reglamentario de la Ley 11.459 en su Art. 77 inc. I), establece la facultad de la Autoridad de Aplicación para dictar la reglamentación inherente a la materia de "Aparatos Sometidos a Presión";

Que mediante Resolución 129/97 se modificó el Art. 113 de la Resolución 231/96, que unificará los registros creados originariamente, en el Registro de Profesionales de la Ingeniería;

Que siendo necesario contar con un registro que agrupe metódicamente el universo constituido por la totalidad de los aparatos sometidos a presión en funcionamiento en el territorio de la provincia, a efectos de optimizar la operatividad administrativa, el control, su individualización y fiscalización, resulta pertinente su incorporación normativa; 

Que habiendo tomado la intervención que le compete, la Asesoría General de Gobierno, ha dictaminado favorablemente a fojas 7;

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICA AMBIENTAL

RESUELVE:

Artículo 1 - Incorporar como último párrafo del Artículo 113 de la Resolución N° 231/96, modificada por la Resolución N° 129/97, lo siguiente: "Créase el Registro Provincial Unico de Aparatos Sometidos a Presión, cuya organización y funcionamiento se encontrará a cargo de la Dirección de Fiscalización (Area de Matafuegos y Aparatos Sometidos a Presión), dependiente de la Dirección Provincial de Control Ambiental y Saneamiento Urbano de la Secretaría de Política Ambiental, debiendo cumplir los titulares de los equipos con las normas establecidas por el Apéndice III".

Apéndice III 

REGISTRO PROVINCIAL UNICO DE APARATOS SOMETIDOS A PRESION.

  1. Los equipos comprendidos en el artículo 1 de la Resolución N° 231/96, deberán inscribirse en el Registro, sin perjuicio de los ensayos periódicos anuales.

  2. El plazo para la inscripción en el Registro Provincial Unico de Aparatos Sometidos a Presión, será de treinta (30) días hábiles, a partir de la publicación de la presente Resolución, término que podrá ser prorrogado por la Dirección Provincial de Control Ambiental y Saneamiento Urbano, por decisión fundada.

  3. A los efectos de la inscripción y por única vez, no se requerirá la presentación del cronograma de tareas con la antelación mínima prevista en el Apéndice 1, punto 2.1) de la Resolución N° 231/96.

  4. Al formularse la solicitud de inscripción en el Registro, deberá cumplirse con el pago del arancel respectivo, establecido por Decreto N°4677/97.

  5. La solicitudes de inscripción presentadas de conformidad a los puntos 2, 3 y 4, y que cumplan con las condiciones de habilitación fijadas por la Resolución N° 231/96, obtendrán su registración y el otorgamiento del certificado de habilitación del equipo.

  6. Vencido el plazo fijado en el punto 2, las solicitudes de inscripción en el Registro que no cumplan con los recaudos de habilitación establecidos por la Resolución N° 231/96, obtendrán la inscripción en el Registro, debiendo el órgano competente intimar el cumplimiento de las exigencias normativas vigentes, bajo apercibimiento de clausura del equipo. Si el titular del equipo cumpliera espontáneamente con las exigencias de habilitación en el plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, no deberá oblar nuevamente los aranceles fijados por el Decreto N° 4677/97.

Artículo 2 - Aprobar los modelos de : "Certificado de Registro y Habilitación de Aparatos Sometidos a Presión sin Fuego", y "Certificado de Registro y Habilitación de Aparatos Sometidos a Presión con Fuego", que como Anexos I y II pasan a formar parte de la presente Resolución.

Disposición Nº 4/99

Art. 1º - Dejar establecido que toda presentación de solicitud para registro, habilitación y/o extensión de la vida útil de aparatos sometidos a presión o dispositivos de seguridad y alivio, deberá realizarse con carácter de Declaración Jurada, según el modelo que como Anexo I pasa a formar parte integrante de la presente, debidamente rubricada por el Profesional interviniente y un representante con personería acreditada, de la Empresa interesada.

Art. 2º - El Profesional actuante deberá estar matriculado y debidamente habilitado en el Registro de Profesionales de la Ingeniería de esta Secretaría de Estado en la materia de aparatos sometidos a presión, de ensayo de extensión de vida útil y para el control, reparación y calibrado de dispositivos de seguridad y alivio.

Art. 3º - Con la Declaración Jurada prevista en el art. 1° de la presente, deberá adjuntarse en todos los casos, el contrato que liga al Profesional con la Empresa, conforme a las normas vigentes, un Timbrado del Banco Provincia de Buenos Aires de pesos cuatro con cuarenta centavos ($ 4,40) y el comprobante de haber efectivizado el pago que prevé el artículo 5º de la presente.

Art. 4º - A los fines del arancelamiento y su correspondiente liquidación por servicios de inscripción, habilitación y/o extensión de vida útil de los aparatos sometidos a presión y dispositivos de seguridad y alivio, el Profesional interviniente deberá aplicar los valores fijados en la Resolución 592/98, adicionando el arancel en concepto de tramitación administrativa por la suma de pesos diez ($ 10) que prevé el Art. 7º del Decreto 4.677/97.

Art. 5º - Previo a la efectivización del pago para la iniciación del correspondiente expediente, el profesional actuante deberá visar la liquidación efectuada en la Declaración Jurada por ante la Dirección de Contabilidad y Servicios Técnico Administrativos.

Art. 6º - La presente entrará en vigencia a partir de los DIEZ (10) días contados a partir de su publicación en el "Boletín Oficial".

Art. 7º - De forma.

ANEXO I

FORMULARIO RESOLUCION S.P.A. N°529/98

DECLARACION JURADA

(Por cuadruplicado)

1- Empresa

Nombre ó razón social:

Domicilio real: Calle N°

Localidad: 

Tel.

Domicilio legal: Calle N°

C.U.I.T. 

Localidad 

Tel.

Rubro explotado - productos

2- Profesionales:

Apellido y nombre:

Domicilio legal: Calle N°

Localidad:

Tel.

Documento de identidad:

Matr. Profesional: Registro S.P.A.

3- Registro de Aparatos Sometidos a Presión.

Descripción de equipos Arancelamiento Importes

Tipo N° Marca ó Vol. Sup. Codigo Unitario Total

Interno Fabricante Lts. m2

Arancel Art. 7°- Dec. N° 4677/97 $ 10

Son pesos:…………………………………...… 

Total a pagar ....................…………………………………...…

4- la presente tiene carácter de Declaración Jurada, cualquier alteración o diferencia con la realidad producirá su automática anulación y hará pasible a la Empresa y al Profesional de sanciones conforme a las normas en vigencia.

........................................... ..............................................

Lugar Fecha

........................................... ..............................................

Firma Empresa Firma Profesional

-o-

arriba