Buenos Aires, 27 de octubre de 2016
La Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase
la Primera Actualización del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, que contiene las normas de alcance general y
carácter permanente, consolidadas al 29 de febrero de 2016.
Art. 2°.- Tiénense por
vigentes las normas que conforman el Anexo I, que forma parte de la
presente Ley, integrado por el “Listado de Ordenanzas, Leyes,
Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y Urgencia de carácter
general y permanente“, y por los textos consolidados clasificados en
cada una de las Ramas previstas por el artículo 5° de la Ley 5300.
Art. 3°.-Tiénense por no
vigentes las normas que se identifican en los Anexos que se detallan
a continuación y que forman parte integrante de la presente Ley:
a) Anexo II “Listado de
Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y
Urgencia de carácter general y permanente, abrogados expresamente
desde el 01/03/2014 hasta el 29/02/2016“.
b) Anexo III “Listado de
Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y
Urgencia de carácter general y permanente abrogados implícitamente“.
c) Anexo IV “Listado de
Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y
Urgencia de carácter general y permanente caducos por cumplimiento
de objeto o condición y por fusión“.
Art. 4°.- Modifícanse los
Anexos I, III y IV de la Ley 5454, se excluyen de los mismos a las
normas mencionadas en el Anexo V que forma parte de la presente ley,
en el modo y forma que se indica.
Art. 5°.- Sustitúyese el
listado de normas correspondientes a la Rama Urbanismo y Vivienda
(Letra M) obrante en el Anexo IV de la Ley 5454, por el Listado de
normas que se indican en el Anexo VI, que forma parte de la presente
Ley.
Art. 6º.- De forma.