Provincias / Chubut (Argentina)

Res. N° 65 11-04-08

 

BO 29/4/2008

Artículo 1°.- APROBAR el Plan de Investigación

Provincial de Centolla (Lithodes santolla) ETAPA II, que

como Anexo I forma parte integrante de la presente

Resolución, a fin de obtener la información de base

requerida para el desarrollo sustentable de esta pesquería.

Artículo 2°.- LA experiencia se desarrollará por el

término de un año, a partir de las 00:00 horas del día 12

de abril de 2008 hasta las 00:00 horas del día 12 de abril

de 2009.

Artículo 3°.- ESTABLECER habilitaciones espaciotemporales

para la pesca con nasas, de forma tal que

no existan interacciones negativas con otras pesquerías

en explotación. Estas habilitaciones se

implementarán y modificarán a través de Resoluciones

y/o Disposiciones complementarias a la presente.

Artículo 4°.- LA autorización para la pesca

con nasas de aquellas embarcaciones interesadas

en participar de esta experiencia, se realizará a través

de Resoluciones y/o Disposiciones, en las que se harán

las especificaciones de operatividad del buque de

acuerdo a sus características particulares.

Artículo 5°.- LAS embarcaciones o empresas

interesadas en participar, deberán solicitarlo mediante

una nota dirigida a la Secretaría de Pesca, quien

evaluará la conveniencia de su incorporación en función

del cumplimiento de los objetivos propuestos.

Artículo 6°.- LAS embarcaciones autorizadas a

participar de la experiencia deberán embarcar observador

toda vez que la Autoridad de Aplicación lo requiera,

solicitando el mismo al Programa de Observadores

de la Provincia de Chubut.

Artículo 7°.- LA Autoridad de Aplicación podrá,

por incumplimiento de los objetivos establecidos en el

“Plan de Investigación Provincial de Centolla” y/o incumplimiento

de la legislación pesquera provincial, dejar sin

efecto la autorización, sin que ello genere derecho alguno

a reclamo por parte de la empresa y/o embarcación

participante.

ANEXO I

Plan de Investigación Provincial de Centolla (Lithodes

santolla). ETAPA II

En función de propender el desarrollo de pesquerías

subexplotadas o inexplotadas en aguas de jurisdicción

provincial y considerando que el sector pesquero

ha manifestado su interés en realizar capturas de crustáceos

bentónicos a través del uso de trampas, resulta

necesario generar un Plan de Investigación provincial

de Centolla (Lithodes santolla), a fin de obtener información

de base para el desarrollo de un plan de manejo

del recurso.

Meta

Desarrollar el potencial pesquero de la centolla distribuida

en jurisdicción de la Provincia de Chubut, sobre

bases científicas que permitan el manejo integral del

recurso, garantizando una explotación racional y la perdurabilidad

del recurso

Objetivos generales

• Determinar el potencial pesquero de la centolla en

aguas de Chubut

• Evaluar el comportamiento de distintos estratos

de flota en la pesca de centolla con trampas.

Objetivos particulares

• Definir la distribución espacio-temporal del recurso

• Determinar los índices de abundancia relativa

• Integrar las medidas de manejo generales del recurso

en toda su área de distribución

• Determinar migración y crecimiento de la especie

Participantes de la experiencia y duración de la misma

Podrán participar de la experiencia 1) aquellas embarcaciones

que sean autorizadas por la Autoridad de

Aplicación de la Provincia de Chubut, correspondiéndole

a la misma determinar el número máximo de embarcaciones

participantes de la experiencia y los requisitos

a cumplir, a fin de concretar los objetivos establecidos

en el presente Plan. 2) Autoridad de aplicación de la

provincia con su correspondiente equipo técnico y el

asesoramiento externo pertinente.

La experiencia de pesca con nasas se realizará

por el término de un año, pudiendo renovarse este plazo

por el término de un año más, en función del cumplimiento

de los objetivos arriba mencionados.

Área de estudio

El área de estudio abarcará el golfo San Jorge y

litoral chubutense, en función del estrato de flota que

participe de la experiencia.

Actividades

1. Realizar una prospección controlada de centolla

con un buque cangrejero específico, de comprobada

capacidad y parque de trampas estandarizado, que

permita la interacción de la información obtenida hasta

el presente en el marco del “Plan Nacional de Prospección

de Crustáceos Bentónicos” que se lleva a cabo en

aguas nacionales adyacentes al golfo San Jorge

2. Realizar tareas de pesca experimental limitada, a

partir de buques de distinta capacidad extractiva dirigido

a centolla y otras especies de crustáceos bentónicos

que podrían tener algún potencial pesquero, tal como el

cangrejo patagónico (Platixantus patagonicus) o el cangrejo

araña (Libidoclea granaria), etc.

3. Llevar adelante un Plan de marcación de centolla

a fin de determinar la migración y crecimiento de la

especie

4. Realizar reuniones técnicas bimensuales entre

los responsables de la Secretaría de Pesca y el sector

privado que participe de la experiencia.

Res. N° 66 11-04-08

Artículo 1º- ESTABLEZCASE para la autorización

de la pesca de centollas con nasas en el marco del

“Plan de Investigación Provincial de Centolla” – Etapa II,

los requisitos que como Anexo I forman parte integrante

de la presente Resolución.

ANEXO I

1) Solicitud de autorización para la pesca de centolla

con nasas en el marco del “Plan de Investigación

Provincial de Centolla” – Etapa II

2) En caso de que el solicitante sea una persona

física deberá acompañar la siguiente documentación:

• Fotocopia del DNI

• Inscripción en los Organismos nacionales y provinciales

de recaudación fiscal y previsional.

En caso de que el solicitante sea una persona jurídica

deberá presentar la siguiente documentación:

• Estatuto social

• Ultima Acta de Asamblea de la cual surja la nómina

de autoridades de administración y control de la misma

En todos los casos deberá constituirse domicilio

legal en la Provincia del Chubut y acompañarse convenio

de abastecimiento, debidamente sellado, entre el

solicitante y planta radicada en la Provincia de Chubut.

3) Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales

extendido por la Subsecretaría de Trabajo de la

Provincia de la persona física o jurídica, propietaria y/o

armadora del buque y de la planta beneficiaria del “Plan

de Investigación provincial de Centolla”.

4) Certificado de cumplimiento de Obligaciones Fiscales

expedido por la Dirección General de Rentas de

la Provincia de la persona física o jurídica, propietaria y/

o armadora del buque y de la planta beneficiaria del

“Plan de Investigación Provincial de Centolla”.

5) En caso de poseer planta, fotocopias

autenticadas de las declaraciones juradas mensuales

del personal en relación de dependencia de la planta y

del propietario y/o armador del buque.

6) Declaración jurada de no ser deudor moroso del

Estado Provincial

7) Constancia de Libre deuda extendida por la Subsecretaría

de Logística respecto del uso de Puertos y

servicios.

8) Fotocopia autenticada del título de propiedad del

buque, con todas sus anotaciones realizadas por el

registro Nacional de Buques

9) Fotocopia autenticada y actualizada del Certificado

de Seguridad de la Navegación expedido por Prefectura

Naval Argentina

10) Fotocopia autenticada y actualizada del Certificado

de Matrícula del buque

11) Permiso nacional de pesca vigente o autorización

para operar con el buque pesquero.

 

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