Res. N° 65 11-04-08
BO 29/4/2008
Artículo 1°.- APROBAR el Plan de Investigación
Provincial de Centolla (Lithodes santolla) ETAPA II, que
como Anexo I forma parte integrante de la presente
Resolución, a fin de obtener la información de base
requerida para el desarrollo sustentable de esta
pesquería.
Artículo 2°.- LA experiencia se desarrollará por el
término de un año, a partir de las 00:00 horas del día
12
de abril de 2008 hasta las 00:00 horas del día 12 de
abril
de 2009.
Artículo 3°.- ESTABLECER habilitaciones
espaciotemporales
para la pesca con nasas, de forma tal que
no existan interacciones negativas con otras pesquerías
en explotación. Estas habilitaciones se
implementarán y modificarán a través de Resoluciones
y/o Disposiciones complementarias a la presente.
Artículo 4°.- LA autorización para la pesca
con nasas de aquellas embarcaciones interesadas
en participar de esta experiencia, se realizará a través
de Resoluciones y/o Disposiciones, en las que se harán
las especificaciones de operatividad del buque de
acuerdo a sus características particulares.
Artículo 5°.- LAS embarcaciones o empresas
interesadas en participar, deberán solicitarlo mediante
una nota dirigida a la Secretaría de Pesca, quien
evaluará la conveniencia de su incorporación en función
del cumplimiento de los objetivos propuestos.
Artículo 6°.- LAS embarcaciones autorizadas a
participar de la experiencia deberán embarcar observador
toda vez que la Autoridad de Aplicación lo requiera,
solicitando el mismo al Programa de Observadores
de la Provincia de Chubut.
Artículo 7°.- LA Autoridad de Aplicación podrá,
por incumplimiento de los objetivos establecidos en el
“Plan de Investigación Provincial de Centolla” y/o
incumplimiento
de la legislación pesquera provincial, dejar sin
efecto la autorización, sin que ello genere derecho
alguno
a reclamo por parte de la empresa y/o embarcación
participante.
ANEXO I
Plan de Investigación Provincial de Centolla (Lithodes
santolla). ETAPA II
En función de propender el desarrollo de pesquerías
subexplotadas o inexplotadas en aguas de jurisdicción
provincial y considerando que el sector pesquero
ha manifestado su interés en realizar capturas de
crustáceos
bentónicos a través del uso de trampas, resulta
necesario generar un Plan de Investigación provincial
de Centolla (Lithodes santolla), a fin de obtener
información
de base para el desarrollo de un plan de manejo
del recurso.
Meta
Desarrollar el potencial pesquero de la centolla
distribuida
en jurisdicción de la Provincia de Chubut, sobre
bases científicas que permitan el manejo integral del
recurso, garantizando una explotación racional y la
perdurabilidad
del recurso
Objetivos generales
• Determinar el potencial pesquero de la centolla en
aguas de Chubut
• Evaluar el comportamiento de distintos estratos
de flota en la pesca de centolla con trampas.
Objetivos particulares
• Definir la distribución espacio-temporal del recurso
• Determinar los índices de abundancia relativa
• Integrar las medidas de manejo generales del recurso
en toda su área de distribución
• Determinar migración y crecimiento de la especie
Participantes de la experiencia y duración de la misma
Podrán participar de la experiencia 1) aquellas
embarcaciones
que sean autorizadas por la Autoridad de
Aplicación de la Provincia de Chubut, correspondiéndole
a la misma determinar el número máximo de embarcaciones
participantes de la experiencia y los requisitos
a cumplir, a fin de concretar los objetivos establecidos
en el presente Plan. 2) Autoridad de aplicación de la
provincia con su correspondiente equipo técnico y el
asesoramiento externo pertinente.
La experiencia de pesca con nasas se realizará
por el término de un año, pudiendo renovarse este plazo
por el término de un año más, en función del
cumplimiento
de los objetivos arriba mencionados.
Área de estudio
El área de estudio abarcará el golfo San Jorge y
litoral chubutense, en función del estrato de flota que
participe de la experiencia.
Actividades
1. Realizar una prospección controlada de centolla
con un buque cangrejero específico, de comprobada
capacidad y parque de trampas estandarizado, que
permita la interacción de la información obtenida hasta
el presente en el marco del “Plan Nacional de
Prospección
de Crustáceos Bentónicos” que se lleva a cabo en
aguas nacionales adyacentes al golfo San Jorge
2. Realizar tareas de pesca experimental limitada, a
partir de buques de distinta capacidad extractiva
dirigido
a centolla y otras especies de crustáceos bentónicos
que podrían tener algún potencial pesquero, tal como el
cangrejo patagónico (Platixantus patagonicus) o el
cangrejo
araña (Libidoclea granaria), etc.
3. Llevar adelante un Plan de marcación de centolla
a fin de determinar la migración y crecimiento de la
especie
4. Realizar reuniones técnicas bimensuales entre
los responsables de la Secretaría de Pesca y el sector
privado que participe de la experiencia.
Res. N° 66 11-04-08
Artículo 1º- ESTABLEZCASE para la autorización
de la pesca de centollas con nasas en el marco del
“Plan de Investigación Provincial de Centolla” – Etapa
II,
los requisitos que como Anexo I forman parte integrante
de la presente Resolución.
ANEXO I
1) Solicitud de autorización para la pesca de centolla
con nasas en el marco del “Plan de Investigación
Provincial de Centolla” – Etapa II
2) En caso de que el solicitante sea una persona
física deberá acompañar la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI
• Inscripción en los Organismos nacionales y
provinciales
de recaudación fiscal y previsional.
En caso de que el solicitante sea una persona jurídica
deberá presentar la siguiente documentación:
• Estatuto social
• Ultima Acta de Asamblea de la cual surja la nómina
de autoridades de administración y control de la misma
En todos los casos deberá constituirse domicilio
legal en la Provincia del Chubut y acompañarse convenio
de abastecimiento, debidamente sellado, entre el
solicitante y planta radicada en la Provincia de Chubut.
3) Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales
extendido por la Subsecretaría de Trabajo de la
Provincia de la persona física o jurídica, propietaria
y/o
armadora del buque y de la planta beneficiaria del “Plan
de Investigación provincial de Centolla”.
4) Certificado de cumplimiento de Obligaciones Fiscales
expedido por la Dirección General de Rentas de
la Provincia de la persona física o jurídica,
propietaria y/
o armadora del buque y de la planta beneficiaria del
“Plan de Investigación Provincial de Centolla”.
5) En caso de poseer planta, fotocopias
autenticadas de las declaraciones juradas mensuales
del personal en relación de dependencia de la planta y
del propietario y/o armador del buque.
6) Declaración jurada de no ser deudor moroso del
Estado Provincial
7) Constancia de Libre deuda extendida por la
Subsecretaría
de Logística respecto del uso de Puertos y
servicios.
8) Fotocopia autenticada del título de propiedad del
buque, con todas sus anotaciones realizadas por el
registro Nacional de Buques
9) Fotocopia autenticada y actualizada del Certificado
de Seguridad de la Navegación expedido por Prefectura
Naval Argentina
10) Fotocopia autenticada y actualizada del Certificado
de Matrícula del buque
11) Permiso nacional de pesca vigente o autorización
para operar con el buque pesquero.
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