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Secretaría
de Energía
HIDROCARBUROS -
normas iram-iapg Resolución
(SE) 159/99. Del 12/4/1999. B.O.: 15/4/1999. Apruébanse normas IRAM-IAPG,
complementarias de las ya establecidas para la fiscalización de los volúmenes
de hidrocarburos y sus derivados importados o exportados.
VISTO
el Expediente Nº 59.076/91, del registro de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA,
y
CONSIDERANDO:
Que
las normas IRAM-IAPG aplicables en la medición y fiscalización de las
cantidades exportadas e importadas de petróleo y subproductos de petróleo
a granel, aprobadas por el Decreto Nº 1691 del 8 de marzo de 1966 y
actualizadas por el Decreto Nº 700 del 18 de mayo de 1995 y por la
Resolución de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE Nº 64 del 23 de
abril de 1996, solamente contemplan métodos estáticos de medición en
tanques.
Que
actualmente son de uso frecuente en el mercado, por resultar más precisos
y economizar trabajo, los métodos dinámicos de medición, ya sea
mediante medidores de desplazamiento positivo o medidores de turbina.
Que
el INSTITUTO ARGENTINO DEL PETROLEO Y DEL GAS, con la adhesión de las
empresas petroleras, auspicia la aprobación de normas específicas para
el uso de tales mecanismos de medición.
Que
con ello se logrará mejorar sensiblemente la fiscalización y precisión
de las mediciones de los volúmenes de hidrocarburos en las transacciones
internacionales, con normas acordes con los adelantos tecnológicos
adoptados por la mayor parte de los países.
Que
las normas que se propician complementan y actualizan las ya vigentes en
la materia, de acuerdo a las normas legales antes citadas.
Que
la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que
el artículo 2º del Decreto Nº 700 del 18 de mayo de 1995, otorga
competencia para el dictado de la presente.
Por
ello,
EL
SECRETARIO
DE
ENERGIA
RESUELVE:
Artículo
1º - Apruébanse las normas IRAM-IAPG, complementarias de las ya
establecidas para la fiscalización de los volúmenes de hidrocarburos y
sus derivados importados o exportados, que deberán cumplirse en orden a
lo determinado por los Artículos 2º, 3º inciso c), 4º incisos d) y f)
y 6º inciso f) del Decreto Nº 1691 de fecha 8 de marzo de 1966,
actualizadas por el Decreto Nº 700 del 18 de mayo de 1995 y por la
Resolución de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE Nº 64 del 23 de
abril de 1966, incluyendo las que se detallan a continuación:
-
Norma
IRAM-IAP A 6502-1: abril de 1991 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO -
Muestreo manual de hidrocarburos líquidos a granel.
-
Norma
IRAM-IAP A 6502-2: mayo de 1997 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO -
Muestreo automático de hidrocarburos líquidos en cañerías.
-
Norma
IRAM-IAPG A 6702-1: octubre de 1997 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO
- MEDICIONES DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS - Consideraciones generales.
-
Norma
IRAM-IAPG A 6702-2: octubre de 1997 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO
- MEDICIONES DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS MEDIANTE MEDIDORES DE
DESPLAZAMIENTO POSITIVO.
-
Norma
IRAM-IAPG A 6702-3: junio de 1998 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO -
MEDICIONES DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS CON MEDIDORES DE TURBINA.
-
Norma
IRAM-IAPG A 6702-4: octubre de 1997 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO
- MEDICIONES DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS MEDIANTE MEDIDORES DE
DESPLAZAMIENTO POSITIVO - Equipos accesorios.
-
Norma
IRAM-IAPG A 6702-5: octubre de 1997 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO
- MEDICIONES DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS - Fidelidad y seguridad de la
medición de caudal mediante sistemas de transmisión de datos por
pulsos.
-
Norma
IRAM-IAP A 6912-1: agosto de 1996 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE PETROLEO -
UNIDADES DE TRANSFERENCIA (LACT).
-
Norma
IRAM-IAPG A 6912-2: noviembre de 1998 - PETROLEO Y PRODUCTOS DE
PETROLEO - UNIDADES DE TRANSFERENCIA (LACT) - Parte 2:
Especificaciones del equipo.
Art.
2º - De forma.
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