ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS -
PRIMER ANTICIPO DE LA TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL
PARA EL AÑO 2015
Resolución (ENARGAS) 3183/15. Del
7/1/2015. B.O.: 19/1/2015. Fijar el primer anticipo de la Tasa de
Fiscalización y Control para el año 2015 en la suma de PESOS CIEN
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y
TRES ($ 100.354.583.-), que será abonada según el detalle obrante
como Anexo I de la presente Resolución.
Bs. As., 7/1/2015
VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación
aprobada por Decreto N° 1.738 del 18 de Setiembre de 1992 y el
Expediente N° 26005/15 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL
GAS (ENARGAS), y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 27.008 (B.O. 18/11/14), aprobó
el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2015, que comprende el presupuesto del ENARGAS.
Que de acuerdo al presupuesto elevado
oportunamente al Poder Ejecutivo, la Tasa de Fiscalización y Control
para el ejercicio 2015 es de PESOS CUATROCIENTOS UN MILLONES
CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 401.418.330.-).
Que a efectos de asegurar el correcto
desempeño de las funciones asignadas por la Ley N° 24.076 a esta
Autoridad Regulatoria, y atento a lo dispuesto por los Artículos 62
y 63 del Decreto N° 1738/92, y hasta tanto sea dictada la Decisión
Administrativa del Jefe de Gabinete de Ministros que distribuye el
Presupuesto aprobado, resulta necesario establecer un anticipo de la
Tasa de Fiscalización para el año 2015.
Que a fin de determinar la base de
cálculo para este anticipo, se cuenta con la información,
suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS
mediante el Informe GDyE N° 215/14, correspondiente a los ingresos
brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados
Contables disponibles por esa Gerencia de las Distribuidoras y
Transportistas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en
cumplimiento de la Resolución ENARGAS N° 1660/00 y concordantes y
Resolución ENARGAS N° 163/95 y concordantes.
Que este anticipo se tomará a cuenta del
importe que a todos los sujetos que resulten obligados al pago les
corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control
para el Año 2015, el que se determinará en forma definitiva en
oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en
base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los
Estados Contables al 31 de diciembre de 2014.
Que se ha determinado, en forma
provisoria, el excedente acumulado al año 2014 en PESOS DOSCIENTOS
CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 246.784.-) y
conforme lo dispuesto en la reglamentación del artículo 63 de la Ley
24.076 por Decreto 1738/92, corresponde su asignación al presente
ejercicio.
Que resulta necesario y prudente esperar
la aprobación de dicho excedente por parte de la Contaduría General
de la Nación, que llevará a cabo las tareas de cierre de la Cuenta
de Inversión 2014.
Que esta Autoridad Regulatoria emite el
presente Acto Administrativo, en razón de la necesidad de recaudar
recursos propios con el objeto de financiar los gastos oportunos
para el desarrollo de las funciones y facultades que el Marco
Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden
de asegurar el control del Servicio Público de Transporte y
Distribución de Gas Natural por Redes.
Que el cuerpo Jurídico Permanente ha
tomado la intervención que le compete, en los términos del Art. 7°
de la L.N.P.A.
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se
encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de
lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley N° 24.076 y su
reglamentación, aprobada por el Decreto N° 1.738/92 y las
atribuciones conferidas por los Decretos N° 571/07, 1646/07, 953/08,
2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12, 946/12,
2686/12, 1524/13 y 222/14.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Fijar el primer anticipo de
la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2015 en la suma de
PESOS CIEN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y TRES ($ 100.354.583.-), que será abonada según el detalle
obrante como Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Establecer como fecha de
vencimiento para el ingreso del presente anticipo el 28 de enero de
2015.
ARTÍCULO 3° — Comunicar, publicar, dar a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.
ANEXO
(formato PDF) - Tasa de Fiscalización y Control para el año 2015