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Secretaría
de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable
MEDIO AMBIENTE - ENSAYOS
Resolución (SRNyDS)
61/99. Del 28/1/1999. B.O.: 15/2/1999. Acéptanse resultados de ensayos realizados realizados en el
Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, en relación con el control de la emisión de
gases contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas provenientes de automotores.
Vehículos comprendidos en el mencionado control.
Artículo
1º - Acéptanse los resultados de los ensayos realizados en el INSTITUTO NACIONAL DEL
AGUA Y DEL AMBIENTE -INA- mediante el ciclo de manejo (ciclo transiente) US IM 240, a los
efectos de la declaración sobre conformidad de producción establecida en el Decreto Nº
779/95.
Art. 2º - Quedan comprendidos en el artículo primero todos los
vehículos livianos equipados con motores ciclo OTTO e identificados como familia de
motores, sean nacionales o importados. Ello se llevará a cabo adoptando las definiciones
incluidas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
Art. 3º - El número de vehículos livianos a ensayar será del 0,4%
de la producción anual identificados por familia de motores.
Para los vehículos livianos importados identificados por familia de
motores, el número de unidades a ensayar el siguiente criterio:
Cantidad Anual Importada (N) |
Nº de Muestra |
|
|
(N) |
< 50 |
0 |
50 < |
(N) |
< 500 |
2 |
500 < |
(N) |
< 1000 |
4 |
1000 < |
(N) |
< 2000 |
8 |
|
|
(N) |
> 2000 |
0,4% del total |
Art. 4º - Apruébase el procedimiento de ensayo
descripto como Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Art. 5º - De forma.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo en el Boletín Oficial de
la Nación.
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