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Argentina/ Provincia de Córdoba

Ente Regulador de los Servicios Públicos

AGUA POTABLE

Resolución (ERSeP) 1076/06. Del 3/10/2006. B.O.: 6/10/2006. Poder de Policía. Difusión del "uso racional del agua", con motivo de la prolongada sequía.

Y Visto: La presentación efectuada por la Gerencia de Agua y Saneamiento, solicitando difusión sobre el uso racional del agua.

Y Considerando:

Que siendo de público conocimiento la prolongada sequía motivada por la escasez de lluvias, tanto en la Provincia, como en la Ciudad de Córdoba, y se ha advertido que la mayoría de los pobladores, no han tomado conciencia del uso racional del recurso. Y que, con el fin de proteger las fuentes de provisión de esta Ciudad como de la Provincia (riego indiscriminado de jardines, lavado de veredas, etc.), resulta necesario que la comunidad tome conciencia de la necesidad de preservar y hacer un uso racional del agua, debiendo extremarse el uso solo para higiene y bebida. Razón por la cual se estima que los Sres. Intendentes, Jefes de Comunas, Prestadores y Presidentes de Cooperativas en donde se preste el servicio de agua potable, y que caigan bajo la órbita de competencia de este Ente, arbitren los medios conducentes relacionados al ejercicio del Poder de Policía que le es inherente.

Que respecto de esta situación, se considera conveniente la difusión a la población, de que "haga uso racional del agua", entre otra medidas a adoptar a su criterio.

Por ello, lo expuesto y relacionado precedentemente, y en ejercicio de las atribuciones legales que le confieren los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 (Carta del Ciudadano),

El Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) resuelve:

Art. 1° - Solicitar a los Sres. Intendentes, Jefes de Comunas, en donde se preste el servicio de agua potable, y que caigan bajo la órbita de competencia de este Ente, arbitren los medios conducentes relacionados al ejercicio del Poder de Policía que le es inherente, en cuanto a la difusión a la población que "haga uso racional del agua".

Art. 2° - Solicitar a los Presidentes de Cooperativas y a los Prestadores del Servicio que caigan bajo la órbita de competencia de este Ente, arbitren los medios conducentes en cuanto a la difusión a la población que "haga uso racional del agua".

Protocolícese, Publíquese en el Boletín Oficial, Comuníquese el contenido de la presente al Consejo Asesor Consultivo de Usuarios, dése copias. - Tejeda. - Rodríguez. - Pigni. - Fernández. - Avalle.

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