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Argentina/ Provincia de Córdoba

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Ministerio de Trabajo

TRABAJO - LIBROS - REGISTROS DE RUBRICA ONLINE

Resolución (MT) 2/14. Del 17/1/2014. B.O.: 6/2/2014. Ministerio de Trabajo. Aprobación de los Aplicativos Subir Documentación y Multinota. Sistema Provincial de Registro de Rúbrica de Libros y de Documentación Laboral. Ventanilla física. Ventanilla digital. Implementación. Empresas usuarias. Empadronamiento On Line.

 

VISTO: Que es función primordial del Estado Provincial el efectivo ejercicio del Poder de Policía en materia laboral y en razón de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo es competencia de este Ministerio el cumplimiento de aquella función y teniendo en cuenta las facultades conferidas por la Ley 8015, en cuanto al control y habilitación de la documentación laboral exigida por las leyes de fondo, resultando imprescindible contar para ello con una Base de Datos Laboral integral, completa y actualizada como soporte para la gestión de gobierno y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución Nº 103/10 establece el Empadronamiento obligatorio para los Empleadores / Empresas y la carga posterior de los Dependientes (Empleados), tarea indispensable para completar la Base de Datos Laboral necesaria para contar con estadísticas, realizar análisis y proyecciones y tomar decisiones rápidas, precisas y con el sustento informativo requerido.

 

Que para ello se incorpora tecnología en los procesos de intercambio entre la Administración Pública y los administrados, en consonancia con los lineamientos del Gobierno Digital, la incorporación de las TICs en tales procesos que permiten mejoras y facilidades para los usuarios y el cuidado del medio ambiente con el inicio de la "despapelización" de los trámites.

 

Que la Resolución Nº 164/13 de este Ministerio implementó el "SISTEMA PROVINCIAL DE REGISTRO DE RUBRICA DE LIBROS y DOCUMENTACION LABORAL" habilitando el uso simultáneo de la Ventanilla Física para la rúbrica manual con Firma Ológrafa y la Ventanilla Digital para la rúbrica mediante el uso de Firma Digital en los términos de la Ley 25.506, Decreto Nacional Nº 2628/02, Ley Provincial Nº 9401, Resolución Nº 103/10 y la citada Resolución Nº 164/13.

 

Que es función primordial de la Administración Provincial del Trabajo establecer los aspectos normativos procedimentales y operativos para la implementación y aplicación de políticas conducentes al control y fiscalización de las normas y documentación laboral, de forma que redunden en mayores niveles de registración laboral y prueba efectiva de las relaciones laborales.

 

Por ello, establece las pautas necesarias en el denominado Anexo I "De los Aplicativos Subir Documentación y Multinota" que forman parte de la presente resolución.

 

Que asimismo en la citada Resolución Nº 164/13 de esta Cartera, dispuso la reapertura del empadronamiento con carácter obligatorio para todas aquellas empresas que no lo hubieran hecho a la fecha de entrada vigencia de la misma, conforme los términos que se establecen en el ANEXO II "PAUTAS PARA LA REAPERTURA DEL EMPADRONAMIENTO - ART. 3º RESOLUCION Nº 164/13" , las que se regirán por las pautas del presente y el anexo referido y los alcances del Anexo II de la Resolución Nº 103/10, que mantiene vigencia en cuanto no haya sido modificada o sustituida por la presente.

 

Que la Resolución N°173/13, estableció como fecha definitiva de su apertura el 17-Feb-14, resulta menester que los agentes y funcionarios se capaciten adecuadamente para la implementación del sistema y para el empadronamiento on line prestando la máxima colaboración, a cuyo fin instrúyase a la Dirección General de Inspección Laboral a los fines de que establezca de manera inmediata las condiciones y modalidades para la capacitación del personal que tendrá a su cargo las tareas de Empadronamiento, Carga de Dependientes y Control de Libros Laborales con rúbrica en las dos modalidades previstas dispuesto conforme los alcances de la presente y de la Resolución Nº 103/10, con el concurso de la Dirección de Jurisdicción de Fiscalización y Policía del Trabajo y la Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales.

 

Por todo lo expuesto, la normativa citada y en uso de las atribuciones que le son propias,

 

El Ministro de Trabajo resuelve:

 

PRIMERO: Apruébese como ANEXO I las normas complementarias denominadas "DE LOS APLICATIVOS SUBIR DOCUMENTACION y MULTINOTA" las que serán de aplicación en el marco del " Sistema Provincial de Registro de Rúbrica de Libros y de Documentación Laboral" a los efectos de implementar la VENTANILLA FISICA con rúbrica por Firma Ológrafa y la VENTANILLA DIGITAL con rúbrica por Firma Digital en los términos de la Ley 25.506, Decreto Nacional Nº 2628/02, Ley Provincial Nº 9401, Resolución Nº 103/10 y la citada resolución Nº 164/13, las que entraran en vigencia de manera inmediata, una vez publicada la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

 

SEGUNDO: Apruébese el ANEXO II que establece las condiciones legales, operativas y procedimentales que deben cumplir las empresas usuarias a los fines del Empadronamiento On Line y posterior carga de Dependientes, con carácter obligatorio y que no lo hubieran hecho hasta la fecha, conforme los términos que se establecen en el ANEXO II denominado "PAUTAS PARA LA REAPERTURA DEL EMPADRONAMIENTO - ART. 3º RESOLUCION Nº 164/13", las que se regirán por las pautas del presente y el anexo referido y los alcances del Anexo II de la Resolución Nº 103/10, que mantiene vigencia en cuanto no haya sido modificada o sustituido por la presente.

 

TERCERO: De forma.

 

ANEXOS (formato PDF)

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