Ministerio de Trabajo
TRABAJO - LIBROS - REGISTROS DE RUBRICA ONLINE
Resolución (MT) 2/14. Del 17/1/2014. B.O.: 6/2/2014. Ministerio de
Trabajo. Aprobación de los Aplicativos Subir Documentación y Multinota.
Sistema Provincial de Registro de Rúbrica de Libros y de Documentación
Laboral. Ventanilla física. Ventanilla digital. Implementación. Empresas
usuarias. Empadronamiento On Line.
VISTO: Que es función primordial del Estado Provincial el efectivo
ejercicio del Poder de Policía en materia laboral y en razón de la
estructura orgánica del Poder Ejecutivo es competencia de este
Ministerio el cumplimiento de aquella función y teniendo en cuenta las
facultades conferidas por la Ley 8015, en cuanto al control y
habilitación de la documentación laboral exigida por las leyes de fondo,
resultando imprescindible contar para ello con una Base de Datos Laboral
integral, completa y actualizada como soporte para la gestión de
gobierno y,
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución Nº 103/10 establece el Empadronamiento obligatorio para
los Empleadores / Empresas y la carga posterior de los Dependientes
(Empleados), tarea indispensable para completar la Base de Datos Laboral
necesaria para contar con estadísticas, realizar análisis y proyecciones
y tomar decisiones rápidas, precisas y con el sustento informativo
requerido.
Que
para ello se incorpora tecnología en los procesos de intercambio entre
la Administración Pública y los administrados, en consonancia con los
lineamientos del Gobierno Digital, la incorporación de las TICs en tales
procesos que permiten mejoras y facilidades para los usuarios y el
cuidado del medio ambiente con el inicio de la "despapelización" de los
trámites.
Que
la Resolución Nº 164/13 de este Ministerio implementó el "SISTEMA
PROVINCIAL DE REGISTRO DE RUBRICA DE LIBROS y DOCUMENTACION LABORAL"
habilitando el uso simultáneo de la Ventanilla Física para la rúbrica
manual con Firma Ológrafa y la Ventanilla Digital para la rúbrica
mediante el uso de Firma Digital en los términos de la Ley 25.506,
Decreto Nacional Nº 2628/02, Ley Provincial Nº 9401, Resolución Nº
103/10 y la citada Resolución Nº 164/13.
Que
es función primordial de la Administración Provincial del Trabajo
establecer los aspectos normativos procedimentales y operativos para la
implementación y aplicación de políticas conducentes al control y
fiscalización de las normas y documentación laboral, de forma que
redunden en mayores niveles de registración laboral y prueba efectiva de
las relaciones laborales.
Por
ello, establece las pautas necesarias en el denominado Anexo I "De los
Aplicativos Subir Documentación y Multinota" que forman parte de la
presente resolución.
Que
asimismo en la citada Resolución Nº 164/13 de esta Cartera, dispuso la
reapertura del empadronamiento con carácter obligatorio para todas
aquellas empresas que no lo hubieran hecho a la fecha de entrada
vigencia de la misma, conforme los términos que se establecen en el
ANEXO II "PAUTAS PARA LA REAPERTURA DEL EMPADRONAMIENTO - ART. 3º
RESOLUCION Nº 164/13" , las que se regirán por las pautas del presente y
el anexo referido y los alcances del Anexo II de la Resolución Nº
103/10, que mantiene vigencia en cuanto no haya sido modificada o
sustituida por la presente.
Que
la Resolución N°173/13, estableció como fecha definitiva de su apertura
el 17-Feb-14, resulta menester que los agentes y funcionarios se
capaciten adecuadamente para la implementación del sistema y para el
empadronamiento on line prestando la máxima colaboración, a cuyo fin
instrúyase a la Dirección General de Inspección Laboral a los fines de
que establezca de manera inmediata las condiciones y modalidades para la
capacitación del personal que tendrá a su cargo las tareas de
Empadronamiento, Carga de Dependientes y Control de Libros Laborales con
rúbrica en las dos modalidades previstas dispuesto conforme los alcances
de la presente y de la Resolución Nº 103/10, con el concurso de la
Dirección de Jurisdicción de Fiscalización y Policía del Trabajo y la
Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales.
Por
todo lo expuesto, la normativa citada y en uso de las atribuciones que
le son propias,
El
Ministro de Trabajo resuelve:
PRIMERO: Apruébese como ANEXO I las normas complementarias denominadas
"DE LOS APLICATIVOS SUBIR DOCUMENTACION y MULTINOTA" las que serán de
aplicación en el marco del " Sistema Provincial de Registro de Rúbrica
de Libros y de Documentación Laboral" a los efectos de implementar la
VENTANILLA FISICA con rúbrica por Firma Ológrafa y la VENTANILLA DIGITAL
con rúbrica por Firma Digital en los términos de la Ley 25.506, Decreto
Nacional Nº 2628/02, Ley Provincial Nº 9401, Resolución Nº 103/10 y la
citada resolución Nº 164/13, las que entraran en vigencia de manera
inmediata, una vez publicada la misma en el Boletín Oficial de la
Provincia de Córdoba.
SEGUNDO: Apruébese el ANEXO II que establece las condiciones legales,
operativas y procedimentales que deben cumplir las empresas usuarias a
los fines del Empadronamiento On Line y posterior carga de Dependientes,
con carácter obligatorio y que no lo hubieran hecho hasta la fecha,
conforme los términos que se establecen en el ANEXO II denominado
"PAUTAS PARA LA REAPERTURA DEL EMPADRONAMIENTO - ART. 3º RESOLUCION Nº
164/13", las que se regirán por las pautas del presente y el anexo
referido y los alcances del Anexo II de la Resolución Nº 103/10, que
mantiene vigencia en cuanto no haya sido modificada o sustituido por la
presente.
TERCERO: De forma.
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