Secretaría de Ambiente
POLÍTICA AMBIENTAL - PLAN INTEGRAL PARA LA GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS
Resolución (SA) 38/23. Del 7/3/2023. B.O.: 14/3/2023. Política
Ambiental. Plan Provincial de Gestión de Residuos.
Córdoba, 07 de Marzo de 2023.
VISTO: El Plan Provincial para la Gestión Integral de Residuos elaborado
por la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto 1516/2019, ratificado por Ley N° 10.726, y
modificatorias, se establece la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo,
revistiendo la Secretaría de Ambiente como el órgano encargado de
participar en la elaboración de políticas que permitan y faciliten la
recuperación y conservación de la diversidad biológica y el cuidado del
ambiente (suelo, agua, flora y fauna).
Que la correcta gestión de los Residuos Sólidos Urbanos constituye una
parte significativa del cuidado del ambiente y debe ser abordada
comprendiendo íntegramente sus dimensiones técnicas, sociales y
ambientales.
Que, por su parte, dicha gestión implica una oportunidad para impulsar
nuevas formas de producir y consumir bienes y servicios, que resulten
más amigables con el ambiente.
Que la provincia de Córdoba cuenta, actualmente, con más de 200 macro
Basurales a Cielo Abierto, constituyendo este un pasivo ambiental que
requiere urgente tratamiento.
Que, a tales fines, el gobierno provincial ha decido llevar a cabo un
Plan Provincial de Gestión de Residuos, que incluye los siguientes ejes
y objetivos: 1. Regionalización; 2. Cicatrización de Basurales a Cielo
Abierto; 3. Alianzas Estratégicas; 4. Inclusión Social y Educación
Ambiental; 5. Modernización y actualización normativa; 6. Innovación
para la Gestión de Residuos: 7. Fondo de Financiamiento Ambiental y 8.
Plan Integral para Residuos Específicos.
Que es en este marco que la Secretaría de Ambiente de Córdoba ha
elaborado el Plan Provincial para la Gestión Integral de Residuos,
buscando establecer las bases para la adopción e implementación de los
conceptos que se encuadran en la Economía Circular, sin desatender la
realidad económica y social provincial.
Que asimismo, dicho plan se orienta al cumplimiento de los “Objetivos de
Desarrollo Sustentable para el año 2030” de la Naciones Unidas.
Que durante el año 2022, se suscribieron Acuerdos de Cooperación
Recíproca entre el Ministerio de Gobierno y Seguridad y la Secretaria de
Ambiente junto con municipios y comunas, representados por los
presidentes de los Bloques Políticos de la Mesa Provincia Municipios,
con el objeto de llevar a cabo las acciones necesarias para el
cumplimiento del Plan Provincial para la Gestión Integral de Residuos.
Que resulta oportuno y adecuado, a los efectos de llevar adelante las
acciones previstas en el Plan, propiciar ante los Ministerios de
Coordinación y Gobierno y Seguridad la conformación de un Fondo de
Financiamiento Ambiental con destino a municipios, comunas, comunidades
regionales, entes intermunicipales, cooperativas y entidades cuyo objeto
incluya actividades relacionadas a la gestión de residuos y/o al cuidado
del ambiente, a los fines de ser utilizado para la cicatrización de
basurales a cielo abierto, adquisición de equipamiento y fortalecimiento
de logística para la gestión de residuos, ampliación de módulos de
disposición final de residuos urbanos, construcción de Centros
Ambientales de Transferencia o Tratamiento, el reacondicionamiento de
infraestructura, educación ambiental, así como cualquier otra obra o
actividad tendiente al cumplimiento de los fines del Plan Provincial
para la Gestión Integral de Residuos.
Por todo ello, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el
Decreto N°1615/2019, ratificado por Ley Provincial Nº 10.726 que
establece la Estructura Orgánica vigente del Poder Ejecutivo, y
normativa concordante, complementaria y reglamentaria de aplicación,
EL SECRETARIO DE AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1°: RATIFÍCASE el Plan Provincial de Gestión de Residuos, el
cual se describe en el documento que forma parte de la presente
resolución como así también las acciones planificadas para el año 2023,
como Anexo I.
Artículo 2°: INSTRÚYANSE las diligencias administrativas pertinentes
para la plena operatividad del mismo y ELEVÉSE la presente por ante los
Ministerios de Coordinación y Gobierno y Seguridad, propiciando la
constitución del Fondo de Financiamiento Ambiental.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
ANEXO (formato PDF) -
Plan Provincial para la Gestión Integral de Residuos
Glosario (s/resolución 49/23 SA) |