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Argentina/ Provincia de Córdoba

Secretaría de Minería

MINERÍA - GEOLOGÍA

Resolución (SM) 48/06. Del 22/8/2006. B.O.: 30/8/2006. Minería.  Implementación del Programa Provincial de Cartas Geológicas. Subcartas. Establecimiento de un protocolo de trabajo para las áreas técnicas de la Secretaría de Minería.

Visto:

El proyecto para el desarrollo del Programa Provincial de Cartas Geológicas, cuyo objetivo es la ejecución del carteo geológico a escalas adecuadas para obtener información geológica y minera, necesaria para satisfacer las demandas de proyectos técnicos, económicos y sociales, en distintas regiones de la Provincia de Córdoba.

Y Considerando:

I) Que estas Cartas incluirán información sistematizada sobre geología, recursos minerales metalíferos, no metalíferos y rocas de aplicación, como así también cartografía geoambiental.

II) Que a través de este trabajo multidisciplinario se podrán obtener conocimientos de las distintas regiones geológicas y sus recursos minerales, que permitan asistir a una toma de decisión en proyectos mineros.

III) Que se obtendrá información que permita una Planificación Territorial a fin de racionalizar el uso del suelo en los aspectos mineros, geológicos ambientales, riesgos geológicos, urbanos y turísticos.

El Secretario de Minería resuelve:

Art. 1° - Implementar el Programa Provincial de Cartas Geológicas a partir del segundo semestre del año 2006.

Art. 2° - La delimitación de las Cartas Provinciales se ajustará a las establecidas por el Programa de Cartas Geológicas Nacional establecido por Ley N° 24.224. Asimismo, se respetarán las estandarizaciones y Sistemas de Proyección establecidos por el Instituto Geográfico Militar (IGM) y la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba.

Art. 3° - Cada Carta estará compuesta por las siguientes subcartas:

- Relevamiento de recursos mineros metalíferos, no metalíferos y rocas de aplicación

- Peligrosidad Geológica y Planificación Territorial

- Petrología

- Estructura

- Geoquímica

Art. 4° - Se relevará toda la información cartográfica y de imágenes disponible, considerando los estándares existentes en organismos como Catastro Provincial, IGM, CONAE, SEGEMAR, etc. Se activarán los convenios relativos a la obtención y uso de imágenes satelitales actualizadas, así como el convenio del Equipo de trabajo interinstitucional para armado de Sistemas de Información Geográfica (ETISIG).

Art. 5° - Se establecerá un protocolo de trabajo para las áreas técnicas de la Secretaría de Minería, de modo que toda la información geológica que se produzca en distintas áreas de la Provincia sea estandarizada y transferida oportunamente al Programa de Cartas Geológicas. De este modo se optimizará el aprovechamiento de los trabajos realizados y se logrará la sistematización progresiva de las bases de datos geológico-mineras.

Art. 6° - Se iniciará el Programa con la ejecución de la Carta 2963-31-2, Sierra Norte de Córdoba, Departamento Sobremonte, a escala 1:50.000. Si bien esta región de la provincia no es la mas importante desde el punto de vista minero, se considera la mas adecuada, en virtud de la información existente, para poner a punto las metodologías de trabajo interdisciplinarias. Oportunamente se definirán las sucesivas Cartas a realizar.

Art. 7° - Coordinación Económica Financiera de esta Secretaría deberá disponer las partidas presupuestarias específicas para este Programa en este ejercicio, proyectar y solicitar se incluya en la Ley Anual del Presupuesto Provincial las partidas correspondientes para los ejercicios futuros.

Art. 8° - De forma.

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