Secretaría de Minería
MINERÍA - GEOLOGÍA
Resolución (SM) 48/06. Del 22/8/2006. B.O.:
30/8/2006.
Visto:
El proyecto para el desarrollo del Programa
Provincial de Cartas Geológicas, cuyo objetivo es la ejecución del carteo geológico a escalas adecuadas para
obtener información geológica y minera, necesaria para satisfacer las demandas de proyectos técnicos, económicos
y sociales, en distintas regiones de la Provincia de Córdoba.
Y Considerando:
I) Que estas Cartas incluirán información
sistematizada sobre geología, recursos minerales metalíferos, no metalíferos y rocas de aplicación, como así
también cartografía geoambiental.
II) Que a través de este trabajo
multidisciplinario se podrán obtener conocimientos de las distintas regiones geológicas y sus recursos
minerales, que permitan asistir a una toma de decisión en proyectos mineros.
III) Que se obtendrá información que permita
una Planificación Territorial a fin de racionalizar el uso del suelo en los aspectos mineros, geológicos ambientales, riesgos geológicos, urbanos y turísticos.
El Secretario de Minería resuelve:
Art. 1° - Implementar el Programa Provincial de
Cartas Geológicas a partir del segundo semestre del año 2006.
Art. 2° - La delimitación de las Cartas
Provinciales se ajustará a las establecidas por el Programa de Cartas Geológicas Nacional establecido por Ley N°
24.224. Asimismo, se respetarán las estandarizaciones y Sistemas de Proyección establecidos por el Instituto
Geográfico Militar (IGM) y la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba.
Art. 3° - Cada Carta estará compuesta por las
siguientes subcartas:
- Relevamiento de recursos mineros metalíferos,
no metalíferos y rocas de aplicación
- Peligrosidad Geológica y Planificación
Territorial
- Petrología
- Estructura
- Geoquímica
Art. 4° - Se relevará toda la información
cartográfica y de imágenes disponible, considerando los estándares existentes en organismos como Catastro
Provincial, IGM, CONAE, SEGEMAR, etc. Se activarán los convenios relativos a la obtención y uso de imágenes
satelitales actualizadas, así como el convenio del Equipo de trabajo interinstitucional para armado de Sistemas
de Información Geográfica (ETISIG).
Art. 5° - Se establecerá un protocolo de
trabajo para las áreas técnicas de la Secretaría de Minería, de modo que toda la información geológica que
se produzca en distintas áreas de la Provincia sea estandarizada y transferida oportunamente al Programa de
Cartas Geológicas. De este modo se optimizará el aprovechamiento de los trabajos realizados y se logrará la
sistematización progresiva de las bases de datos geológico-mineras.
Art. 6° - Se iniciará el Programa con la
ejecución de la Carta 2963-31-2, Sierra Norte de Córdoba, Departamento Sobremonte, a escala 1:50.000. Si bien
esta región de la provincia no es la mas importante desde el punto de vista minero, se considera la mas adecuada,
en virtud de la información existente, para poner a punto las metodologías de trabajo interdisciplinarias.
Oportunamente se definirán las sucesivas Cartas a realizar.
Art. 7° - Coordinación Económica Financiera
de esta Secretaría deberá disponer las partidas presupuestarias específicas para este Programa en este
ejercicio, proyectar y solicitar se incluya en la Ley Anual del Presupuesto Provincial las partidas
correspondientes para los ejercicios futuros.
Art. 8° - De forma.
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