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Secretaría de Energía Eléctrica
ENERGIA ELECTRICA - MERCADO ELECTRICO MAYORISTA –
ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA (ENARSA)
Resolución (SEE) 253-E/16. Del 3/8/2016. B.O.: 9/8/2016.
Mercado Eléctrico Mayorista. Autorización del ingreso de ENARSA como
Agente Generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
VISTO el Expediente Nº S01:0185750/2015 del Registro del
ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) solicitó
su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA
(MEM), para su Central Térmica Barranqueras de hasta VEINTIUNO CON SIETE
DÉCIMOS MEGAVATIOS (21,7 MW) de potencia nominal, instalada en la
Localidad de Barranqueras, Provincia del CHACO, conectándose al SISTEMA
ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE CON DOS DÉCIMOS
KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Barranqueras,
jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA
S.A.).
Que mediante Nota B-104062-1 de fecha 26 de febrero de
2016 la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) informa que ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA)
cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de
LOS PROCEDIMIENTOS para su ingreso y administración del MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
Que ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) ha
cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte
de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO
MAYORISTA (MEM) de la Central Térmica Barranqueras se publicó en el
Boletín Oficial de la República Argentina Nº 33.372 de fecha 5 de mayo
de 2016 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la
presente.
Que la Dirección Nacional de Prospectiva de la
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA
ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el Artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de
enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA las facultades asignadas a la ex
SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley
Nº 24.065.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le
compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto
surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y
por la Resolución Nº 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA RESUELVE:
Art. 1°— Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del
MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA)
para su Central Térmica Barranqueras de hasta VEINTIUNO CON SIETE
DÉCIMOS MEGAVATIOS (21,7 MW) de potencia nominal, instalada en la
Localidad de Barranqueras, Provincia del CHACO, conectándose al SISTEMA
ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE CON DOS DÉCIMOS
KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Barranqueras,
jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA
S.A.).
Art. 2° — Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los
sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MERCADO ELÉCTRICO
MAYORISTA (MEM) y las penalidades que deban abonar los prestadores de la
Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales
indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean
cargadas a ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA), titular de la
Central Térmica Barranqueras en su conexión con el SISTEMA ARGENTINO DE
INTERCONEXIÓN (SADI), en barras de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS
(13,2 kV) de la Estación Transformadora Barranqueras. A este efecto se
faculta a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectuar los correspondientes cargos dentro
del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se
produzcan.
Art. 3°— Notifíquese a ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA (ENARSA), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. |