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Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios
ENERGIA - PROGRAMA DE
ENERGIA TOTAL - CREACION
Resolución (MPFIPyS)
459/07. Del 12/7/2007. B.O.: 13/7/2007. Créase el Programa de Energía
Total en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios, el cual tendrá como objetivo incentivar la
sustitución del consumo de gas natural y/o energía eléctrica, por el uso
de combustibles alternativos para las diferentes actividades productivas
y/o la autogeneración eléctrica. Duración del Programa. Vigencia.
Nota Ecofield:
Reglamento del Programa de Energía Total por Disposición (SSCyCG)
30/08.
Bs. As., 12/7/2007
VISTO el Expediente Nº
S01:0252644/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario maximizar la
utilización de los distintos componentes que conforman la matriz
energética argentina, con el fin de garantizar su adecuada alternancia,
contribuyendo de esta manera con la continuidad del crecimiento del País
y sus industrias.
Que dentro de las funciones
asignadas al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, se encuentran las de estudiar y analizar el comportamiento de
los mercados energéticos, elaborando el planeamiento estratégico en
materia de energía eléctrica, hidrocarburos y otros combustibles,
promoviendo políticas que incrementen y tornen eficientes la asignación
de los recursos.
Que a los fines indicados, se
propicia la creación de un programa mediante el cual se incentiva la
sustitución del consumo de gas natural y/o energía eléctrica por red,
por el uso de combustibles alternativos (fuel oil – gas oil - otros)
para las diferentes actividades productivas, y/o para la autogeneración
eléctrica en aquellas empresas que posean equipamiento disponible a los
fines de dicha sustitución.
Que, a efectos de la
aplicación del plan que se crea mediante la presente resolución, resulta
necesaria la designación de una Unidad Ejecutora, quien tendrá a su
cargo la gestión del presente Programa.
Que resulta necesario
facultar a la UNIDAD EJECUTORA al dictado de un Reglamento destinado a
establecer las condiciones generales, procedimientos, responsabilidades
y metodologías de ejecución, liquidación, así como la rendición de
cuentas vinculadas a las transferencias de fondos, afectados al
Programa.
Que será de aplicación al
presente la Ley 24.156 y lo dispuesto en la Resolución Nº 268 de fecha
11 de mayo de 2007 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en lo que respecta a la necesidad de
diseñar una adecuada rendición de cuentas para el programa.
Que los créditos
presupuestarios destinados a cubrir el cumplimiento de los objetivos de
presente Programa, serán atendidos con las partidas presupuestarias
correspondientes al Servicio Administrativo Financiero 354 – MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA
dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, en su calidad de autoridad de aplicación de la Ley Nº 17.319,
y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 180 de fecha 13
de febrero de 2004, prestará a la UNIDAD EJECUTORA la asistencia y
colaboración necesaria para la ejecución del programa.
Que, asimismo, corresponde
hacer saber del dictado de la presente medida a la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en
atención a la temática involucrada.
Que la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la
intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9º
del citado Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que las facultades para el
dictado de la presente medida están conferidas por lo dispuesto en la
Ley de Ministerios Nº 22.520 - (texto ordenado por Decreto Nº 438 de
fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
Artículo 1º — El PROGRAMA DE
ENERGIA TOTAL, creado en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, tendrá como objetivos:
garantizar el abastecimiento de los recursos energéticos ya se trate de
combustibles líquidos o gaseosos, que sean demandados tanto por el
aparato productivo como por el conjunto de la población, durante el año
2008, en todo el territorio de la República Argentina, debiendo también
continuar incentivando la sustitución del consumo de gas natural y/o
energía eléctrica, por el uso de combustibles alternativos para las
diferentes actividades productivas y/o la autogeneración eléctrica.
(Artículo sustituido por art.
2° de la
Resolución N° 121/2008 del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios B.O. 13/3/2008. Vigencia: a partir del día
siguiente de su publicación)
(Nota Infoleg: por art. 1° de
la
Resolución N° 121/2008 del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios B.O. 13/3/2008 se prorroga hasta el 31 de
diciembre de 2008 la vigencia del PROGRAMA DE ENERGIA TOTAL, creado por
la presente Resolución. Vigencia: a partir del día siguiente de su
publicación)
Art. 2º — Establécese que el
PROGRAMA se aplicará, a todas aquellas empresas, que utilicen gas
natural y/o energía eléctrica por red, como insumo necesario para la
actividad que desarrollan, y se encuentren interesadas en participar del
plan de sustitución implementado por la presente resolución.
Art. 3º — Desígnase como
UNIDAD EJECUTORA, a los fines previstos en el Programa mencionado en el
Artículo 1º, a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION,
dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
Art. 4º — Facúltese a la
UNIDAD EJECUTORA para dictar el Reglamento Operativo, que establecerá
las condiciones generales en las que se ejecutarán las acciones
tendientes al cumplimiento de los objetivos del presente Programa, así
como a determinar los procedimientos, las responsabilidades y
metodología de ejecución, liquidación, rendición de cuentas y
auditorías, respecto de las transferencias que se aprueben y a realizar
todas las acciones presupuestarias necesarias con el objeto de la
implementación de la presente.
Art. 5º — Destínase al
PROGRAMA DE ENERGIA TOTAL en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta la suma de PESOS
NOVECIENTOS TREINTA MILLONES ($ 930.000.000.- ), los que serán asignados
al pago de las diferencias que surjan entre los precios de compra para
la provisión habitual de cualquier fuente de energía y la adquisición de
los combustibles líquidos sustitutos. Dichas diferencias serán
liquidadas por la UNIDAD EJECUTORA en los plazos, modos formas que
determine la reglamentación.
Art. 6º — El gasto que
demande el desarrollo del presente Programa será atendido con las
partidas presupuestarias correspondientes al Servicio Administrativo
Financiero 354 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS.
Art. 7º — Será de aplicación
al presente la Ley Nº 24.156 y lo dispuesto por la Resolución Nº 268 de
fecha 11 de mayo de 2007 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 8º — Instrúyese a la
SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad de autoridad de
aplicación de la Ley Nº 17.319, y en uso de las facultades otorgadas por
el Decreto Nº 180 de fecha 13 de febrero de 2004, a prestar a la UNIDAD
EJECUTORA la asistencia y colaboración necesaria para la ejecución del
programa.
Art. 9º — Hágase saber de la
presente resolución a la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 10. — La presente
Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Art. 11. — De forma. |