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Argentina,
Extintores
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Norma Argentina IRAM 3517 – Parte 2 * : 2000.
IRAM INSTITUTO DE RACIONALIZACION DE MATERIALES
EXTINTORES (MATAFUEGOS) MANUALES Y SOBRE RUEDAS.
Dotación, control, mantenimiento y recarga.
Portable and wheeled fire extinguishers. Provisión,
control, maintenance and recharding
* Corresponde a la revisión de la norma IRAM
3517-2:1985 e incluye la modificación N° 1 de la reunión del 17 de
octubre de 2000 (Acta 5-2000).
0 - Introducción
1 - Objeto
2 - Normas para consulta
3 - Condiciones generales
4 - Procedimientos para el control,
mantenimiento y recarga
5 - Organismos de control
6 - Puesta en marcha del control
trimestral
7 - Extintores a base de BROMOCLORODIFLUOROMETANO
(BCF)
Anexo A - Descripción
de los tipos de dotaciones indicadas en el cuadro 1 del Anexo A
Anexo B - Guía de control y
mantenimiento de extintores
Anexo C - Modelo de formulario
Anexo D - Agentes
extintores normalizados para la recarga
Anexo E - Condiciones de
funcionamiento
Anexo F - Procedimiento de
mantenimiento
Anexo G - Bibliografía
0 - INTRODUCCION
Debido a la importancia que los extintores tienen en
las primeras etapas del desarrollode un incendio, se hace necesario
generar un procedimiento que describa los criterios a seguir para definir
la cantidad y tipo e extintores en función de las distintas clases de
riesgos; y que además permita describir los pasos a cumplir con los
medios de extinción manuales y rodantes para asegurar a través del
tiempo que los mismos mantengan sus características operativas
originales.
En esta norma se sientan las bases para establecer la
dotación necesaria de extintores, como así también su control,
mantenimiento y recarga.
1 - OBJETO
Establecer las condiciones que se deben cumplir
relativas a la dotación, el control, el mantenimiento y la recarga de
extintores.
Servir como referencia y guía sobre el tema para los
propietarios y ocupantes de edificios, autoridades de aplicación,
organismos de control, y empresas dedicadas al mantenimiento de
extintores.
2 - NORMAS PARA CONSULTA
Los documentos normativos siguientes contienen
disposiciones, las cuales, mediante su cita en el texto, se transforman en
disposiciones válidas para la presente norma IRAM. Las ediciones
indicadas son las vigentes en el momento de su publicación. Todo
documento es susceptible de ser revisado y las partes que realicen
acuerdos basados en esta norma se deben esforzar para buscar la
posibilidad de aplicar sus ediciones más recientes.
Los organismos internacionales de normalización y el
IRAM mantienen registros actualizados de sus normas.
IRAM 2529. 1989 – Cilindros de acero. Condiciones
para su llenado y revisión periódica.
IRAM 2529-1: 2000 – Cilindros de acero. Revisión
periódica gas.
IRAM 2533: 1970 – Cilindros de acero sin costura para
anhídrido carbónico.
IRAM 2587: 1991 – Cilindros y tubos de acero. Método
de ensayo de presión hidrostática interna.
IRAM 3509: 1983 – Matafuegos de dióxido de carbono.
Manuales.
IRAM 3515: 1991 – Productos extintores, líquido
espumígeno sintético de baja expansión, formador de película acuosa
(AFFF).
IRAM 3517-1: 1985 – Matafuegos manuales y sobre
ruedas. Elección, instalación y uso.
IRAM 3521: 1969 – Cargas para matafuegos. Polvo no
compatible con espumas (polvo químico seco).
IRAM 3523: 1983 – Matafuegos de polvo bajo presión.
Manuales.
IRAM 3525: 1983 – Matafuegos de agua bajo presión.
Manuales.
IRAM 3526-0: 2000 – Gases para extinción de
incendios para equipos portables. Clasificación y características.
IRAM 3527: 1983 – Matafuegos de agua bajo presión,
con líquido espumígeno de baja expansión formador de película acuosa
(AFFF). Manuales.
IRAM 3534: 1983 – Matafuegos manuales y sobre ruedas.
Placas de características.
IRAM 3540. 1983 – Matafuegos de
bromoclorodifluorometano (BCF) bajo presión. Manuales.
IRAM 3541: 1995 – Matafuegos de agua bajo presión
con líqido espumígeno de baja expansión, formador de película acuosa
(AFFF) y/o polimérica sobre ruedas.
IRAM 3550: 1981 – Matafuegos de polvo bajo presión.
Sobre ruedas.
IRAM 3565: 1972 – Matafuegos a anhídrido carbónico.
Sobre ruedas.
IRAM 3566: 1998 – Cargas para matafuegos, polvo
compatible con espuma mecánica para fuegos de las clases B y C.
IRAM 3569: 1996 – Cargas para matafuegos, polvos para
extinción de fuegos de las clases A, B y C.
IRAM 3672. 1996 – Cargas para matafuegos, polvos
químicos para fuegos clases B. Ensayo de extinción en laboratorio.
IRAM 10005-1: 1982 – Colores y señales de seguridad.
Colores y señales fundamentales.
IRAM 10005-2: 1984 – Colores y señales de seguridad.
Aplicación de los colores de seguridad en señalizaciones particulares.
IRAM 41170: 1997 – Productos químicos para uso
industrial. Dióxido de carbono licuado.
3 - CONDICIONES GENERALES
3.1 Generalidades
3.1.1 Responsabilidad. El responsable de una propiedad
equipada con extintores, será también responsable de la dotación de los
mismos, su control, mantenimiento y recarga.
3.1.2 Ejecución. El control, el mantenimiento y la
recarga serán realizados por personal designado por el responsable de la
propiedad.
Este personal deberá estar registrado según lo
indicado en las reglamentaciones legales vigentes*. Serán personas
entrenadas que, según corresponda, tendrán a su alcance las maquinarias
y herramientas adecuadas, material de recarga, repuestos, etc.
* Actualmente Decreto 351/79, reglamentario de la Ley
19.587 y sus modificatorias en vigencia, y demás legislaciones y
reglamentaciones provinciales o municipales locales.
3.2 Dotación
3.2.1 La dotación para los distintos locales que se
protegen, estará definida por el potencial extintor de los extintores que
se instales, determinado en función de la carga de fuego, el riesgo de
incendio, el tamaño de los locales, la altura del edificio, su ocupación
y su uso, pudiendo referirse a la norma IRAM 3517 Parte 1 para mayor
información.
A fin de una mayor simplificación, el cuadro 1 del
Anexo A describe las dotaciones mínimas requeridas en función de los
distintos usos.
De igual forma, los cuadros 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del
Anexo A describen lo distintos tipos y capacidades mínimas de los
extintores para los distintos usos.
No obstante lo indicado precedentemente, serán las
distintas autoridades de aplicación quienes definan la dotación de
extintores que estimen corresponde para cada local, así como para los
usos no indicados en los cuadros antedichos.
3.3 Control
3.3.1 El control deberá brindar una seguridad
razonable en cuanto a la disponibilidad y operatividad de los extintores
de incendio existentes en cada propiedad. Se verificarán por lo tanto dos
aspectos: la dotación y los equipos propiamente dichos. Estas tareas se
realizarán como mínimo una vez cada tres meses, contados a partir de la
fecha de realización del mantenimiento.
3.3.2 Para el control de la dotación se verificará la
concordancia entre los extintores existentes, con lo indicado en 3.2. A
este efecto, luego de determinar la dotación que corresponde al edificio,
se confeccionará una planilla donde se indiquen los tipos y capacidades
de los equipos instalados y su ubicación. Se indicará si existe
correspondencia entre la dotación requerida y la existente, y se
asentarán las eventuales falencias detectadas.
3.3.3 Para el control de los equipos propiamente dichos
se realizarán aquellas tareas indicadas en la Tabla 1 del Anexo B, Guía
de control y mantenimiento de extintores.
Se pondrá además especial cuidado en verificar que el
extintor esté en el lugar que le corresponde, que no ha sido puesto en
funcionamiento, que las instrucciones de funcionamiento están legibles y
dan cara al usuario, que no ha sido perjudicado en sus características
por la intervención de personas inexpertas, que los precintos y trabas de
seguridad no estén rotos o faltantes y que no tiene daños físicos
evidentes ni trabas u obstrucciones que impidan su operación correcta.
Se verificará que los lugares donde se encuentren
emplazados los extintores tengan fácil accesibilidad, que no se
encuentren obstruidos por objetos, y que estén debidamente identificados
y señalizados. (Ver norma IRAM 10005 parte 1 y parte 2 ).
3.3.4 Cuando el control revele que ha habido
intervención de personas inexpertas, daño o deterioro, que el extintor
está descargado, sobrecargado, tiene corrosión evidente o alguna otra
característica que no se ajuste a la presente norma será retirado de
servicio y se lo someterá al mantenimiento correspondiente.
3.3.5 En cada equipo controlado se colocará una
etiqueta de 35 mm de alto por 50 mm de largo que contendra como mínimo
los siguientes textos: "EQUIPO CONTROLADO POR: (nombre de la empresa
o responsable que realizó el control)", "FECHA: (fecha en que
se realizó el control)" y "PROXIMO CONTROL: (fecha en que
corresponde realizar el próximo control)" en las etiquetas
correspondientes a los dos primeros controles y "PROXIMA RECARGA:
(fecha en que corresponde realizar la próxima recarga)" en la
etiqueta correspondiente al tercer control.
Para permitir una rápida verificación por parte de
los usuarios de que el control ha sido realizado, para el primero de
ellos, contado a partir del último mantenimiento o recarga, la etiqueta
será de color celeste, para el segundo de color amarillo y para el
tercero verde. Estas etiquetas se adherirán en una zona visible del
costado del equipo, en lo posible una a continuación de la otra, y sólo
deberán ser retiradas al realizar el próximo mantenimiento o recarga.
3.3.6 Al realizar cada control, se llenará un
formulario según el modelo del Anexo C, el cual deberá estar debidamente
rubricado por el responsable técnico que realizó el control.
3.3.7 Todos los formularios mencionados se
confeccionarán por duplicado, quedando una copia de cada control en poder
del propietario u ocupante, quien deberá conservarlas en forma ordenada
como cosntancia de la realización de los controles, de los resultados de
los mismos y para ser eventualmente verificadas por las diferentes
autoridades de aplicación. Otro ejemplar quedará, a los mismos fines, en
poder de quien realizó el control.
3.4 Mantenimiento
3.4.1 El mantenimiento consistirá en una cuidadosa
verificación del extintor, con el fin de dar una máxima seguridad que el
mismo operará segura y efectivamente.
3.4.2 Los extintores se someterán a mantenimiento por
lo menos anualmente o cuando surja de los resultados de alguno de los
controles realizado.
3.4.3 Los extintores fuera de servicio por
mantenimiento o recarga deben ser sustituidos por equipos de reserva que
tengan la misma clasificación y por lo menos igual potencial extintor.
3.4.4 Procedimiento. El procedimiento de mantenimiento
consistirá en un exámen cuidadoso de los tres elementos básicos del
extintor:
-
Partes mecánicas;
-
Agente extintor;
-
Medios de expulsión.
3.5 Recarga
3.5.1 La recarga consistirá en el llenado o reemplazo
del agente extintor. Para cierto tipo de extintores también incluirá el
gas impulsor.
3.5.2 Todos los extintores deberán recargarse después
de su uso, o cuando lo indique una inspección, o cuando se realice el
mantenimiento.
Excepción: los extintores sellados de fábrica, en
aerosol, descartables, no recargables.
3.5.3 Procedimiento
3.5.3.1 En primer lugar para la recarga se seguirán
las instrucciones de la placa de características del extintor y solo se
utilizarán los agentes recomendados en ella.
3.5.3.2 Agentes de recarga. Cuando ya existan normas
IRAM solo se usarán productos que respondan a dichas normas. Cuando así
no fuera deberán responder a las exigencias de composición química y
características físicas requeridas en la placa de características.
3.5.3.3 El objeto de la recarga es mantener la
eficiencia original de cada extintor. Por ejemplo: el agente extintor y
los aditivos utilizados en varios tipos de extintores de polvo varían en
su composición química, en los tamaños de sus partículas, en las
características de fluidez, etc.
3.5.3.4 Cada extintor se halla diseñado para asegurar
su máxima eficiencia con el agente extintor que deba utilizar. El cambio
de agente respecto del especificado puede afectar las características de
descarga de la lanza, la cantidad de agente disponible, el alcance del
chorro, etc.
3.5.3.5 La mezcla de polvos triclase (ABC) con
formulaciones con bases de hidrógeno carbonato de sodio (bicarbonatos de
sodio o de potasio) (polvos BC), puede dar como resultado una reacción
química capaz de desarrollar presiones suficientes como para hacer
estallar un extintor. Por lo tanto se debe evitar la mezcla de estos tipos
de polvos extintores.
3.5.3.6 Algunos agentes de recarga se deterioran con el
tiempo al estar expuestos a temperaturas excesivas o a la humedad. Se debe
evitar el almacenamiento prolongado de los materiales de recarga.
3.5.3.7 Los polvos utilizados para fuegos clase D
(metales combustibles) no deben humedecerse hasta el punto de no poder
fluir libremente; además si el polvo tiene humedad, cuando se aplica
sobre el metal ardiendo puede ocasionar una reacción peligrosa.
3.5.3.8 Agentes extintores normalizados para la
recarga. Los agentes extintores para la recarga, normalizados, cumplirán
con las normas IRAM correspondientes según el cuadro del Anexo D,
debiendo el recargador acreditar el cumplimiento con dichas normas,
mediante la certificación del producto otorgada por un organismo de
certificación reconocido por la autoridad competente.
Polvos
Con relación a los polvos químicos, siendo éstos los
agentes extintores más difundidos, además de cumplir con lo indicado en
el párrafo anterior la empresa que realice el mantenimiento y recarga de
los extintores deberá garantizar que los polvos utilizados en el proceso,
cumplan con el ensayo de fusión para los polvos ABC, y los valores de
extinción en laboratorio, según norma IRAM 3672, que se definen en la
norma IRAM 3569, y 3566.
A los efectos de verificar el polvo existente dentro de
los extintores, cuando existan dudas respecto de la calidad del mismo, se
podrá comprobar que dicho polvo cumpla con los valores de ensayo de
extinción en laboratorio según norma IRAM 3672.
Las masas máximas de polvo para lograr la extinción,
para cada tipo de agente extintor, serán las siguientes:
Polvos tipo ABC estándar color gris |
1,7 g |
Polvos tipo ABC 90 color amarillo |
1,2 g |
Polvos tipo "Monnex" |
1,1 g |
Polvos tipo "PURPLEK" |
1,3 g |
Polvos tipo BC color rosado |
1,8 g |
Las condiciones ambientales para éste ensayo serán
las definidas en la norma IRAM 3672, y el fuego debe extinguirse con un
solo disparo del aparato soplador de dicha norma.
Todo extintor cargado con polvo tipo ABC sobre el cual
se realice el mantenimiento y recarga anual, dberá poseer polvo tipo ABC
color gris, según norma IRAM 3569.
Si el extintor entregado para su mantenimiento y
recarga anual poseyera polvo tipo ABC de color diferente al gris, éste
deberá ser reemplazado por polvo tipo ABC estándar color gris o de mayor
calidad. En el caso de extintores importados, el requisito definido en el
presente párrafo quedará sujeto al criterio impuesto por la autoridad de
aplicación.
Cada vez que verifique el estado del polvo se deberá
controlar que cumpla con las condiciones establecidas en el
"procedimiento de mantenimiento" Anexo F, para los extintores a
base de polvo químico.
3.5.3.9 Eliminación de la humedad
La humedad dentro de un extintor que no es del tipo de
agua crea un riesgo serio de corrosión en el recipiente y grandes
probabilidades de tornarlo inoperante. La humedad puede provenir de lo
siguiente:
Por lo tanto a todos los extintores que no sean del
tipo de agua se los someterá a un secado adecuado para eliminar toda la
humedad antes de recargarlos (ver 4.3.3.5).
3.5.4 Conversión del tipo de extintor
Ningún extintor será convertido de un tipo a otro, ni
se convertirá para el uso de un distinto tipo de agente extintor.
3.6 Tarjeta y registro
3.6.1 Cada extintor tendrá una tarjeta o etiqueta
adherida firmemente que indique el mes y el año en que se realizó el
mantenimiento, la que llevará la identificación de la persona que
realizó el servicio o del responsable inscripto de acuerdo con las
reglamentaciones legales vigentes.
3.6.2 Además de la tarjeta mencionada, para cada
extintor se llevará un registro archivado permanente, que incluirá la
información siguiente que le sea aplicable:
-
la fecha de mantenimiento y el nombre o identificación de la
persona o del responsable que la efectuó;
-
la fecha en que se efectuó la última recarga y el nombre o
identificación de la persona o responsable que la efectuó;
-
la deformación permanente luego del ensayo hidrostático.
3.7 Recinto para polvo químico
3.7.1 Las tareas de control de carga y recarga de
extintores a base de polvo químico se realizarán en un ambiente donde la
humedad relativa no supere el valor de 70%. El local deberá disponer de
un sistema de extracción de aire que otorgue al ambiente una renovación
del volumen de aire no menor a 8 veces por hora.
3.8 Ensayo de pérdidas
3.8.1 Luego de la recarga, el extintor se someterá a
un ensayo de verificación de pérdidas por algún método que permita
identificar probables fugas de gas propelente o agente extintor.
3.9 Funcionamiento
3.9.1 La empresa que realice el mantenimiento y recarga
de los extintores deberá garantizar las condiciones de funcionamiento
establecidas en la tabla del Anexo E para los distintos tipos de
extintores, a través de un procedimiento de trabajo documentado.
3.10 Marbete indicador
3.10.1 cada vez que el extintor deba ser intervenido
como consecuencia de la tarea de mantenimiento y recarga se le deberá
colocar un marbete indicador, en forma de disco.
Para una rápida visualización de que el extintor ha
sido desarmado, llevará en el cuello un disco indicador, de fenol
formaldehído (baquelita) coloreado en su masa, con un color que cada año
se cambiará oportunamente, según el cronograma establecido en esta norma
y cuyas medidas, condiciones y características serán las indicadas a
continuación.
El disco indicador de mantenimiento y recarga se
colocará entre la válvula y el recipiente de todos los extintores
manuales (agua, polvo, C02, etc.) que según la norma debán ser
desarmados en dicho proceso, de modo que estando la válvula colocada no
pueda ser quitado sin antes romperlo.
Medidas y características del disco indicador de
recarga

dibujo no a escala
diámetro interior D=40/50 mm según cuello del exterior
El disco indicador deberá tener como mínimo 4
entallas radiales a intervalos de 90° que permitan su rotura antes de
alcanzar una deformación de 20 mm.
CRONOGRAMA DE CAMBIO DE COLOR DEL DISCO INDICADOR DE
RECARGA
PERIODO ANUAL |
COLOR DEL DISCO |
15/08/1998 al 15/08/1999 |
VERDE CLARO |
15/08/1999 al 15/08/2000 |
NARANJA |
15/08/2000 al 31/12/2000 |
MARRON CLARO |
01/01/2001 al 31/12/2001 |
NEGRO |
01/01/2002 al 31/12/2002 |
AMARILLO |
01/01/2003 al 31/12/2003 |
CELESTE |
01/01/2004 al 31/12/2004 |
VERDE OSCURO |
01/01/2005 al 31/12/2005 |
AZUL |
01/01/2006 al 31/12/2006 |
LILA |
01/01/2007 al 31/12/2007 |
BLANCO |
Se admitirán pequeñas diferencias de tonalidad
propias del proceso de fabricación. Las muestras de los colores quedarán
a disposición de los usuarios en los Organismos de control y en el
Instituto IRAM.
3.11 Precintos y trabas
Luego de la recarga se repondrán los precintos y
sellos indicadores de uso, con identificación de la empresa recargadora,
como así también los pasadores de seguridad que impiden el
funcionamiento accidental del extintor.
4 - PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL,
MANTENIMIENTO Y RECARGA
4.1 Consideraciones generales
4.1.1 El objeto del control, el mantenimiento y la
recarga de extintores es lograr que:
-
el extintor funcione satisfactoriamente en caso de incendio
-
no constituya un riesgo potencial en ninguna circunstancia
4.2 Lista de revisación de extintores
El proceso de mantenimiento de los distintos tipos de
extintores puede verse en el cuadro del Anexo F. Por conveniencia, la
lista de revisión indicada en dicho cuadro está ordenada en dos partes.
La primera está hecha en función de sus partes mecánicas (componentes y
recipientes) comunes a la mayoría de los extintores. La segunda parte
está dispuesta en función del agente extintor y de los medios de
expulsión, e incluye una descripción de los problemas que pueda originar
cada agente extintor.
Dentro del cuadro indicativo del Anexo F, pueden
aparecer elementos de extintores cuyas normas de fabricación no figuran
en la tabla del Anexo B. Esto es así para que la presente Norma pueda ser
abarcativa al mantenimiento de extintores de origen extranjero, siendo en
definitiva la Autoridad de Aplicación quien fije las condiciones para que
puedan estar en servicio equipos no contemplados en la presente norma.
4.3 Ensayo hidrostático
4.3.1 Generalidades
4.3.1.1 El ensayo hidrostático lo llevarán a cabo
personas que tengan conocimientos prácticos acerca de los procedimientos
en ensayos de presión y sus condiciones de seguridad, que cuenten con los
medios y con el equipo de ensayos adecuado.
4.3.1.2 Si en algún momento un extintor muestra
indicios de daños por corrosión o por acción mecánica, se lo ensayará
hidrostáticamente de acuerdo a lo indicado en 4.3.1.3.
4.3.1.3 Exámen de las condiciones del cilindro o del
recipiente.
Cuando el cilindro o el recipiente de un extintor
evidencia alguna de las condiciones enumeradas en este párrafo, no se
ensayará hidrostáticamente y se inutilizará:
-
cuando existan reparaciones por soldadura o masillas
-
cuando exista corrosión que haya causado picaduras pasantes
-
cuando el extintor se haya quemado en un incendio
-
cuando por error se haya utilizado como agente extintor agua con
anticongelante a base de cloruro de calcio en extintores de acero
inoxidable.
4.3.1.4 Los extintores de dióxido de carbono se
ensayarán según las normas IRAM 3509, IRAM 3565 e IRAM 2529,
descartándose los que no cumplieran con las mismas.
4.3.1.5 Mangas y accesorios
Las mangas y sus accesorios de los extintores que en el
extremo de la misma posean lanza de corte (manga presurizada) y los de los
extintores de dióxido de carbono se someterán a ensayo hidrostático
siendo el intervalo el fijado en la norma particular del extintor
4.3.1.6 Frecuencia
Los extintores se ensayarán hidrostáticamente a
intervalos que no excedan los especificados en el Anexo B – Guía de
control y mantenimiento de extintores. La fecha de vencimiento de cada
prueba hidráulica no podrá ser anterior a la fecha de vencimiento de la
carga del equipo.
4.3.2 Presiones de ensayo
4.3.2.1 Extintores y cilindros de dióxido de carbono o
para gases comprimidos. Los extintores y cilindros de dióxido de carbono
se ensayarán a la presión establecida en la norma IRAM 2529. Los
cilindros de nitrógeno utilizados como expulsores se ensayarán a la
presión marcada en su ojiva.
4.3.2.2 Extintores bajo presión
Todos los extintores presurizados que operan a baja
presión (menor a 2,8 MPa), se ensayarán hidrostáticamente a una
presión de ensayo de 2,5 veces la presión de servicio definida para cada
equipo.
El ensayo hidrostático será una prueba de resistencia
del recipiente del extintor, y se realizará según en el párrafo
4.3.3.7.
4.3.2.3 Mangas y accesorios: Las mangas y sus
accesorios de extintores de dióxido de carbono se ensayarán a la
presión establecida en las normas IRAM 3509 e IRAM 3565. Las de los
demás tipos de extintores se ensayarán a la presión de servicio del
extintor.
4.3.3 Equipos y procedimientos de ensayo
4.3.3.1 Para los ensayos de presión no se utilizará
presión neumática ni de gas. La falla de un recipiente para extintor
puede resultar violenta y peligrosa.
4.3.3.2 En caso de que los recipientes o cilindros no
cumplan con el ensayo hidrostático, se destruirán.
4.3.3.3 Equipo de ensayo para los extintores de
dióxido de carbono. El equipo para el ensayo de extintores de dióxido de
carbono será el establecido en la norma IRAM 2587 con el agregado de una
barrera o jaula de protección para evitar riesgos en caso de estallido o
desprendimiento de alguna parte del cilindro. Los dispositivos de mangas
de extintores también se ensayarán dentro de una jaula de protección.
4.3.3.4 Equipo de ensayo para extintores de baja
presión (menor que 2,8 MPa)
-
Bomba de ensayo hidrostático, accionada manualmente o a motor, que
sea capaz de producir no menos del 150 % de la presión de ensayo, con
las válvulas de retención y accesorios adecuados.
-
Conexión flexible para conectar el extintor a la bomba de ensayo.
Esta conexión se proveerá con los accesorios necesarios para ensayar
el extintor a través de la lanza, la tobera, o la salida de la manga
como sea aplicable.
-
Jaula o barrera de protección para el personal que realiza la
inspección visual del extintor de ensayo.
4.3.3.5 Secado. A todos los extintores que no utilicen
agua o soluciones con agua como agente extintor, luego de ser sometidos al
ensayo de prueba hidráulica, se les realizará un proceso de secado que
garantice que una vez realizado éste proceso no se visualice presencia
alguna de agua o humedad condensada dentro del recipiente o cilindro.
4.3.3.6 Procedimiento de ensayo para los de dióxido de
carbono y cilindros expulsores con gases permanentes.
Todos los cilindros para contener dióxido de carbono,
como los cilindros que contengan gases permanentes (ej. Nitrógeno),
deberán satisfacer la norma IRAM 2529 – Parte 1. Cilindros de acero.
Revisión periódica.
4.3.3.7 Procedimiento de ensayo hidrostático para los
extintores que no sean del tipo de dióxido de carbono.
-
Quitar todas las válvulas y partes internas y vaciar el extintor.
-
En todos los tipos de extintores a polvo se deben quitar todos los
restos de polvo del interior del recipiente antes de llenarlo con
agua.
-
En los extintores sobre ruedas del tipo agua bajo presión, operados
a cilindro de gas y los del tipo de espuma, se debe quitar la lanza de
descarga y luego ensayar el montaje completo incluso de la manga.
-
En todos los extintores sobre ruedas a polvo bajo presión se quita
el montaje del cabezal y se reemplaza por la tapa de ensayo adecuada.
-
Luego se conecta la manga de la bomba de ensayo, mediante su
conexión flexible a la boquilla de descarga, conjunto de manga, tapa
de ensayo o accesorio de conexión para ensayo, como sea aplicable.
-
Así, antes de aplicar la presión de ensayo, se ubica el extintor
en la caja o barrera de protección de ensayo, o en el caso de las
unidades sobre ruedas, detrás de la defensa de protección.
-
Se llena el recipiente a ensayar con agua purgando todo el aire que
pudiera quedar atrapado en su interior. El proceso de llenado y purga
pueden realizarse en forma simultánea, quedando el recipiente en
condiciones de ser probado hidráulicamente.
-
Una vez que se tenga la certeza de que el extintor está
correctamente purgado de aire, se conecta al sistema que incrementará
la presión del agua hasta la presión de prueba, manteniendo éste
valor de presión durante 1 min.
El ensayo será satisfactorio si durante la prueba no
se ha observado lo siguiente.
-
Todo recipiente de extintor que falle en este ensayo hidrostático,
deberá inutilizarse.
4.3.3.8 Procedimiento de ensayo hidrostático de las
mangas.
-
Las mangas de los distintos tipos de extintores se probarán
hidráulicamente cada vez que el extintor requiera prueba hidráulica
o cuando presente algún signo que pudiera hacer dudar respecto a su
resistencia mecánica y/o la de sus acoples.
La presión de prueba será la que fije cada norma de
fabricación para cada tipo de extintor.
-
Para los de tipo polvo, se deberá eliminar todo rastro de polvo.
-
Luego, colocar la manga dentro de un dispositivo de protección cuyo
diseño permita la observación visual del ensayo.
-
Antes del ensayo se debe llenar completamente de agua la manga.
-
Luego se aplica la presión en forma que se alcance la presión de
ensayo dentro de 1 min. Se mantiene la presión de ensayo por otro
minuto. Se efectúan las observaciones para verificar si se produce
alguna deformación o pérdida.
-
Si no se nota deformación ni pérdida, si la presión no bajó y si
los acoples no se movieron, se libera la presión. Así, se considera
que la manga ha pasado el ensayo.
-
Las mangas que hayan cumplido se secarán, inmediatamente. Si para
el secado se utiliza calentamiento, la temperatura no será mayor que
65°C.
-
Las mangas que no cumplan el ensayo hidráulico se deberán
destruir.
4.3.3.9 Registro de los ensayos. En los cilindros de
extintores de dióxido de carbono que hayan cumplido con el ensayo
hidrostático de acuerdo con los requisitos de las normas IRAM
correspondientes, se estampará el mes y el año en que se lo efectuó.
4.4 Inutilización
4.4.1 Se procederá a inutilizar un equipo cuando así
corresponda, según lo determinado por la presente norma. Se deberá
asegurar que el retiro de servicio tenga carácter de permanente e
irreversible.
4.4.2 Procedimiento
4.4.2.1 Agente extintor. Será retirado del equipo y
eliminado.
4.4.2.2 Cilindro expulsor. Se vaciará su contenido y
se le practicarán no menos de dos orificios de no menos de 10 mm de
diámetro cada uno, en lugar visible.
4.4.2.3 Recipiente. Una vez vacío se le practicarán
no menos de dos orificios de no menos de 10 mm de diámetro cada uno, en
lugar visible.
4.4.2.4 Marcado. Se pintará en ambos un cartel con la
leyenda "NO APTO" en color amarillo.
4.4.2.5 Documentación. Al devolver el equipo
inutilizado a su propietario, se adjuntará una nota donde se indicará
que el mismo ha sido destruido por no cumplir con la presente norma, y los
motivos del No Cumplimiento.
4.4.3 Aquellos extintores de fabricación nacional
cuyas características constructivas no estén abarcadas por las normas
del capítulo de normas para consulta, quedarán fuera de servicio a
partir de la fecha del próximo vencimiento de su carga, debiendo ser
inutilizados según los procedimientos indicados en la presente, salvo que
la autoridad de aplicación fije otros criterios.
Los equipos de fabricación extranjera no están
alcnzados por el párrafo anterior, debiendo cumplir como mínimo los
requisitos de la presente norma.
5 - ORGANISMOS DE CONTROL
5.1 la metodología de control será la que se indica
en los párrafos siguientes, adaptándose a las metodologías particulares
de los diferentes organismos de la jurisdicción correspondiente y
diferentes autoridades de aplicación
5.2 Metodología
5.2.1 Dotación. En cada propiedad se controlará si ha
sido determinada correctamente la dotación y si están instalados todos
los equipos requeridos.
5.2.2 Control. En cada propiedad se constatará si se
han realizado los controles y si éstos fueron ejecutados de acuerdo a la
norma.
5.2.3 Mantenimiento y Recarga. Tanto en las propiedades
como en los tallerres de mantenimiento y recarga se controlará si se han
realizado estas tareas y la correcta ejecución de las mismas en sus
aspectos técnicos. A este último efecto se tomarán muestras
representativas de los equipos procesados, tanto en las propiedades como
en los talleres, para realizar los ensayos de los mismos.
6 - PUESTA EN MARCHA DEL CONTROL
TRIMESTRAL (disposición transitoria)
El primer control (donde e realizará la determinación
de la dotación requerida según lo indicado en 3.3.2) será realizado en
el tercer mes contado a partir del próximo vencimiento de las recargas.
Los contoles subsiguientes se deberán realizar cada
tres meses a partir del primero ya mencionado.
7 - EXTINTORES A BASE DE
BROMOCLORODIFLUOROMETANO (BCF)
Los extintores a base de bromoclorodifluorometano
(BCF), no pueden ser recargados por que su uso está prohibido por la ley
24040, la que se encuentra pendiente de reglamentación, dado que este
agente extintor es perjudicial para el medio ambiente, debido a que reduce
la capa de ozono.
Por tal motivo debe evitarse toda emisión de BCF,
hasta tanto se regule la mencionada ley, y se defina la disposición final
del BCF.
ANEXO A
(Normativo)
Descripción de los tipos de dotaciones indicadas en el
cuadro 1 del Anexo A
Dotación tipo "A"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 2.
Todos los equipos se ubicarán en zonas comunes y de
fácil acceso, de manera que para poder acceder a cada uno de ellos no sea
preciso subir o bajar más de medio piso.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2, excepto para
vivienda unifamiliar donde no se requiere señalización.
Dotación tipo "B"
Cada unidad habitacional dispondrá como mínimo de un
exterior tipo ABC de 2,5 kg de capacidad, el que se ubicará en un lugar
de fácil aaceso.
No se requiere señalización.
Dotación tipo "C"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 3.
Los siguientes locales o zonas contenidas en edificios
reseidenciales de uso público, se regirán por las condiciones
particulares propias de su uso específico, cuando se superen los límites
indicados a continuación:
-
Salas de reuniones, conferencias, proyecciones, exposiciones,
juegos, actividades recreativas, etc.: se regirán por las condiciones
particulares del uso de espectáculos y locales de reunión, cuando su
capacidad exceda las 300 personas sentadas.
-
Bar, cafetería: se regirán por las condiciones particulares del
uso de bares, cafeterías y restaurantes, cuando su superficie sea a
150 m2. Lo mismo para restaurantes cuando estén previstos para servir
a más de 100 comensales simultáneamente.
-
Sala de baile, club, discoteca: se regirán por las condiciones
particulares del uso de espectáculos y locales de reunión,
cualquiera sea su superficie y capacidad.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 2.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación tipo "D"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 4.
Los siguientes locales o zonas contenidas en edificios
administrativos y de oficinas, se regirán por las condiciones
particulares propias de su uso específico, cuando se superen los límites
indicados a continuación:
-
Salas de reuniones, conferencias, proyecciones, exposiciones, etc.:
se regirán por las condiciones particulares del uso de espectáculos
y locales de reunión, cuando su capacidad exceda las 300 personas
sentadas.
-
Bar, cafetería, comedor y cocina se regirán por las condiciones
particulares del uso de bares, cafeterías y restaurantes, cuando su
superficie sea superior a 150 m2. Lo mismo para restaurantes cuando
estén previstos para servir a más de 100 comensales
simultáneamente.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación "E"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 5.
Los siguientes locales o zonas contenidas en edificios
de uso sanitario se regirán por las condiciones particulares propias de
su uso específico, cuando se superen los límites indicados a
continuación:
-
Viviendas de personal: se regirán por las condiciones particulares
del uso Vivienda.
-
Zonas de alojamiento del personal: se regirán por las condiciones
particulares del uso residencial público, cuando dicha zona disponga
de una capacidad superior a 15 camas.
-
Recinto religioso: se regulará por las condiciones particulares del
uso de espectáculos y locales de reunión, cuando su capacidad exceda
de 300 personas sentadas.
-
Salas de reuniones, conferencias, proyecciones, exposiciones,
juegos, actividades recreativas, etc.. se regirán por las condiciones
particulares del uso de espectáculos y locales de reunión, cuando su
capacidad exceda las 300 personas sentadas.
-
Bar, cafetería, comedor del personal, cocina: se regirán por las
condiciones particulares del uso de bares, cafeterías y restaurantes,
cuando su superficie sea superior a 150 m2 o cuando estén previstos
para servir a más de 100 comensales simultáneamente.
-
Zona de administración: se regulará por las condiciones
particulares el uso administrativo y de oficinas cuando su superficie
sea superior a 500 m2.
-
Archivos y biblioteca: se regirán por las condiciones particulares
del uso administrativo y de oficinas, cuando su superficie sea
superior a 500 m2.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación tipo "F"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 6.
Los siguientes locales o zonas contenidas en edificios
cuyo uso está destinado a espectáculos y locales de reunión, se
regirán por las condiciones particulares propias de su uso específico,
cuando se superen los límites indicados a continuación:
-
Viviendas del personal, viviendas de las personas, órdenes y
congregaciones al servicio del culto, etc.. se regirán por las
condiciones más afines, vivienda o residencial público.
-
Zona de administración: se regulará por las condiciones
particulares del uso administrativo y de oficinas, cuando su
superficie sea superior a 500 m2.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación tipo "G"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 7.
Los locales de este uso cuya superficie total útil sea
inferior a 150 m2 y se encuentren integrados con edificios de otro uso, se
regirán por las condiciones particulares de ese edificio.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación tipo "H"
Los exdtintores se instalarán enlos distintos sectores
según se indica en el cuadro B.
Los siguientes locales o zonas contenidas en edificios
de uso educativo, se regirán por las condiciones particulares propias de
su uso específico, cuando se superen los límites indicados a
continuación:
-
Cine, salas de reuniones, conferencias, proyecciones, salonoes de
actos, etc.. se regirán por las condiciones particulares del uso de
espectáculos y locales de reunión, cuando su capacidad exceda las
300 personas sentadas.
-
Comedor, cocina: se regirán por las condiciones particulares del
uso de bares, cafeterías y restaurantes, cuando su superficie ea
superior a 150 m2.
-
Gimnasio, polideportivo, etc.: se regirán por las condiciones
particulares del uso de espectáculos y locales de reunión, cuando su
capacidad exceda las 300 personas sentadas.
-
Recinto religioso: se regirá por las condiciones particulares del
uso de espectáculos y locales de reunión, cuando su capacidad exceda
las 300 personas sentadas.
-
Zonas de administración: se regirán por las condiciones
particulares del uso administrativo y de oficinas, cuando su
superficie sea superior a 500 m2.
-
Archivo, biblioteca, etc.: se regirán por las condiciones
particulares del uso administrativo y de oficinas, cuando su
superficie sea superior a 200 m2.
-
Vivienda del personal: se regirán por las condiciones particulares
del uso vivienda.
-
Alojamiento de alumnos y personal docente: se regirán por las
condiciones más afines, vivienda o residencial público.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación tipo "I"
Los extintores se instalarán en los distintos sectores
según se indica en el cuadro 9.
Los siguientes locales o zonas contenidas en edificios
de uso comercial, se regirán por las condiciones particulares propias de
su uso específico, cuando se superen los límites indicados a
continuación:
-
Salas de reuniones, conferencias, proyecciones, exposiciones, juegos
actividades recreativas, etc.. se regirán por las condiciones
particulares del uso e espectáculos y locales de reunión, cuando su
capacidad exceda las 300 personas sentadas.
-
Bares, cafeterías, restaurantes, etc.. se regirán por las
condiciones particulares del uso de bares, cafeterías y restaurantes,
cuando su superficie sea superior a 150 m2. Lo mismo para restaurnates
cuando estén previstos para servir a más de 100 comensales
simultáneamente.
-
Zona de administración: se regulará por las condiciones
particulares del uso administratitvo y de oficinas, cuando su
superficie sea superior a 500 m2.
Los equipos deberán estar señalizados según lo
indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005 parte 2.
Dotación tipo "J"
Se dispondrá como mínimo de un extintor de C02 de 3,5
kg o ABC de 5 kg decapacidad por cada 5 cocheras o fracción en cada
planta. Se ubicarán en zonas comunes y de fácil acceso, de manera que
para poder acceder a cada uno de ellos no sea preciso subir o bajar más
de medio piso. En talleres mecánicos se utilizará el mismo criterio con
un mínimo por planta de dos equipos (50% de C02 y 50% ABC).
Para aquellas zonas de riesgo eléctrico, tales como
salas de bombas, de máquinas de ascensores, tableros eléctricos, se
dispondrá de un extintor de C02 de 5 kg en el acceso a cada local.
Para medidores de gas se dispondrá de un equipo ABC de
5 kg de capacidad en el acceso al local. Los equipos deberán estar
señalizados según lo indicado en el apartado 3.3 de la norma IRAM 10005
parte 2.
CUADRO 1 - DOTACIONES MINIMAS
USO |
TIPO |
DESCRIPCION |
DOTACION |
Vivienda |
Grupo 1 |
Unifamiliar, cualquier disposición y altura |
A |
Grupo 2 |
Colectiva, altura no superior a 28 m |
A |
Grupo 3 |
Colectiva, altura superior a 28 m |
A + B |
Residencial público
(Edificios destinados a brindar alojamiento temporal y servicios
complementarios derivados, o cuya organización interna sea
semejante) |
Grupo 1 |
Altura no superior a 10 m y no más de 15
habitaciones |
A |
Grupo 2 |
Altura superior a 10 m o más de 15 habitaciones |
C |
Administrativos y oficinas
(Edificios destinados a albergar locales en los que se
desarrollan gestiones , estudios o cualquier actividad
administrativa pública o privada) |
|
Cualquier altura y superficie por planta o piso |
D |
Atención de la Salud
(Edificios destinados a hospitales, clínicas, sanatorios
ambulatorios o análogos) |
|
Cualquier altura y superficie por planta o piso |
E |
Espectáculos y lugares de reunión
(Edificios destinados a espectáculos o lugares de reunión,
salones de baile y de culto religioso de carácter público) |
|
Cualquier capacidad de público |
F |
Bares, cafeterías y restaurantes
(Edificios o locales destinados a estos servicios , incluyendo
permanencias asociadas o complementarias a los mismos) |
|
Cualquier altura y superficie por planta o piso |
G |
Educativo
(Establecimientos destinados a la enseñanza pública o privada
en cualquiera de sus grados o especialidades) |
|
Cualquier altura y superficie por planta o piso |
H |
Comercial
(Edificios o locales destinados a la venta al público) |
|
Cualquier altura y superficie por planta o piso |
I |
Garajes, estacionamientos y talleres mecánicos
(Edificios destinados a estacionamiento o guarda de vehículos y
talleres mecánicos) |
|
Cualquier altura y superficie por planta o piso |
J |
CUADRO 2 - USO DE VIVIENDA
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICACION Y CAPACIDAD |
Cada piso en áreas generales |
Uno cada 200 m2 o fracción de superficie |
ABC de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción en cada
planta |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de
máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Sala de reuniones, conferencias, etc |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
CUADRO 3 - USO RESIDENCIAL PUBLICO
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICIACION Y CAPACIDAD |
Cada piso en áreas generales |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal,
en cualquier dirección de acceso libre |
ABC de 5 kg |
Depósito de ropa, de mobiliario y generales |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de 10L de agua presurizada . 50% de ABC x 5
kg |
Cuarto de basuras |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de 10L de agua presurizada . 50% de ABC x 5
kg |
Talleres de mantenimiento |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de
máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Sala de reuniones, conferencias, etc. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cafetería, bar. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Comedor |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocina |
Dos en el acceso a cada local |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg. |
CUADRO 4 - USO ADMINISTRATIVO Y DE OFICINAS
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICACION Y CAPACIDAD |
Cada piso en áreas generales |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal,
en cualquier dirección de acceso libre |
ABC de 5 kg |
Archivos en general |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Archivos en microfilm, películas o soportes
magnéticos |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
C02 de 5 kg |
Salas de fotocopias |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50 % de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Depósitos de material de oficina |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
ABC de 5 kg |
Sala de reuniones, conferencias, etc. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cafetería, bar. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Biblioteca |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50 de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de
máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Servidor de computación o centro de Cómputos |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg o gases según Norma IRAM 3526-0 de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción en cada
planta |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
CUADRO 5 - USO ATENCION DE LA SALUD
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICACION Y CAPACIDAD |
Cada piso en áreas generales |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal,
en cualquier dirección de acceso libre |
ABC de 5 kg |
Zona de administracción |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
ABC de 5 kg |
Cuarto de basuras |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50 de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Talleres de mantenimiento |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Depósitos de alimentos, de farmacia y generales |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Depósitos de ropa |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50 de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Depósitos de inflamables |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de ABC x 19 kg 50% de Espuma Mecánica x 10 L |
Archivos de historias clínicas |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50 de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Lavandería |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50 de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Quirófanos, salas de rayos X, esterilización, laboratorio,
urgencias, tomografía y demás sectores con equipamiento de
complejidad |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg o gases según norma IRAM 3526-0 de 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Sala de reuniones, conferencias, etc. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cafetería, bar. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Comedor |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocina |
Dos en el acceso a cada local |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Servidor de computación o Centro de Cómputos |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg o gases según norma IRAM 3526-0 de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción en cada
planta |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
CUADRO 6 - USO ESPECTACULOS Y LOCALES DE REUNION
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICACION Y CAPACIDAD |
Zonas generales, vestíbulos de piso, y espacios
donde tiene lugar el espectáculo o la areunión de personas. |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal,
en cualquier dirección de acceso libre |
ABC de 5 kg |
Cabinas de proyección, de producción sonora,
etc. |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
C02 de 5 kg o gases según norma IRAM 3526-0 de 5
kg |
Zona de camerinos |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
ABC de 5 kg |
Almacén de decorados |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Depósito de vestuarios y generales |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
ABC de 5 kg |
Escenario |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
ABC de 5 kg |
Talleres de mantenimiento o montaje de decorados |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de
máquinas, etc |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Cafetería, bar. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Comedor |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocina |
Dos en el acceso a cada local |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Servidor de computación o centro de Cómputos |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg o gases según norma IRAM 3526-0 de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción en cada
planta |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
CUADRO 7 - USO BARES, CAFETERIAS Y RESTAURANTES
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICAION Y CAPACIDAD |
Cada piso o zonas generales para atención de
público |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal,
en cualquier dirección de acceso libre. Mïnimo dos |
ABC de 5 kg |
Depósito de mobiliario o servicios de mesa |
Uno hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción. |
ABC de 5 kg |
Cuarto de basuras |
Uno hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción. |
ABC de 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Cocina |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción. |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Depósitos de provisiones que puedan contener aceites o alcoholes |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2
adicionales o fracción. |
50% de ABC x 10 kg 50% de espuma Mecánica x 10 L |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción en cada
planta |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
CUADRO 8 - USO EDUCATIVO
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES CLASIFICACION Y CAPACIDAD |
Cada piso en áreas generales |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal, en cualquier
dirección de acceso libre |
ABC de 5 kg |
Archivos y bibliotecas |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2 adicionales o fracción |
50% de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Cuarto de basuras |
Uno hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2 adicionales o fracción |
ABC de 5 kg |
Talleres y laboratorios |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2 adicionales o fracción |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Cine, salón de actos, salón de usos múltiples, etc. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Recinto religioso |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cafetería, bar |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Comedor |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocina |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Servidor de Computación o Centro de Cómputos |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg o gases según norma IRAM 3526-0 de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción en cada planta |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
CUADRO 9 - USO COMERCIAL
SECTOR |
DOTACION MINIMA |
EXTINTORES: CLASIFICACION Y CAPACIDAD |
Cada piso en áreas generales de venta |
Uno cada no más de 15 m de recorrido horizontal, en cualquier
dirección de acceso libre. Uno hasta 100 m2 o fracción. |
ABC de 5 kg |
Cuarto de basuras |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2 adicionales o fracción |
50% de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Talleres de mantenimiento |
Dos hasta 200 m2 y uno más cada 200 m2 adicionales o fracción |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Sectores de riesgo eléctrico, salas de máquinas, etc. |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg |
Sala de reuniones, conferencias, etc. |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cafetería, bar. |
Uno en el aceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Cocina |
Uno en el aceso a cada local |
50% de ABC x 5 kg 50% de C02 x 5 kg |
Administración |
Dos en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Archivos |
Dos hasta 200 m2 o fracción |
50% de 10 L de agua presurizada 50% de ABC x 5 kg |
Vestuarios de personal |
Dos hasta 200 m2 o fracción |
ABC de 5 kg |
Medidores de gas |
Uno en el acceso a cada local |
ABC de 5 kg |
Servidor de computación o Centro de Cómputos |
Uno en el acceso a cada local |
C02 de 5 kg o gases según norma IRAM 3526-0 de 5 kg |
Cocheras o estacionamientos |
Uno por cada 5 cocheras o fracción |
C02 x 3,5 kg ó ABC x 5 kg |
|
Anexo B
(Normativo)
Guía de control y mantenimiento de extintores
Tabla 1 |
Norma IRAM
|
Tipo de extintor |
Inspección Visual |
Funcionamiento |
Ensayo Hidráulico de deformación y verificación
interna |
Ensayo del disco de seguridad |
Instrucciones de funcionamiento |
Marbete |
Vida útil (años) |
Exteriormente
|
Estado de Carga |
3509 |
Dióxido de carbono (CO2), manual |
Cada 3 meses: verificación externa de partes mecánicas, válvula,
precinto y manga, si la tiene. |
Cada 3 meses, control del peso |
Aplicar 2.9 |
Como máximo cada 5 años según 3.3 de la presente norma. |
Cambiar el conjunto de seguridad verificando que sea el adecuado cada
vez que se descargue totalmente el extintor. |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
Cambiar cada vez que se realice la prueba hidráulica verificando que
sea el adecuado. |
30 |
3523 |
Polvo bajo presión, manual |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Verificar cada año cumpliendo con lo indicado en el punto 2.5.3.8. |
Aplicar 2.9. |
Como máximo cada 5 años según 3.3 de la presente norma. |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
Cambiar anualmente con el servicio de mantenimiento y recarga
verificando que sea el adecuado. |
--- |
3525 |
Agua bajo presión, manual. |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Cambiar cada año, previo lavado interior. |
Aplicar 2.9. |
Como máximo cada 2 años según 3.3 de la presente norma. |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
Cambiar anualmente con el servicio de mantenimiento y recarga
verificando que sea el adecuado. |
--- |
3527 |
Agua y (AFFF) bajo presión, manual. |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Cambiar cada año, previo lavado interior. |
Aplicar 2.9. |
Como máximo cada 2 años según 3.3 de la presente norma |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
Cambiar anualmente con el servicio de mantenimiento y recarga
verificando que sea el adecuado. |
--- |
3537 |
Agua bajo presión sobre ruedas. |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Cambiar cada año, previo lavado interior. |
Aplicar 2.9. |
Como máximo cada 2 años según 3.3 de la presente norma. |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
--- |
--- |
3541 |
Agua y (AFFF) bajo presión, sobre ruedas. |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Cambiar cada año, previo lavado interior. |
Aplicar 2.9. |
Como máximo cada 2 años según 3.3 de la presente norma. |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
--- |
--- |
Norma IRAM
|
Tipo de extintor |
Inspección Visual |
Funcionamiento |
Ensayo Hidráulico de deformación y verificación
interna |
Ensayo del disco de seguridad |
Instrucciones de funcionamiento |
Marbete |
Vida útil (años) |
Exteriormente |
Estado de carga |
3550 |
Polvo bajo presión sobre ruedas |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Cambiar cada año cumpliendo con lo indicado en el punto 2.5.3.8. |
Aplicar 2.9. |
Como máximo cada 5 años según 3.3 de la presente norma. |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534 |
--- |
--- |
3565 |
Dióxido de carbono (CO2), sobre ruedas. |
Cada 3 meses: verificación externa de partes mecánicas, válvulas,
precinto, manga y tren de rodaje. |
Cada 3 meses, control del peso. |
Aplicar 2.9 |
Como máximo cada 5 años según 3.3 de la presente norma. |
Cambiar el conjunto de seguridad verificando que sea el adecuado cada
vez que se descargue totalmente el extintor |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
Cambiar cada vez que se realice la prueba hidráulica verificando que
sea el adecuado. |
30 |
3519 a estudiar |
Gases para extinción de incendios. |
Cada 3 meses: verificar la presión por observación del manómetro.
Verificación externa de partes mecánicas, válvula, precinto manga,
etc. |
Verificar cada año. |
Aplicar 2.9 |
Como máximo cada 5 años según 3.3 de la presente norma. |
--- |
Ver que sean legibles y adecuadas según la norma del extintor, y
cumplan la norma 3534. |
Cambiar anualmente con el servicio de mantenimiento y recarga
verificando que sea el adecuado. |
--- |
Anexo C
(Normativo)
MODELO DE FORMULARIO (ANVERSO)
ESPACIO RESERVADO PARA LOS DATOS Y/O MEMBRETE DE
QUIEN REALIZO EL CONTROL |
RESULTADO DEL CONTROL TRIMESTRAL OBLIGATORIO DE
EXTINTORES DE CONFORMIDAD CON LA NORMA IRAM 3517 – PARTE 2 |
PROPIETARIO/ RAZON
SOCIAL............................................................................................................ |
DOMICILIO................................................................................. |
LOCALIDAD...................................... |
DESTINO SEGUN CUADRO DE USOS
................................................................................................. |
VENCIMIENTO DEL MANTENIM Y RECARGA |
.......................................................... |
FECHA DE CONTROL |
.......................................................... |
PROXIMO CONTROL |
.......................................................... |
EN BASE AL CONTROL REALIZADO SE DETERMINA QUE:
EL EDIFICIO CUMPLE CON LA NORMA IRAM 3517
– Parte 2
(Tachar lo que no corresponda)
EL EDIFICIO NO CUMPLE CON LA NORMA IRAM
3517 – Parte 2
SEGÚN LAS OBSERVACIONES QUE SE ASIENTAN AL
DORSO
.........................................
.................................................................
Intervino Notificado responsable de la Propiedad
MUY IMPORTANTE: Cuando se requiera, copia de
esta plantilla será remitida a las autoridades competentes,
debiendo el original ser conservado en la propiedad para su
verificación por parte de las mismas. |
MODELO DE FORMULARIO (REVERSO)
Anexo D
(Normativo )
Agentes extintores normalizados para la recarga
AGENTE EXTINTOR
(Carga para extintores) |
NUMERO DE LA NORMA |
Líquido espumígeno de baja expansión
formador de película Acuosa (AFFF) |
IRAM 3515 |
Polvo no compatible con espuma |
IRAM 3521 |
Polvo compatible con espuma mecánica |
IRAM 3566 |
Polvo para extinción de fuegos de la clase A, B y C |
IRAM 3569 |
Dióxido de carbono |
IRAM 41170 |
Gases para extinción |
IRAM 3526-0 |
Anexo E
(Normativo)
Condiciones de funcionamiento
NORMA IRAM |
TIPO DE EXTINTOR |
CAPACIDAD |
TIEMPOS DE DESCARGA |
PORCENTAJE DE DESCARGA |
3509 |
DIOXIDO DE CARBONO, MANUAL |
0%
-5% |
Min. 8 s |
Min. 80% |
3523 |
POLVO BAJO PRESION, MANUAL |
1 kg
}
2,5 |
-0 g
+100 g |
Mín. 8 s |
Mín. 85% |
5 kg
}
10 kg |
-0 g
+ 300 g |
3525 |
AGUA BAJO PRESION, MANUAL |
+ 3% |
Min. 40 s
Max. 65 s |
Min 95% |
3527 |
AGUA BAJO PRESION CON LIQUIDO ESPUMIGENO AFFF,
MANUAL |
+ 3% |
Min. 40 s
Max 65 s |
Min 85% |
3537 |
AGUA BAJO PRESION SOBRE RUEDAS |
+ 3% |
Min 40 s |
Min 95% |
3541 |
AGUA BAJO PRESION CON LIQUIDO ESPUMIGENO AFFF,
SOBRE RUEDAS |
+ 3% |
25L – 60 s a 150 s 50L – 90 s a 150 s 70 L–
90 s a 170 s 100L– 90 s a 170s |
Min 95% |
3550 |
POLVO BAJO PRESION SOBRE RUEDAS |
+ 3% |
25 kg – 10 s min
50 y 70 kg –15 s min
100 kg – 30 s min |
Min 85% |
3565 |
DIOXIDO DE CARBONO SOBRE RUEDAS |
0%
-5% |
Min 8 s |
Min 80% |
Anexo F
(Normativo)
Procedimiento de mantenimiento
PARTES DEL EXTINTOR, PUNTOS DE REVISACION Y
REPARACION |
RECIPIENTE |
ACCION CORRECTIVA |
1) Fecha de ensayo hidrostático o fabricación. |
1) Reensayar si fuese necesario. |
2) Corrosión |
2) Ensayar hidrostáticamente o descartar. |
3) Daño mecánico, abolladura o abrasión |
3) Ensayar hidrostáticamente o descartar |
4) Estado de la pintura |
4) Repintar |
5) Evidencia de reparaciones, soldaduras, etc. |
5) Descartar o consultar al fabricante |
6) Roscas dañadas, corridas, falseadas o gastadas |
6) Descartar o consultar al fabricante |
7) Accesorios para colgar, manija de acero rota |
7) Descartar o consultar al fabricante |
8) Superficie de cierre dañada, mellada o corroida |
8) Limpiar y efectuar el ensayo de pérdida o descarte |
|
PLACA DE CARACTERISTICAS |
ACCION CORRECTIVA |
1) Escritura ilegible |
1) Limpiar o reponer |
2) Corroída o perdida |
2) Inspeccionar el recipiente debajo de la chapa (Ver puntos de
revisión del recipiente) y reponer la placa. |
3) No cumplimiento de la Norma IRAM 3534 |
3) Reponer |
|
|
LANZA O TOBERA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Deformada, dañada o rota. |
1) Reponer |
2) Salidas taponadas |
2) Limpiar |
3) Roscas dañadas, corroídas, falseadas o gastadas. |
3) Reponer |
4) Envejecida o quebradiza |
4) Reponer |
|
|
CONJUNTO DE MANGA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Dañada, cortada, partida o gastada |
1) Reponer. |
2) Acoplamientos dañados o junta mordida (corroída, falseada
o gastada). |
2) Reponer. |
3) Roscas dañadas, corroídas, falseadas o gastadas |
3) Reponer. |
4) Tubo interior cortado a la altura de las uniones. |
4) Repasar o reponer. |
|
|
DISPOSITIVO DE CIERRE O RETENCION (Traba de
seguridad) |
ACCION CORRECTIVA |
1) Dañado, doblado, corroido o trabado. |
1) Repasar y lubricar; o reponer |
2) Perdido |
2) Reponer. |
|
|
MANOMETRO O DISPOSITIVO INDICADOR DE PRESION |
ACCION CORRECTIVA |
1) Aguja inmovilizada, trabada o faltante (golpear ligeramente
para revisar) |
1) Despresurizar y cambiar el dispositivo. |
2) Visor flotante, deformado o roto. |
2) Despresurizar y cambiar el dispositivo. |
3) Aguja no retorna al punto cero al estar despresurizado |
3) Cambiar. |
4) Dial ilegible o descolorido. |
4) Despresurizar y cambiar el dispositivo. |
5) Corrosión |
5) Despresurizar y revisar la calibración, limpiar y pulir o
reponer el manómetro o dispositivo. |
6) Caja o retén de visor abollado. |
6) Despresurizar y revisar la calibración; o reponer el
manómetro. |
7) Vástago indicador de presión inmovilizado o corroído (los
del tipo sin manómetro) |
7) Reemplazar el montaje superior. Despresurizar y reemplazar
el recipiente o el extintor completo. |
|
|
VALVULA DEL CILINDRO O DEL RECIPIENTE |
ACCION CORRECTIVA |
1) Palanca, manija, resorte, vástago o enganche del seguro,
dañados, trabados, corroídos. |
1) Despresurizar, revisar la libertad de movimiento, y reparar
o reponer. |
2) Rosca de salida dañada, corroída, falseada, o gastada. |
2) Despresurizar y reponer. |
|
|
VALVULA DE CIERRE DE LA LANZA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Palanca, resorte, enganche del seguro o vástago,
corroídos, dañados, trabados. |
1) Reparar y lubricar o reponer. |
2) Uña de tobera, o pasaje de descarga, taponado, deformado o
corroído. |
2) Limpiar y reponer. |
|
|
MECANISMOS DE PUNCION (EXTINTORES SELLADOS DE
FABRICA) |
ACCION CORRECTIVA |
1) Palanca de punción, vástago o enganche del seguro,
dañado, trabado o empastado. |
1) Reponer. |
2) Aguja de punción o corte; dañada o sin punta. |
2) Reponer. |
3) Roscas dañadas (corroídas, falseadas o gastadas). |
3) Reponer. |
|
|
CAPSULAS DE GAS (EXTINTORES SELLADOS DE FABRICA) |
ACCION CORRECTIVA |
1) Corroída. |
1) Reponer cápsula. |
2) Disco de sello dañado, cortado, corroído o averiado. |
2) Reponer cápsula. |
3) Roscas dañadas, corroídas, falseadas o gastadas. |
3) Reponer cápsula. |
4) Marcación de la masa, ilegible. |
4) Reponer cápsula. |
|
|
CILINDRO DE GAS |
ACCION CORRECTIVA |
1) Fecha de ensayo hidrostático y de fabricación. |
1) Reensayar si fuese necesario. |
2) Corrosión. |
2) Ensayar hidrostáticamente, o descartar. |
3) Estado de la pintura. |
3) Repintar. |
4) Evidencia de reparaciones, soldaduras. |
4) Descartar o consultar al fabricante. |
5) Roscas dañadas, corroídas, falseadas o gastadas. |
5) Descartar o cunsultar al fabricante. |
|
|
TAPA SUPERIOR O DE LLENADO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Corroída, fisurada o rota. |
1) Reponer. |
2) Roscas dañadas, corroídas, falseadas o gastadas. |
2) Reponer. |
3) Superficie de sellado dañada, picada, deformada o
corroída. |
3) Limpiar, y hacer ensayo de pérdida o reponer. |
4) Ranura u orificio de venteo tapados. |
4) Limpiar. |
|
|
RECIPIENTE DESCARTABLE |
ACCION CORRECTIVA |
1) Corrosión |
1) Despresurizar y reemplazar el recipiente. |
2) Disco de sello dañado, averiado, cortado o corroído. |
2) Despresurizar y reemplazar el recipiente. |
3) Superficie de cierre dañada, picada, deformada o corroída. |
3) Reponer el recipiente. |
4) Ranura u orificio de venteo tapados. |
4) Despresurizar y reemplazar el recipiente. |
|
|
CARRO Y RUEDAS |
ACCION CORECTIVA |
1) Carro corroído, torcido o roto. |
1) Reparar o reponer. |
2) Rueda dañada, rayos rotos o torcidos, llanta o ejes
doblados, goma faltante, baja presión, cojinete deteriorado. |
2) Limpiar, reparar y lubricar o reponer. |
|
|
MANIJA DE ACARREO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Manija de fijación rota |
1) Descartar el recipiente o la válvula o consultar al
fabricante. |
2) Manija rota. |
2) Reponer. |
3) Enganche del seguro corroído, trabado o gastado. |
3) Limpiar y reponer. |
|
|
SELLO O PRECINTOS |
ACCION CORRECTIVA |
1) Rotos o faltantes. |
1) Ensayar el extintor con el agente extintor y el medio
expulsor. |
|
|
JAULA INTERIOR, OBTURADOR DE CAMARA O TUBO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Corroído, deteriorado, doblado, resquebrajado o deformado. |
1) Reponer. |
|
|
VALVULA DE PRESURIZADO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Pérdida. |
1) Despresurizar y reponer la válvula o el asiento. |
|
|
EMPAQUETADURA, JUNTAS TORICAS |
ACCION CORRECTIVA |
1) Deteriorado, cortado, roto o gastado. |
1) Reponer y lubricar. |
2) Faltante. |
2) Reponer y lubricar. |
3) envejecimiento o usado, endurecido, quebradizo,
resquebrajado. |
3) Reponer y lubricar. |
|
|
MENSULA O SOPORTE |
ACCION CORRECTIVA |
1) Corroídas, gastadas o dobladas. |
1) Reparar y retocar o reponer. |
2) Encaje perdidio o trabado. |
2) Ajustar el encaje o reponerlo. |
3) Gastada, perdida, corroída, o falta de rosca o de bulón. |
3) Apretar o reponer. |
4) Topes, correas u ojalillos gastados. |
4) Reponer. |
|
|
TUBO DE PESCA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Corroído, abollado, fisurado o roto. |
1) Reponer. |
2) Tubo o aberturas taponadas. |
2) Limpiar o reponer. |
|
|
DISPOSITIVO DE SEGURIDAD |
ACCION CORRECTIVA |
Corroído o deteriorado. |
Despresurizar y reponer. |
Roto, usado o taponado. |
Limpiar y reponer. |
|
|
REGULADORES DE PRESION |
ACCION CORRECTIVA |
1) Condiciones externas. a) Deterioro. |
1) a) Reponer el regulador. |
b) Corrosión. |
b) Despresurizar y reponer o reparar. |
2) Alivio de presión corroído, taponado, abollado, con
pérdidas, roto o faltante. |
2) Desconectar el regulador de la fuente de presión; reponer
el regulador de presión. |
3) Capuchón de protección del orificio de alivio. Cinta
faltante o alambre de sello roto o faltante. |
3) Revisar el regulador de acuerdo con los procedimientos de
ensayo de su fabricante. |
4) Tornillos de ajuste. Pasador de fijación faltante. |
4) Revisar el regulador de acuerdo con los procedimientos de
ensayo de su fabricante. |
5) Manómetros. a) Aguja inmovilizada, trabada o faltante.
b) Visor roto o faltante. c) Dial ilegible o descolorido. d)
Corrosión.
e) Caja o reten de visor. Abollada. |
5) a) Desconectar el regulador de la fuente de presión;
reponer manómetro. b) Reponer cristal. c) Reponer manómetro d)
Revisar la calibración, limpiar y retocar, o reponer el
manómetro.
e) Revisar la calibración o reponer el manómetro. |
6) Manga del regulador. a) Cortada, resquebrajada, raspada o
deformada exteriormente. b) Acoplamiento, corroído o
resquebrajado. c) rosca de acoplamiento gastadas, corroídas o
falseadas. |
6) a) Ensayar hidrostáticamente.
b) Reponer manga.
c) Reponer manga. |
|
AGENTES Y MEDIOS EXPULSORES TIPOS Y PARTE DEL
EXTINTOR, PUNTOS A REVISAR Y ACCION CORRECTIVA |
AUTOEXPULSADOS |
ESPUMA QUIMICA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Cumplido el plazo de recarga |
1) Vaciar, limpiar y recargar. |
2) Niveles de llenado en el recipiente interior, inadecuados. |
2) Vaciar, limpiar y recargar. |
3) Estado del agente. |
3) Vaciar, limpiar y recargar. (Ver si hay sedimentos) |
|
DIOXIDO DE CARBONO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Masa inadecuada. |
1) Recargar hasta la masa o nivel correcto. |
2) Precinto roto o faltante. |
2) hacer ensayo de pérdida y pesar, recarga, reponer el
precinto. |
|
CON CILINDRO DE GAS O CAPSULA |
TIPOS A POLVO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Masa o nivel de carga inadecuado. |
1) recargar hasta la masa o nivel correcto. |
2) Estado del agente (contaminación, grumos o agente
alterado). a) Para las cápsulas (1) Disco de sello punzado. (2)
Masa inadecuada. (3) Precinto roto o faltante. b) Para los
cilindros para gas con manómetro. (1) Baja presión. (2) Precinto
roto o faltante. c) Para cilindros para gas sin manómetro. (1)
Baja presión (acoplar un manómetro y medir la presión). |
2) Vaciar y recargar con agente nuevo.
a) (1) Reponer la cápsula. (2) Reponer la cápsula. (3)
Examinar el disco del sello, reponer el precinto
b) (1) Recargar o reponer el cilindro. (2) Hacer ensayo de
pérdidas, reponer el precinto c) (1) Hacer el ensayo de pérdida.
Si es normal, reparar el precinto. Si es baja, reponer el cilindro
o recargarlo. |
(2) Precinto roto o faltante. |
(2) Medir la presión; hacer ensayo de pérdida; reponer el
precinto. |
|
TIPOS A BASE DE AGUA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Nivel de llenado inadecuado. |
1) Recargar hasta el nivel correcto. |
2) a) Estado del agente. (1) Sucio, turbio o con sedimento. (2)
Si es con anticongelante, carga inadecuada (revisar la densidad,
el registro de recarga o pesar) |
2) a) (1) Vaciar y recargar. (2) Recargar. |
3) Disco de sello de la cápsula punzonado. |
3) Reponer la cápsula. |
4) Masa de la cápsula inadecada. |
4) Reponer. |
5) Precinto roto o faltante. |
5) Examinar el disco de sello, reponer el precinto. |
|
BAJO PRESION |
TIPOS A POLVO |
ACCION CORRECTIVA |
1) Estado del agente (contaminación, grumos o agente
alterado). |
1) Vaciar y recargar con agente nuevo. |
2) Recargable. a) Masa del extintor inadecuada. b) Presión del
manómetro inadecuada. c) Precinto roto o faltante. |
2) a) Recargar hasta la masa correcta. b) Presurizar y hacer
ensayo de pérdida. c) Hacer ensayo de pérdida y reponer el
precinto. |
3) Recipiente descartable con indicador de presión.
a) disco del sello punzonado. b) Baja presión. c) Precinto
roto o faltante. |
3) a) Reponer el recipiente. b) Despresurizar y reponer el
recipiente. c) Controlar la presión y el disco de sello. Reponer
el precinto. |
4) recipiente descartable sin indicador de presión. a) Disco
de sello punzonado. b) Baja masa. c) Precinto roto o faltante. |
4) a) Reponer el recipiente. b) Despresurizar, reponer el
recipiente. c) Revisar el disco de sello, reponer el precinto. |
5) Extintor descartable con indicador de presión. a) Baja
presión. b) Precinto roto o faltante. |
5) a) Despresurizar y descartar el extintor. b) Hacer ensayo de
pérdida; revisar la presión. Reponer el precinto. |
|
TIPO A GASES LIMPIOS |
ACCION CORRECTIVA |
1) Precinto roto o faltante |
1) Pesar. Hacer el ensayo de pérdida y reponer el precinto. |
2) Presión inadecuada. |
2) Pesar, presurizar y hacer el ensayo de pérdida. |
3) Masa inadecuada. |
3) Hacer el ensayo de pérdida. |
|
|
TIPO A BASE AGUA |
ACCION CORRECTIVA |
1) Nivel de llenado inadecuado (por pesada o por observación) |
1) Recargar hasta el nivel correcto. |
2) Estado del agente, si es con anticongelante. Carga
inadecuada (Revisar el registro de carga o pesar) |
2) Vaciar y recargar. |
3) Presión inadecuada. |
3) Presurizar y hacer ensayo de pérdida. |
4) Precinto roto o faltante |
4) Hacer el ensayo de pérdida; reponer el precinto. |
Anexo G
(Informativo)
Bibliografia
En la revisión de esta norma se han tenido en cuenta
los antecedentes siguientes.
IRAM – INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION
IRAM 3517-2: 1985 – Matafuegos manuales y sobre
ruedas. Control, mantenimiento y recarga.
ISO – INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARIZATION
ISO/FDIS 11602-2: 2000 (E) – Fire protection.
Portable and wheeled fire extinguishers. Part 2; Inspection and
Maintenance.
Otros antecedentes
Datos y experiencias aportados por los miembros del
Subcomité.
|
-o-
arriba
|
|