Argentina, Gestión Ambiental

NORMA IRAM - ISO 14012: 1996. AUDITORIAS AMBIENTALES.CRITERIOS PARA LA CALIFICACION DE AUDITORES. ICS 13.020. CNA 0000 (Corresponde a la Clase Nacional de Abastecimiento asignada por el Servicio Nacional de Catalogación dependiente del Ministerio de Defensa).

INTRODUCCION

Con el fin de respaldar la aplicación de sistemas de gestión ambiental y las auditorias ambientales, es necesario disponer de una guía sobre los criterios de calificación de auditores ambientales. Esta norma aspira a proporcionar dicha guía.

Los auditores internos necesitan el mismo conjunto de competencias que los auditores externos pero pueden no cumplir, en todos los aspectos, con los criterios detallados que se describen en esta norma, lo que depende de factores tales como:

- el tamaño, la naturaleza, la complejidad y los impactos ambientales de la organización;

- el grado de evolución de las capacidades y experiencia pertinentes dentro de la organización.

1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACION

Esta norma es una guía sobre los criterios para la calificación de auditores y auditores jefes ambientales y se aplica tanto a auditores internos como externos. No se incluyen los criterios para la selección y composición de los equipos de auditoria. La información sobre dichos temas se encuentran en la norma IRAM-ISO 14011.

NOTA: Esta norma ha sido desarrollada paralelamente a la norma que establece los principios generales de las auditorias ambientales (IRAM-ISO 14010) y a la norma para auditar específicamente sistemas de gestión ambiental (IRAM-ISO 14011). Puede ser necesario revisarla si se desarrollaran normas detalladas para otros tipos de auditorias ambientales.

2. REFERENCIAS NORMATIVAS

Las normas siguientes contienen disposiciones que, a través de la referencia en este texto, constituyen provisiones de esta norma. Al momento de su publicación, las ediciones indicadas eran las vigentes. Todas las normas están sujetas a revisión, por lo cual se invita a las partes que acuerden sobre la base de esta norma a que contemplen la posibilidad de aplicar las ediciones m s recientes de las normas que se mencionan más abajo. Los miembros de IEC y de ISO y el IRAM mantienen registros de las Normas Internacionales vigentes.

IRAM-ISO 14001:1996 - Sistemas de gestión ambiental - Especificación y guía de aplicación.

IRAM-ISO 14010:1996 - Guía para la realización de auditorias ambientales -

Principios generales.

IRAM-ISO 14011:1996 - Guía para la realización de auditorias ambientales - Procedimientos de auditoria. auditoria de sistemas de gestión ambiental.

3. DEFINICIONES

A los fines de esta norma, son aplicables las definiciones dadas en la norma IRAM-ISO 14010 e IRAM-ISO 14011, junto con las siguientes:

NOTA: En la norma IRAM-ISO 14050 se establecen términos y definiciones correspondientes al campo de la gestión ambiental.

3.1 auditor ambiental. Personal calificada para llevar a cabo auditorias ambientales.

3.2 auditor jefe ambiental. Persona calificada para dirigir y realizar auditorias ambientales.

3.3 título. Grado reconocido, nacional o internacional, o calificación equivalente, obtenido normalmente luego de la educación secundaria o equivalente, por medio de un estudio formal de tiempo completo, de no menos de 3 años de duración, o un estudio equivalente de tiempo parcial.

3.4 Educación secundaria o equivalente. Parte del sistema educativo nacional que comienza después del nivel primario o elemental, y finaliza inmediatamente antes del ingreso a la universidad o a un establecimiento similar.

4. EDUCACION Y EXPERIENCIA DE TRABAJO.

Es conveniente que los auditores hayan completado, por lo menos, la educación secundaria o su equivalente.

Los auditores deben tener adecuada experiencia de trabajo, que contribuya al desarrollo de aptitudes y a la comprensión de algunos o de todos los temas siguientes:

a) ciencia y tecnología ambiental;

b) aspectos técnicos y ambientales de las operaciones de las plantas;

c) requisitos pertinentes de las leyes y reglamentos ambientales y de los documentos relacionados;

d) sistemas y normas de gestión ambiental con las que se pueden realizar las auditorias;

e) procedimientos, procesos y técnicas de auditoria.

Los auditores, que sólo hayan completado la educación secundaria o su equivalente, deben tener una experiencia adecuada de trabajo, de por lo menos, cinco años. Este criterio puede ser reducido si se completa satisfactoriamente una educación post-secundario formal de tiempo completo o parcial, cuyo contenido incluya algunos o todos los temas indicados en los ítems a) a e). Cualquier reducción no debe exceder el período total de dicha educación en esos temas y la reducción total no debe exceder 1 año.

Los auditores que hayan obtenido un título deben tener, por lo menos 4 años de adecuada experiencia de trabajo. Este criterio puede ser reducido si se completa satisfactoriamente una educación post-secundario formal de tiempo completo o parcial, cuyo contenido incluya algunos o todos los temas indicados en los ítems a) a e). Cualquier reducción no debe exceder el período total de dicha educación en esos temas y la reducción total no debe exceder 2 años.

5. CAPACITACION DE AUDITORES

Adicionalmente a los criterios descritos en el capítulo 4, los auditores deben haber completado tanto una capacitación formal como una capacitación práctica, para adquirir la capacidad para llevar a cabo auditorias ambientales. Dicha capacitación puede ser suministrada por la propia organización del auditor o por una organización externa.

La competencia adquirida por medio de la capacitación se debe demostrar por medios adecuados, como los ejemplos indicados en el Anexo A.

5.1 Capacitación formal.

La capacitación formal debe ocuparse de:

a) la ciencia y tecnología ambiental;

b) los aspectos técnicos y ambientales de las operaciones de las plantas;

c) los requisitos relevantes de las leyes y reglamentos ambientales y de los documentos relacionados;

d) los sistemas y normas de gestión ambiental con las que se pueden realizar las auditorias;

e) los procedimientos, procesos y técnicas de auditoria.

Se puede desistir del criterio para la capacitación formal en algunas o todas las  reas, si se puede demostrar la competencia por medio de exámenes acreditados o por las correspondientes calificaciones profesionales.

5.2 Capacitación práctica

Un auditor debe haber completado un período de capacitación práctica con un total de 20 días de trabajo de auditorias ambientales y un mínimo de 4 auditorias ambientales. Esta capacitación debe incluir la participación en todo el proceso de auditoria bajo la supervisión y guía del auditor jefe. Esta capacitación práctica debe tener lugar en un período no mayor de 3 años consecutivos.

6. EVIDENCIA OBJETIVA DE EDUCACION, EXPERIENCIA Y CAPACITACION

Las personas deben conservar la evidencia objetiva de su educación, experiencia y capacitación.

7. ATRIBUTOS Y APTITUDES PERSONALES

Los auditores deben poseer atributos y aptitudes personales, tales como:

a) competencia para expresar claramente conceptos e ideas, ya sea en forma oral o escrita;

b) aptitud para las relaciones interpersonales, que conduzca al desempeño efectivo y eficiente de la auditoria, tales como diplomacia, tacto y habilidad para escuchar;

c) habilidad para mantener la independencia y objetividad suficiente para permitir cumplir con las responsabilidades de auditor;

d) aptitudes de organización personal, necesarias para el desempeño efectivo y eficiente de la auditoria;

e) habilidad para establecer juicios sólidos basados en evidencia objetiva;

f) habilidad para reaccionar con sensibilidad a las costumbres y cultura del país o región en la que se lleva a cabo la auditoria.

8. AUDITOR JEFE

El auditor jefe debe ser un auditor que demuestre comprensión y aplicación profunda de aquellos atributos personales y aptitudes necesarios para asegurar la gestión efectiva y eficiente y la conducción del proceso de auditoria, y que cumpla con los siguientes criterios adicionales:

- participar en el proceso completo de auditoria por un total de 15 días de trabajo de auditorias ambientales adicionales, correspondientes a un mínimo de 3 auditorias ambientales completas adicionales, y

- participar como auditor jefe suplente, bajo la supervisión y guía de un auditor jefe, por lo menos en una de las 3 auditorias indicadas más arriba; o bien

- demostrar dichos atributos y aptitudes a quien gestiona el programa de auditoria o a otros, por medio de entrevistas, observación, referencias y evaluaciones de desempeño en auditorias ambientales, efectuadas bajo programas de aseguramiento de la calidad.

Estos criterios adicionales para el auditor jefe deben cumplirse dentro de un plazo no mayor de 3 años consecutivos.

9. MANTENIMIENTO DE LA COMPETENCIA

Los auditores deben mantener su competencia, asegurando la vigencia de sus conocimientos respecto de:

a) aspectos pertinentes de ciencia y tecnología ambiental;

b) aspectos técnicos y ambientales adecuados de las operaciones de planta;

c) requisitos pertinentes de las leyes y reglamentos ambientales y documentos relacionados;

d) sistemas de gestión ambiental y normas relacionadas, con las que se pueden llevar a cabo las auditorias;

e) procesos, procedimientos y técnicas de auditoria.

10. ADECUADO CUIDADO PROFESIONAL

Los auditores deben actuar con el debido cuidado profesional, como se indica en la norma IRAM-ISO 14010 y deben adherir a un código de ética adecuado.

11. IDIOMA

Ningún auditor debe participar en una auditoria sin apoyo cuando no sea capaz de comunicarse efectivamente en el idioma necesario para llevar a cabo sus responsabilidades. Cuando sea necesario dicho apoyo, se lo debe obtener de una persona con las aptitudes de idioma necesarias, que no esté sujeta a presiones que puedan afectar la realización de la auditoria.

ANEXO A (Informativo)

EVALUACION DE LAS CALIFICACIONES DE AUDITORES AMBIENTALES

A.1 Generalidades

Este anexo es una guía para evaluar las calificaciones de auditores ambientales, de acuerdo con esta norma.

A.2 Proceso de evaluación

Esta norma puede ser implementada estableciendo y aplicando un proceso de evaluación. El proceso puede ser interno o externo a la gestión del programa de auditoria del auditor. Su propósito es evaluar la calificación de auditores ambientales.

Este proceso debe estar dirigido por una o m s personas que posean comprensión y experiencia actualizada en las operaciones de auditoria.

El proceso de evaluación del auditor ambiental puede estar sujeto a un programa de aseguramiento de la calidad.

A.3 Evaluaciones de educación, experiencia de trabajo, capacitación y atributos personales

Deben existir evidencias que permitan demostrar que los auditores ambientales han adquirido y mantienen la necesaria educación, experiencia de trabajo, capacitación y atributos personales, como se describe en esta norma. El proceso de evaluación, debe incluir algunos de los siguientes métodos:

a) entrevistas con los candidatos;

b) evaluación escrita y/o oral u otros medios adecuados;

c) examen de trabajos escritos por los candidatos;

d) intercambio de opiniones con empleadores anteriores, colegas, etc.;

e) representación de roles;

f) observación por sus pares, en las condiciones reales de auditoria;

g) examen de los registros de educación, experiencia y capacitación, definidos en esta norma;

h) consideración de certificaciones y calificaciones profesionales.

ANEXO B (Informativo)

ORGANISMO DE REGISTRO DE AUDITORES AMBIENTALES

B.1 Generalidades

Este anexo es una guía para establecer un organismo que asegure un enfoque coherente para el registro de auditores ambientales.

B.2 Registro de auditores

Si fuera oportuno establecer un organismo para asegurar que los auditores ambientales sean registrados en forma coherente, dicho organismo debería ser independiente y se deberían aplicar las siguientes reglas generales.

El organismo podría registrar auditores ambientales directamente o acreditar a otros organismos, los que a su vez registrarán auditores ambientales con relación a los criterios contenidos en esta norma.

El organismo debería establecer un proceso de evaluación concordante con el contenido en el anexo A. El proceso debería estar sujeto a un programa de aseguramiento de la calidad.

El organismo debería guardar un registro de auditores ambientales que cumplen con los criterios especificados en esta norma.

ANEXO C (Informativo) BIBLIOGRAFIA

En el estudio de esta norma se han tenido en cuenta los antecedentes siguientes:

ISO - INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION ORGANISATION INTERNATIONALE DE NORMALISATION

(1) ISO 14012:1996 - Guidelines for environmental auditing. Qualification criteria for environmental auditors.

(2) ISO 14050:1996 - Environmental Management. Terms and definitions.

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