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Ministerio de Economía
Secretaría de Comercio
REGLAMENTOS TÉCNICOS - METROLOGÍA - MEDIDORES DE AGUA POTABLE FRÍA - MODIFICA RESOLUCIÓN 402/20
Resolución (SC) 1040/23. Del 29/6/2023. B.O.: 30/6/2023. Reglamentos
Técnicos. Metrologías Legal. Medidores de Agua
Potable Fría. Modifica la Resolución 402/20 SCI. Los Medidores de Agua
Potable Fría que se fabriquen, comercialicen e importen en el país,
deberán cumplir con el citado Reglamento a partir del 1/7/2024.
Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2023
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 2° de la Resolución N° 402 de
fecha 24 de septiembre de 2020 de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO
INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria,
por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Hágase saber que los Medidores de Agua Potable Fría que
se fabriquen, comercialicen e importen en el país, deberán cumplir con
el Reglamento Metrológico y Técnico aprobado en el Artículo 1° de la
presente medida, a partir del día 1 de julio de 2024.”.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la
fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |