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Secretaría de Industria y Comercio
LÁMPARAS HALÓGENAS - REGLAMENTACION - MODIFICACIONES
RESOLUCIÓN 280/21
Resolución (SIyC) 25/24. Del 3/5/2024. B.O.: 6/5/2024. Lámparas
Halógenas. Sustituye Anexos I y II de la Resolución 280/21 SCI. Proceso
de Excepción para Lámparas Halógenas. Declaración Jurada.
Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2024
VISTO Y CONJSIDERQANDO...
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 280 de fecha 30
de marzo de 2021 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, por el Anexo I
que, como IF-2024-39599927-APN-SSCE#MEC, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 280/21 de la
ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y su modificatoria, por el Anexo II
que, como IF-2024-39600464-APN-SSCE#MEC, forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de
su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO I (formato PDF) -
Proceso de Excepción para Lámparas Halógenas
ANEXO II (formato PDF) -
Declaración Jurada para Lámparas Halógenas |