Argentina, Higiene y Seguridad en el Trabajo

Dirección Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo

Disposición  (DNSyST) 19/91. Del 31/5/1991. B.O.: 11/6/1991. Normas técnicas de protectores auditivos y externos - Aprobación.

1° - Aprobar las normas técnicas que como anexo se agregan a la presente.

2° - Remitir copia autenticada al señor ministro de trabajo y Seguridad Social y al señor subsecretario de trabajo (art. 4° res. MTySS 174/87 y art. 1° dec. 479/90).

3° - Remitir copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca.

4° y 5° - De Forma.

* NT N° 2/1 - DNHST- HEEPP y C;

Anexo I

Clasificación de protectores auditivos

Los protectores auditivos, en función de su comportamiento acústico (según NT N° 2 – DNHST – HEEPP y C) se clasificarán en: A, B, C, D y E (ver tabla I).

Las tablas de valores, II, III y IV definen tres curvas de atenuación en el umbral en función de la frecuencia. En estas tablas se indican los valores de atenuación mínima para las frecuencias de bajas, medias y altas.

Se considerará que un protector auditivo cumple las condiciones dadas en la presente norma cuando sus valores de atenuación alcancen como mínimo los indicadores en la tabla IV.

TABLA I

CLASE

Tabla II

Tabla III

Tabla IV

Frecuencia

Frecuencia

Frecuencia

B

M

A

B

M

A

B

M

A

A

B

 

C

D

 

E

X

X

X

X

X

X

 

X

 

 

 

X

X

 

 

 

X

X

X

 

 

 

X

 

X

 

 

X

 

 

X

X

 

 

 

 

 

 

X

 

X

 

 

X

 

X

B = BAJAS M = MEDIAS A = ALTAS

TABLA II

 

Frecuencias Hz

Atenuación Mínima dB

Suma mínima de atenuación dB

Bajas…

125

250

-

-

 

20

Medias…

500

1.000

2.000

3.000

4.000

-

33

35

35

35

 

 

170

Altas…

6.000

8.000

-

-

 

680

TABLA III

 

Frecuencias Hz

Atenuación mínima dB

Suma mínima de atenuación dB

Bajas…

125

250

-

-

 

13

Medias…

500

1.000

2.000

3.000

4.000

-

-

25

25

25

 

 

120

Altas…

6.000

8.000

-

-

 

50

TABLA IV

 

Frecuencias Hz

Atenuación mínima dB

Suma mínima de atenuación dB.

Bajas…

250

-

10

Medias…

500

1.000

2.000

3.000

4.000

-

-

20

20

20

 

 

95

 

 

Altas…

6.000

8.000

-

-

35

*NT N° 2/2 – DNHST – HEEPP y C:

Fuerza ejercida por los protectores externos

A los protectores auditivos de tipo externo o de copa se les deberá medir la fuerza ejercida por la vincha de ajuste, sobre un dispositivo mecánico de dimensiones tales que permita ajustar una distancia entre las copas del protector de 145 mm. y una altura de vincha sobre la cabeza de 130 mm.

No se homologará ningún protector auditivo externo cuya fuerza medida según lo prescripto precedentemente supere los 15 N.

-o-

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