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Ministerio de Salud
EMERGENCIA SANITARIA COVID-19 –
PROTOCOLO COVID-19 – REEMPLAZA
ANEXO RESOLUCION 971/20
Resolución (MS) 1815/20. Del 30/9/2020. B.O.: 5/9/2020. Emergencia
Sanitaria COVID-19. Aprobar el Protocolo de Preparación para la
Respuesta ante la Contingencia de Enfermedad por Coronavirus 2019
(COVID-19), que modifica el que fuera aprobado por resolución 971/20 MS.
LA PLATA,
BUENOS AIRES, Miércoles 30 de Septiembre de 2020
VISTO la
Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes N° 15.164 y N°
15.165, el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020, el Decreto
Provincial N° 132/2020, su prórroga por Decreto N° 771/20, y la
Resolución RESO-2020-393-GDEBA-MSALGP de este Ministerio, EX
2020-08028169-GDEBA-SSPYCSMSALGP y,
CONSIDERANDO:
Que
mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020 se amplió,
por el plazo de un (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la
Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con la enfermedad por
coronavirus 2019 (COVID-19);
Que, en el
ámbito de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto N° 132/2020
se declaró la emergencia sanitaria, por el término de ciento ochenta
(180) días a partir de su dictado, prorrogada por Decreto N° 771/2020;
Que la
enfermedad por COVID-19, de rápida propagación supone un riesgo para la
salud pública y exige una respuesta inmediata y coordinada para
contenerla e interrumpir el contagio;
Que, en
este contexto, corresponde al Ministerio de Salud de la provincia de
Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 15.164,
intervenir en la producción de información y la vigilancia
epidemiológica para la planificación estratégica y toma de decisiones en
salud, así como entender en la regulación y control sanitario en
efectores públicos y privados;
Que en
concordancia con la mencionada ley se dictó la resolución
RESO-2020-393-GDEBA-MSALGP, que establece la obligatoriedad de ejecución
de los protocolos que, la autoridad provincial publica periódicamente en
función de las epidemias en curso de dengue, sarampión, y coronavirus,
para todos los establecimientos de salud públicos o privados que
desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos
Aires, independientemente de su fuente de financiamiento;
Que la
confección y actualización de los mismos, implica monitorear brotes y
contribuir al conocimiento de las enfermedades, sus complicaciones y
secuelas, a fin de respaldar la toma de medidas de prevención,
asistencia y rehabilitación en sus diferentes manifestaciones;
Que a los
efectos de lo consignado en el considerando up supra, la Dirección
Provincial de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud, de la
referida cartera ministerial ha elevado la modificación, del PROTOCOLO
DE PREPARACIÓN PARA LA RESPUESTA ANTE LA CONTINGENCIA DE ENFERMEDAD POR
CORONAVIRUS 2019 (COVID-19) que fuera aprobado por Resolución
Ministerial RESO-2020-971-GDEBA-MSALGP, del 2 de julio del corriente
año;
Que al
entrar en vigencia el protocolo obrante como IF-2020-20061760-GDEBA-SSGIEPYFMSALGP,
regirá en reemplazo del aprobado por RESO-2020-971-GDEBA-MSALGP del 2 de
julio del corriente año;
Que, frente
al riesgo que genera el avance de la referida enfermedad, resulta
conveniente intensificar la adopción de medidas que, según los criterios
epidemiológicos, resultan adecuadas para direccionar el esfuerzo
sanitario y neutralizar su propagación;
Que ha
prestado su conformidad la Subsecretaria de Gestión de la Información,
Educación Permanente y Fiscalización y la Subsecretaria Técnica
Administrativa y Legal;
Que la
presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por, la
Ley N° 15.164 y el Decreto N ° 132/2020;
Por ello;
EL MINISTRO
DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO
1°: Aprobar el PROTOCOLO DE PREPARACIÓN PARA LA RESPUESTA ANTE LA
CONTINGENCIA DE ENFERMEDAD POR CORONAVIRUS 2019 (COVID-19), que como
ANEXO único N° IF-2020-20061760-GDEBASSGIEPYFMSALGP, forma parte de la
presente medida, que modifica el que fuera aprobado por
RESO-2020-971-GDEBAMSALGP.
ARTÍCULO
2°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA.
Cumplido, archivar
ANEXO
(formato PDF) - Protocolo de Preparación para la respuesta ante la
contingencia de Enfermedad po Coronavirus 2019 (COVID-19) |