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Administración General de Puertos Sociedad del Estado
NAVEGACION - PUERTOS – BUQUES –
VIGENCIA ANEXOS RESOL 173/17
Disposición (AGP.SE) 13-E/2018. Del 22/1/2018. B.O.:
25/1/2018. Navegación. Puertos. Buques. Las disposiciones de los ANEXOS de
la Resolución N° RESOL-2017-173-APNAGP#MTR entrarán en vigencia, según el
siguiente detalle.
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2018
VISTO el Expediente N° 1063/2011 del Registro de esta
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO y la Resolución N°
RESOL-2017-173-APN-AGP#MTR, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 2° de la Resolución N°
RESOL-2017-173-APN-AGP#MTR se aprobaron las normas de aplicación, valores y
estructuras tarifarias por los “SERVICIOS DE PUERTO – EMBARCACIONES DE
CABOTAJE”; “SERVICIO POR USO DE MUELLE – EMBARCACIONES DE CABOTAJE”;
“CERTIFICADOS DE EMBARCACIONES”; “EMBARCACIONES EN DESGUACE”, “BUQUES
INACTIVOS” Y “SERVICIOS A LAS CARGAS – NIVEL REMOVIDO” y sus
correspondientes notas aclaratorias que, como Anexos, forman parte
integrante de la referida Resolución.
Que, conforme lo establecido en el Artículo 4° de la
Resolución mencionada, los valores y estructuras aprobadas en dicha norma
son de aplicación a toda la unidad portuaria que conforma el Puerto BUENOS
AIRES, quedando incluidas las zonas de Puerto NUEVO, Dársena Norte y Puerto
Sur, siempre que no fueren de aplicación otras regulaciones establecidas
específicamente.
Que varias de las tarifas aprobadas se encuentran diferidas
en CUATRO (4) etapas trimestrales, de acuerdo a lo detallado en los Anexos
que conforman la norma aludida, comenzando con la primera a partir del
primer trimestre de 2018. Que, en ese contexto, es necesario aclarar el
momento desde el cual cada uno de los ANEXOS entrará en vigencia. Que la
ASESORÍA JURÍDICA tomó la intervención de su competencia.
Que el Suscripto se encuentra facultado para el dictado de
la presente Disposición, de acuerdo a lo establecido en la Resolución AGPSE
N° 23-AGPSE-2010 – Anexo II “Misiones y Funciones” y sus modificatorias, en
la Resolución N° 132-AGPSE-2016 y en virtud de las atribuciones que le
fueran delegadas por el Artículo 6° de la Resolución N° RESOL-2017-173-APN-AGP#MTR.
Por ello,
EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Las disposiciones de los ANEXOS de la
Resolución N° RESOL-2017-173-APNAGP#MTR entrarán en vigencia, según el
siguiente detalle:
a) ANEXO I-A (IF-2017-35655428-APN-GCA#AGP); ANEXO II-A (IF-2017-35657164-APNGCA#AGP);
y ANEXO III (IF-2017-35658063-APN-GCA#AGP): desde el día siguiente al de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
b) ANEXO I-B (IF-2017-35655842-APN-GCA#AGP) y ANEXO II-B (IF-2017-35657450-APNGCA#AGP):
a partir del 1° de abril de 2018.
c) ANEXO I-C (IF-2017-35656220-APN-GCA#AGP) y ANEXO II-C (IF-2017-35657640-APNGCA#AGP):
a partir del 1° de julio de 2018.
d) ANEXO I-D (IF-2017-35656719-APN-GCA#AGP) y ANEXO II-D (IF-2017-35657912-APNGCA#AGP):
a partir del 1° octubre de 2018.
ARTÍCULO 2°.- Por la GERENCIA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA,
comuníquese a todas las Dependencias, regístrese y publíquese en el BOLETÍN
OFICIAL por UN (1) día. Oportunamente, archívese. |