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Prefectura Naval Argentina
NAVEGACIÓN - BUQUES - VOLANTE RECTIFICATIVO 1-25 A LA
ORDENANZA N° 3-18 (DPSN)
Disposición (PNA) 1749/25. Del 3/12/2025. B.O.: 5/12/2025. Navegación.
Régimen Técnico del Buque. Normas sobre dispositivos y medios de salvamento
en buques de la Matrícula Mercante Nacional. Aprueba el Volante
Rectificativo 1-25 a la Ordenanza N° 3-18 (DPSN) Tomo 1.
Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2025
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2025-46886359- -APN-DPSN#PNA,
lo opinado por la Dirección de Inspectoría General, lo analizado por la
Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que, en función de su campo ocupacional, la Dirección de Policía de
Seguridad de la Navegación, entiende en la aplicación de las leyes y
reglamentaciones que rijan la navegación, especialmente en lo concerniente a
la seguridad de la navegación y del buque, salvaguarda de la vida humana en
las aguas navegables de la Nación, los servicios de amarre, fondeo y
remolque de buques y artefactos navales.
Que, el Departamento Reglamentación de la Navegación, se encarga del control
de la vigencia de las leyes, decretos, resoluciones y demás disposiciones
que regulan el ordenamiento administrativo de la navegación, para coordinar
y, si procede, promover su derogación, modificación o actualización.
Que el “Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE)”,
aprobado mediante el Decreto Nº 37/2025 (DECTO-2025-37-APN-PTE), establece
que “los materiales, equipos y dispositivos que se instalen a bordo de los
buques que ingresen a la matrícula serán aceptados por la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA cuando constate que poseen certificados que indiquen que se
satisfacen las normas de desempeño y/o funcionamiento establecidas o
recomendadas por la ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL, emitidos por una
Sociedad de Clasificación miembro de la Asociación Internacional de
Sociedades de Clasificación (por sus siglas en inglés IACS), sin necesidad
de homologaciones adicionales”.
Que, resulta necesario adecuar y actualizar la normativa nacional de
referencia mediante la emisión de un Volante Rectificativo a la Ordenanza N°
3-18 (DPSN) del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, a fin de efectuar
correcciones varias al texto normativo e incorporar la aceptación de
certificados emitidos por Sociedades de Clasificación que sean miembros de
la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS).
Que, para la elaboración final del documento, se ha conformado un grupo de
trabajo interdisciplinario compuesto por personal de las áreas técnicas
competentes de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación,
quienes han prestado conformidad en orden a sus respectivas competencias
específicas.
Que la Dirección de Inspectoría General ha tomado la intervención, mediante
el Informe IF-2025-64140917-APN-DIGE#PNA, y considera que el proyecto de la
norma mencionada cumple con las pautas contempladas en la Resolución SIGEN
N° 162/2014.
Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la administración
del sistema reglamentario de la Prefectura Naval Argentina, analizó la
propuesta, verificando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos
por la normativa vigente.
Que, por otra parte, a nivel nacional mediante el Decreto N° 891/2017, se
aprobaron las “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al
Sector Público Nacional, entre cuyos objetivos, está el de garantizar la
mejora continua de los procesos, circunstancia a la cual se adapta la
presente modificación.
Que mediante la Resolución N° 390/2018 del actual Ministerio de Seguridad
Nacional, se aprobaron los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN
MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al MINISTERIO DE SEGURIDAD y las
Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica, mediante el Informe IF-2025-94761445-APN-PNAR#PNA.
Que el Decreto Nº 70/2023 (DNU-2023-70-APN-PTE) instruye a que el Estado
Nacional promueva y asegure la vigencia efectiva de un sistema económico
basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso a)
apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la Ordenanza N°
3-18 (DPSN) Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada “Normas sobre
dispositivos y medios de salvamento en buques de la Matrícula Mercante
Nacional”, que se adjunta como Anexo DI-2025-133280545-APN-DPLA#PNA y que
forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir de la
fecha de la publicación del presente acto administrativo en el Boletín
Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la publicación en
el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1)
ejemplar patrón y su incorporación en el sitio oficial en internet de la
Prefectura Naval Argentina.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO (formato PDF) - Ordenanza N° 3-18 (DPSN) Tomo 1 - Normas
sobre dispositivos y medios de salvamento en buques de la Matrícula Mercante
Nacional |