Prefectura Naval Argentina
NAVEGACIÓN - BUQUES
Disposición (PNA) 218/25. Del 7/2/2025. B.O.: 10/2/2025. Navegación.
Buques. Normas de Construcción para Buques y Artefactos Navales. Aprueba
volante rectificativo Nro. 1-2025.
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2025
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2023-135497390-APN-DPSN#PNA,
lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de su gestión, la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación entiende en todo lo relacionado con la aplicación de las leyes y
reglamentaciones que rigen la navegación, especialmente en lo concerniente a
la seguridad de la navegación y del buque y salvaguarda de la vida humana en
las aguas navegables de la Nación.
Que la Ordenanza N° 3/02 (DPSN) del TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE”
titulada “NORMAS DE CONSTRUCCIÓN PARA BUQUES Y ARTEFACTOS NAVALES”, tiene
por objeto normalizar el uso de los materiales aptos para la construcción
naval y los requisitos que estos deben cumplir.
Que la citada Dirección, promueve la actualización de la normativa nacional
de referencia, con el objeto de alinearla a las “Enmiendas al Código
Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten
Gases Licuados a Granel (Código CIG)” y al “Código Internacional de
Seguridad para los Buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo
punto de inflamación (Código IGF)”, de la Organización Marítima
Internacional (OMI).
Que los mencionados Códigos CIG y IGF, entraron en vigor a través de las
Resoluciones MSC.523 (106) y MSC.524 (106) respectivamente.
Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la administración
del sistema reglamentario de la Prefectura Naval Argentina, analizó la
propuesta verificando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos
por la normativa vigente.
Que, por otra parte, a nivel nacional mediante el Decreto N° 891/2017, se
aprobaron las “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al
Sector Público Nacional, entre cuyos objetivos, está el de garantizar la
mejora continua de los procesos, circunstancia a la cual se adapta la
presente modificación.
Que la Resolución N° 390/2018 del Ministerio de Seguridad, establece los
“PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”,
aplicables al MINISTERIO DE SEGURIDAD y las Fuerzas Policiales y de
Seguridad Federales.
Que, la Asesoría Jurídica de la organización, se expidió mediante un
Dictamen Jurídico registrado bajo el informe IF-2024-107724698-APN-PNAR#PNA.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso a),
apartado 2 y 11 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la Ordenanza N°
3/02 (DPSN) del TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “NORMAS DE
CONSTRUCCIÓN PARA BUQUES Y ARTEFACTOS NAVALES”, que se adjunta como Anexo
DI-2025-10930607-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir de la
fecha de la publicación del presente acto administrativo en el Boletín
Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la publicación en
el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1)
ejemplar patrón y su actualización en el sitio oficial en internet de la
Prefectura Naval Argentina.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO (formato PDF)
- Ordenanza 3/02 DPSN con Volante Rectificativo Nro. 1-2025 |