VISTO la Actuación
SIGEA Nº 12542-703-2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5) solicita una
nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio
mediante Resolución Nº 06/2010 (DGA), al solo efecto de realizar operaciones
de exportación, el sector de atraque correspondiente al puerto particular de
esa empresa, ubicado en terrenos de su propiedad en el área portuaria de
Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, entre las calles Solís,
Matienzo, Artigas, América, Bécquer, Verne, Obligado, Derqui y Varela y, la
margen derecha del Río Paraná, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO (408)
del citado río, en jurisdicción de la Aduana de Rosario.
Que se encuentra
acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la
habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la habilitación
definitiva del puerto ante la Secretaría de Transporte (Expediente Nº
S01:0282714/05).
Que en autos han tomado
la intervención que les compete la División Aduana de Rosario, la Dirección
Regional Aduanera Rosario y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras
del Interior.
Que en función de Io
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de NOVENTA
(90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la
Resolución Nº 06/2010 (DGA).
Que la presente se
dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado
2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrogar
la habilitación aduanera otorgada al puerto de la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT
Nº 30-50679216-5) mediante Resolución Nº 06/2010 (DGA), por el término de
NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta
última, con igual carácter e idéntico alcance.
Art. 2º — Regístrese.
Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome
conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y
Dirección Regional Aduanera Rosario.
Remítanse los presentes
a la División Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación.