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- modificada y/o complementada por: resolución 49/10 DGA.

Dirección General de Aduanas

PUERTOS - HABILITACION ADUANERA PROVISORIA PUERTO VILLA GOBERNADOR GALVEZ – PRORROGA

Resolución (DGA) 30/10. Del 14/5/2010. B.O.: 26/5/2010. Prorrogar la habilitación aduanera otorgada al puerto de la firma CARGILL S.A.C.I. (cuit n° 30-50679216-5) mediante Resolución n° 6/10 (DGA), por el termino de noventa (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por ésta última, con igual carácter e idéntico alcance.

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12542-703-2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5) solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 06/2010 (DGA), al solo efecto de realizar operaciones de exportación, el sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado en terrenos de su propiedad en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, entre las calles Solís, Matienzo, Artigas, América, Bécquer, Verne, Obligado, Derqui y Varela y, la margen derecha del Río Paraná, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO (408) del citado río, en jurisdicción de la Aduana de Rosario.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la habilitación definitiva del puerto ante la Secretaría de Transporte (Expediente Nº S01:0282714/05).

Que en autos han tomado la intervención que les compete la División Aduana de Rosario, la Dirección Regional Aduanera Rosario y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que en función de Io expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 06/2010 (DGA).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera otorgada al puerto de la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5) mediante Resolución Nº 06/2010 (DGA), por el término de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico alcance.

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y Dirección Regional Aduanera Rosario.

Remítanse los presentes a la División Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación.

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