Bs. As., 9/5/2011
VISTO la Actuación
SIGEA Nº 12509-72-2010 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma NOBLE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (CUIT Nº
30-70779108-6), solicita una prórroga de la habilitación aduanera
otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 26/2011 (DGA)
del sector de atraque del muelle flotante de su propiedad, ubicado en la
margen derecha del río Coronda, a la altura de la progresiva Km.
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA (463,4), en la localidad de
TIMBUES, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de SAN
LORENZO.
Que se encuentra
acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la
habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la
habilitación definitiva del puerto ante la Secretaría de Transporte
(Expediente Nº S01:0261920/2009).
Que han tomado la
intervención que les compete la División Aduana de SAN LORENZO, la
Dirección Regional Aduanera ROSARIO y la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función de
lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación
oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de
TREINTA (30) días a contar desde el vencimiento del plazo establecido
por la Resolución Nº 26/2011 (DGA).
Que la presente se
dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º,
apartado 2, inciso n) del Decreto 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
LA DIRECTORA
GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º —
Prorrogar la habilitación aduanera del sector de atraque del muelle
flotante de la firma NOBLE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (CUIT Nº 30-70779108-6),
ubicado en la margen derecha del río Coronda, a la altura de la
progresiva Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA (463,4), en la
localidad de TIMBUES, Provincia de SANTA FE, por el término de TREINTA
(30) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por
Resolución Nº 26/2011 (DGA), con igual carácter e idéntico alcance al
establecido en esta última. Jueves 12 de mayo de 2011 Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.148 10
Art. 2º —
Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección
General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera ROSARIO.
Cumplido, remítase a la División Aduana de SAN LORENZO.