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Honorable Concejo
Deliberante
INFRACCIONES - SANCIONES -
RADICACION INDUSTRIAL
Ordenanza (HCD) 5356/09.
Sanción: 16/7/2009. Promulgación: 21/7/2009. B.O.: 2/11/2009.
Radicación. Modificación a la Ordenanza N° 4.500/09 (modificada a su vez
por Ordenanza Nº 5.289).
POR 1 DÍA - El HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE, ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º - Incorpórase al
artículo 1º de la Ordenanza Nº 2.352/88, texto según modificación
introducida por Ordenanza Nº 4.599/04 (modificada a su vez por Ordenanza
Nº 5.289) el siguiente inciso:
“49) Radicación Industrial:
Por no dar cumplimiento a la intimación de presentar en tiempo y forma
Formulario Base de Categorización, Estudio de Impacto Ambiental, Informe
de Auditoría Ambiental, solicitud de Certificado de Aptitud Ambiental o
de renovación del mismo, declaración de modificaciones y ampliaciones
realizadas en el establecimiento industrial, pago de los Certificados de
Aptitud Ambiental de acuerdo con las Ordenanzas Nº 4.533/04 y Nº
4.821/05; sin perjuicio de la cláusula del establecimiento, cuando ello
fuere necesarios dado el carácter de la falta: desde un (1) salario
hasta cien (100) salarios”.
ARTICULO 2°: Comuníquese al
Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones
del Honorable Concejo Deliberante a los 16 días del mes de julio de
2009.
Campana, 21 de julio de 2009.
Promulgada por Decreto Nº
1.595, del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y publíquese.
Registrada Bajo Nº 5.356. |