Municipios / Concepción del Uruguay (Entre Ríos, Argentina)

Honorable Concejo Deliberante

RUIDOS MOLESTOS

Ordenanza (HCD) 3109/87. Del 9/11/87. Prohibición de producir, causar estimular o provocar ruidos molestos, cualquiera sea su origen, cuando por razones de la hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza.

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