Honorable Concejo Deliberante
RUIDOS MOLESTOS
Ordenanza (HCD) 3109/87. Del 9/11/87. Prohibición de producir, causar
estimular o provocar ruidos molestos, cualquiera sea su origen, cuando
por razones de la hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad,
se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población o
causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza.
Texto completo (formato PDF) |