ECOFIELD - Municipalidad de Rincón de los Sauces (Neuquen) - Ordenanza (HCD) 2530/23.

 

Municipios / Rincón de Los Sauces (Neuquén, Argentina)

- modifica y/o complementa a: deroga ordenanza 959/05 HCD, deroga ordenanza 1474/13 HCD, deroga ordenanza 1714/15 HCD

- modificada y/o complementada por:

Honorable Concejo Deliberante

CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO RURAL Y AMBIENTAL (CPURA)

Ordenanza (HCD) 2530/23. Del 30/11/2023. B.O:: 7/12/2023. Código de Planeamiento Urbano Rural y Ambiental (CPURA).

VISTO:

LA ORDENANZA N°959/05, CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO RURAL Y AMBIENTAL (CPURA) Y LAS ORDENANZAS N°2272/21 Y 2504/23, Y;

CONSIDERANDO:

QUE la aplicación de la Ordenanza N° 959/05 evidencia que la expansión y variedad de usos urbanos actuales y emergentes, ha requerido en los últimos años, de actos administrativos de excepción a la normativa vigente, no porque el uso fuere incompatible con el entorno, sino más bien por no estar contemplado inicialmente;

QUE la Ordenanza N° 2272/21 fue sancionada previo estudio técnico articulado por el Consejo de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPADE) y financiado por el CFI para planificar el desarrollo urbano territorial de la ciudad y cuyo objetivo principal fue la obtención de una herramienta para actualizar normativas varias, entre ellas el Código Urbano, con el propósito de adecuarlas a las necesidades locales actuales y futuras, considerando la localización estratégica de la urbe en relación a los focos de exploración y explotación de la formación hidrocarburífera Vaca Muerta;

QUE, en virtud de ello, se expone la necesidad de actualizar el Código Urbano e incorporar nuevos instrumentos metodológicos, operativos y normativos que faciliten la ordenación del territorio bajo los lineamientos de la sostenibilidad, sustentabilidad, integración socio-urbana y desarrollo económico integral de la ciudad; 

QUE oído el Articulo N°3 de la Ordenanza N° 959/05, se ha observado en estructura y contenido lo expuesto en el Tomo III del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial – “Código de Ordenamiento y Desarrollo Urbano y Territorial” (CODUT) que forma parte de la Ordenanza N° 2272/21 y, se contrasto con lo normado; cuyo resultado deviene en la presente norma;

QUE las disposiciones del Código regirán en todos aquellos aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades, la subdivisión parcelaria, la construcción y uso de edificios. También tendrá incidencia en las urbanizaciones, edificaciones y actividades sobre el medio, reglamentando la forma de analizar y mitigar los impactos urbano – ambientales negativos que pudieren existir;

QUE las disposiciones del CODUT se extenderán a las personas de derecho público y a sus bienes, cualquiera fuera su afectación, localizadas dentro de la jurisdicción territorial de la Municipalidad de la Localidad de Rincón de los Sauces otorgada mediante Ley Provincial 2295;

QUE dice la Carta Orgánica Municipal indica: “PLANEAMIENTO URBANO Artículo 72 Dictar la Ordenanza del planeamiento urbano y desarrollo orgánico e integral de la ciudad, garantizando su inserción armónica en el contexto de la Provincia y los rasgos sociales, culturales, económicos y geográficos locales”;

QUE asimismo en el: “Artículo 135 La Municipalidad de Rincón de los Sauces realizará el planeamiento integral del ejido, asegurando un ambiente sano y equilibrado para satisfacer las necesidades actuales del hombre, sin comprometer las de las generaciones futuras, haciendo un uso racional de los recursos naturales y preservando el patrimonio cultural y social. Garantizará la participación comunitaria en el proceso de planificación. El municipio protegerá y rescatará las tierras posibles de sistematizar y de las que se pruebe condiciones agroecológicas aptas para el cultivo y producción agropecuaria y forestal. Propenderá a que en esas zonas no se construyan obras que pudieran afectar las reservas que deben ser destinadas a proyectos productivos de recursos renovables.

POR ELLO:

EN USO DE LAS FACULTADES DE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RINCÓN DE LOS SAUCES, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO N°1: DERÓGASE la Ordenanza N° 959/05, 1474/13, 1714/15 y toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTÍCULO N°2: APRUÉBESE el Código de Ordenamiento y Desarrollo Urbano Territorial de la ciudad de Rincón de Los Sauces y sus anexos complementarios.

ARTÍCULO N°3: DETERMÍNASE que esta norma podrá modificarse a solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de adecuar la aplicación de la misma. Las modificaciones sólo serán autorizadas por el Honorable Concejo Deliberante previo informe técnico.

ARTÍCULO N°3: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal.

DADA EN LA SALA DE SESIONES “EVITA” DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RINCÓN DE LOS SAUCES, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023, EN SESIÓN ORDINARIA, APROBADA POR UNANIMIDAD, SEGÚN CONSTA EN ACTA N°1908/2023.

ANEXO I (formato PDF, no publicado en Boletines Oficiales)

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