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Concejo Municipal
CODIGO DE FALTAS –
EXPEDIO DE MEDICAMENTOS
Ordenanza (CM) 9648/16. Del 27/10/2016. Código de
Faltas. El expendio de medicamentos y sustancias farmacológicas en
comercios que no estén habilitados como Farmacia, por la Dirección de
Inspección de Farmacias de la provincia, o la autoridad que en el futuro
la reemplace, se penará con multa de 100 UF a 300 UF y10 clausura de
hasta 90 días. Modifica Ordenanza (CM) 2783/81.
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