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Poder Ejecutivo
Nacional
POLITICA AMBIENTAL
NACIONAL - AUTORIDAD DE APLICACION - DESIGNACION
Decreto (PEN)
481/03. Del 5/3/2003. B.O.: 6/3/2003. Política Ambiental. Desígnase a la Secretaría
de Ambiente y Desarrollo Sustentable como Autoridad de
Aplicación de la Ley Nº 25.675.
Bs. As., 5/3/2003
VISTO la Ley Nº
25.675, General del Ambiente, sancionada por el HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION el 6 de noviembre de 2001 y el Decreto Nº
357 del 21 de febrero de 2002 que aprueba el organigrama de
aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta
nivel de Subsecretaría, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en
el visto establece los presupuestos mínimos para el logro de una
gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y
protección de la diversidad biológica y la implementación del
desarrollo sustentable.
Que por el Decreto
mencionado en el visto se establecen como objetivos de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL entender en la propuesta y elaboración de
los regímenes normativos relativos a la calidad de los recursos
ambientales, al desarrollo sustentable, al ordenamiento
ambiental del territorio y a la calidad ambiental; en la
promoción del desarrollo sustentable de los asentamientos
humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y
la disponibilidad y conservación de los recursos naturales, en
el establecimiento de métodos tendientes a la evaluación y
control de la calidad ambiental en los asentamientos humanos,
así como en la formulación y aplicación de indicadores y pautas
para verificar el uso sustentable de los recursos naturales y en
el establecimiento de un sistema de información pública sobre el
estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollen en
los temas de su competencia.
Que en función de las
competencias asignadas a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE le corresponde formular la política ambiental
nacional, en las áreas de su incumbencia, a fin de cumplir con
los objetivos de la Ley General del Ambiente.
Que han tomado la
intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Servicio
Jurídico Permanente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la
PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que el PODER
EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el
presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1
e inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL
PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º —
Desígnase Autoridad de Aplicación de la Ley Nº
25.675 que aprueba la Ley General
del Ambiente a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 2º — De forma. |