Jefatura de
Gabinete de Ministros
POLITICA AMBIENTAL -
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA -
APROBACION
Decisión
Administrativa (JGM) 499/16. Del 19/5/2016. B.O.: 20/5/2016.
Política Ambiental. Aprobación de la
estructura organizativa de primer nivel operativo del Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sustentable, de acuerdo con el
Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como
Anexos I, y II respectivamente, forman parte integrante de la
presente medida.
Bs. As., 19/05/2016
VISTO el Expediente
N° 11556/2016 del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios; el Decreto N° 13
del 10 de diciembre de 2015; el Decreto N° 232 de fecha 22 de
diciembre de 2015 y los Decretos N° 223 de fecha 19 de enero de
2016; y N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional
de Empleo Público (SINEP); y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto
N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría.
Que mediante el
Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la
Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y
modificatorias, incorporándose el entonces MINISTERIO DE MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, a través del artículo 23
septies.
Que a través del
Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la
conformación organizativa del entonces MINISTERIO DE MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, así como la Responsabilidad
Primaria y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, de la
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, de la DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS.
Que el artículo 1°
del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016, sustituyó la
denominación del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE por la de MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE.
Que resulta
procedente aprobar la estructura organizativa de primer nivel
operativo del mencionado Ministerio.
Que, asimismo,
corresponde incorporar, homologar, reasignar y derogar diversas
unidades pertenecientes al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la
Jurisdicción.
Que la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y
la SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente
medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del
artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el
artículo 16, inciso 29 del Título V, de la Ley de Ministerios (t.o.
Decreto N° 438/02) y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1°
— Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo
del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de acuerdo
con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que,
como Anexos I, y II respectivamente, forman parte integrante de
la presente medida.
Art. 2° — Incorpóranse,
homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, según el detalle obrante en
Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente medida.
Art. 3° — Facúltase
al titular del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE a
aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura
organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente
medida, la que deberá prever un máximo de DIECISIETE (17)
Direcciones, y DIECISÉIS (16) Coordinaciones, UNA (1) Auditoría
Adjunta, DOS (2) Supervisores de Auditoría y DOS (2)
Responsables de Auditoría, las que a través de dicho acto serán
incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en
el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con
Nivel II (Auditoría Adjunta), III (Dirección y Supervisor de
Auditoría) y IV (Coordinación y Responsable de Auditoría), en
los términos de lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por el Decreto N° 2098/08, y
modificatorios.
Art. 4° — Facúltase
al titular del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE,
previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación
de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual
deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la
Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.
Art. 5° — Hasta
tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas
por la presente medida conservarán su vigencia las existentes,
con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y
funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098 de fecha 3
de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Art. 6° — El gasto
que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas presupuestarias específicas
correspondientes a la Jurisdicción 81 - MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE.
Art. 7°
— Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO
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