|
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y/O ESPECIALES –
DECLARACION JURADA
ANUAL ANO 2019 - PRORROGA
Resolución (MAyDS) 239/20. Del 23/7/2020. B.O.: 24/7/2020.
Establecimientos Industriales y/o Especiales. Amplíase la
prórroga establecida para la presentación de la Declaración
Jurada Anual 2019 hasta el 31 de octubre del 2020 inclusive.
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2020
VISTO el EX-2020-41657918- -APN-DRI#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACION; la
Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto
reglamentario 1759/72 – T.O. 2017 de fecha 3 de abril de 1972;
Ley 13.577, modificada por la Ley 20.324, los Decretos 674 de
fecha 24 de mayo de 1989 y N° 776 de fecha 12 de mayo de 1972,
la Ley 27.541, el Decreto 260/2020, el Decreto 298/2020, el
Decreto 577/2020, el Decreto 604/2020, la Resolución de la Ex
EMPRESA OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN N° 79.179 de fecha 01 de
agosto de 1990, la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316
de fecha 03 de marzo de 2005, la Resolución MAyDS N° 131 de
fecha 11 de abril de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989,
indica que los establecimientos industriales y/o especiales,
están obligados a presentar una declaración jurada anual
conteniendo los datos especificados en las disposiciones
instrumentales de aplicación del Decreto citado.
Que
mediante Resolución de la Ex EMPRESA OBRAS SANITARIAS DE LA
NACIÓN N° 79.179 de fecha 01 de agosto de 1990 y la Resolución
de la Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del
entonces MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316 de fecha 23 de
marzo de 2005, unificaron el criterio en cuanto a la
presentación de la Declaración Jurada anual conteniendo la
información correspondiente al año anterior y la misma deberá
ser presentado del 1° al 30 de abril de cada año.
Que
por Decreto N° 260/2020, sus modificatorios y normativa
complementaria, se amplio la emergencia pública en materia
sanitaria, establecida por la Ley 27. 541, en virtud de la
pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS)
en relación con el coronavirus COVID-19, durante el plazo de un
(1) año, a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto.
Que
en ese marco, se han establecido una serie de medidas tendientes
a garantizar el aislamiento de los grupos de riesgo y de los
casos sospechosos, promoviendo en otros supuestos, el trabajo
remoto y la reducción de los servicios de transporte público con
el fin de mitigar la propagación de la referida pandemia.
Que
mediante Decreto N° 297/2020 sus modificatorios y
complementarios, se estableció entre otras cuestiones el
aislamiento social preventivo y obligatorio.
Que
por otra parte y con el fin de resguardar la tutela de los
derechos y garantía de los administrados, el Decreto 298/2020
sus modificatorios y complementarios, siendo su última prorroga
realizada por Decreto 577/20, deviene imperioso suspender los
plazos dentro de los procedimientos administrativos, Decreto N°
1759/72 T.O. Decreto 894/2017 y demás procedimientos especiales.
Que
en virtud de la suspensión establecida por el Decreto mencionado
en el considerando precedente, corresponde ampliar la prorroga
de la presentación de la Declaración Jurada Anual, que se diera
por Resolución MAyDS N° 131/2020, de modo tal que permita su
presentación, a través de la pagina web de este Ministerio.
www.argentina.gob.ar/ambiente.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en función de las facultades
otorgadas por la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N° 438/92
y sus modificatorios), el Decreto 674/89 y su modificatorio, el
artículo 3° del Decreto 577/20, el Decreto N° 7/19 y el Decreto
N° 20/19.
Por
ello,
EL
MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Amplíase la prórroga establecida en la Resolución
MAyDS N° 131/20 hasta el 31 de octubre del 2020 inclusive, la
presentación de la Declaración Jurada Anual, instituida por el
artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989,
correspondiente al año 2019, conforme a los motivos expuestos en
los considerandos de la presente medida.
Nota Ecofield: Prórroga extendida por
resolución 390/20 MAyDS.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. |