Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
POLITICA AMBIENTAL -
UNIDAD FEDERAL DE
RESIDUOS – CONFORMACION
Resolución (MAyDS) E 492/16. Del 23/11/2016. B.O.: 25/11/2016.
Política Ambiental. Se conforma la Unidad Federal de Residuos en
el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2016
VISTO: El expediente Nº 0033602/2016 del registro de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 25.675 y el Decreto N° 13 de
fecha 10 de diciembre de 2015; y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 41 de la Constitución Nación establece el derecho de
todo habitante a un ambiente sano, equilibrado, apto para el
desarrollo humano, a la vez que impone a cargo de las
autoridades el deber de proveer a su protección, a la
utilización racional de los recursos naturales y a la
preservación del patrimonio natural y cultural y de la
diversidad biológica.
Que
mediante la Ley N° 25.675 se establecieron los presupuestos
mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del
ambiente, la preservación y protección de la diversidad
biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
Que
los objetivos de la citada ley consisten en: a) Asegurar la
preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la
calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como
culturales, en la realización de las diferentes actividades
antrópicas; b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de
las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; c)
Fomentar la participación social en los procesos de toma de
decisión; d) Promover el uso racional y sustentable de los
recursos naturales; e) Mantener el equilibrio y dinámica de los
sistemas ecológicos; f) Asegurar la conservación de la
diversidad biológica; g) Prevenir los efectos nocivos o
peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el
ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica,
económica y social del desarrollo; h) Promover cambios en los
valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo
sustentable, a través de una educación ambiental, tanto en el
sistema formal como en el no formal; i) Organizar e integrar la
información ambiental y asegurar el libre acceso de la población
a la misma; j) Establecer un sistema federal de coordinación
interjurisdiccional, para la implementación de políticas
ambientales de escala nacional y regional; k) Establecer
procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de
riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de
emergencias ambientales y para la recomposición de los daños
causados por la contaminación ambiental.
Que
la cuestión ambiental en nuestro país demanda soluciones a
diferentes problemáticas entre las cuales la referida a los
residuos, por sus dimensiones e implicancias, ocupa un lugar
central en la política nacional en la materia.
Que
en este marco, la especialidad que reviste la cuestión hace
necesario el diseño de planes y la propuesta de políticas,
programas y acciones tendientes a mejorar la gestión de los
residuos.
Que
asimismo, la multiplicidad de normas vigentes así como también
la ausencia de normas que regulen el tratamiento de cuestiones
esenciales a la materia demandan un trabajo de armonización de
la estructura normativa.
Que
en atención a ello, resulta evidente la necesidad de integrar,
promover y apoyar esfuerzos jurisdiccionales de carácter
técnico, político y social tendientes a la conservación del
ambiente como estrategia de mejoramiento de la gestión de los
residuos y la calidad de vida de todos los habitantes de la
Nación Argentina.
Que
por lo expuesto torna aconsejable conformar, en el ámbito del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, un área
específica dedicada a integrar, promover y apoyar esfuerzos
distritales de carácter técnico, político y social en materia de
residuos.
Que
ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de
este Ministerio.
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 103 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 232 de
fecha 22 de diciembre de 2015.
Por
ello,
EL
MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Confórmase la UNIDAD FEDERAL DE RESIDUOS en el
ámbito del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
ARTÍCULO 2° — Los objetivos de la UNIDAD FEDERAL DE RESIDUOS son
los que se detallan en el Anexo (IF-2016-03583355-APN-MAD) que
acompaña la presente medida.
ARTÍCULO 3° — La UNIDAD FEDERAL DE RESIDUOS se integrará por una
Coordinación a cargo de UN (1) profesional junto con otros TRES
(3) profesionales especializados en áreas técnico-ambientales y
jurídico-ambientales y UN (1) administrativo. Asimismo podrá
contar con la participación de profesionales de otras áreas del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
ARTÍCULO 4° — Las medidas dispuestas por la presente resolución
no demandarán erogación alguna.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO I
UNIDAD FEDERAL DE RESIDUOS
FUNCIONES Y ACCIONES A DESARROLLAR
La
UNIDAD FEDERAL DE RESIDUOS en colaboración con las
correspondientes Secretarías, tendrá a su cargo:
a)
Asesorar en la definición de los lineamientos estratégicos del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en gestión de
residuos no peligrosos.
b)
Colaborar con la Dirección Nacional de Gestión Integral de
Residuos en el diseño y ejecución de un Plan Nacional Basural
Cero.
c)
Proponer una metodología estandarizada de evaluación de
proyectos relacionados con la gestión de residuos no peligrosos.
d)
Participar en el diseño de una red federal de infraestructuras
de tratamiento de residuos no peligrosos.
e)
Evaluar planes de inversión con el objeto de alcanzar el
equilibrio regional en la gestión de residuos no peligrosos.
f)
Promover la minimización de residuos y su peligrosidad.
g)
Dar soporte a la Secretaría de Coordinación Interjurisdiccional
en la promoción de la recolección diferenciada en origen y la
valorización de los residuos, así como a las Provincias y
Municipios si así se le requiriera.
h)
Diseñar junto a la Dirección Nacional de Gestión Integral de
Residuos un sistema de ingresos federal para el desarrollo de
políticas comunes en gestión de residuos.
i)
Participar como representante del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE en consorcios u otras modalidades de
gestión de residuos no peligrosos que se pudieran crear.
j)
Apoyar y asesorar al Ministro ante otros organismos nacionales,
como ACUMAR, CEAMSE, COFEMA, COFELMA, o internacionales. |