Secretaría de Medio Ambiente
MEDIO AMBIENTE - IMPACTO AMBIENTAL - TASA AMBIENTAL -
REGISTRO
Resolución (SMA) 999/12. Del 19/9/2012. B.O.: 27/9/2012. Medio
ambiente. Registro de consultores. Tasas ambientales. Actualización.
Visto: El Expediente N° 165.104-SMA-2012 del Registro de la Secretaría
de Medio Ambiente caratulado "S/Actualización de Tasas Ambientales -
Registro Provincial de Consultores Ambientales", la Ley M N° 3.266, Ley
4741, las Resoluciones N° 028/04, N° 434/COD/08, y;
Considerando:
Que por Ley M N° 3266, la Secretaría de Medio Ambiente es la Máxima
Autoridad de Aplicación de la problemática ambiental dentro de la
jurisdicción de la Provincia de Río Negro;
Que en ese carácter, es la encargada de la implementación del Registro
Provincial de Consultores Ambientales (conf. Art. 23 de la Ley M N°
3266) como así también de la fijación de los requisitos necesarios para
la inscripción de los interesados en dicho Registro;
Que en el año 2004 mediante Resolución N° 028/04 se fijaron las tasas
para el Registro Provincial en la suma de Pesos Cien ($ 100) para los
consultores individuales (personas físicas) y de Pesos Trescientos ($
300) para consultorías (personas jurídicas);
Que en el año 2008 mediante Resolución N° 434/COD/2008 se modifican los
montos oportunamente establecidos, en la suma de Pesos Trescientos
Cincuenta ($ 350) para los consultores individuales (personas físicas) y
de Pesos Un Mil ($ 1.000) para consultorías (personas jurídicas);
Que, a fin de dar cumplimiento eficiente a las facultades registrales de
este organismo, se hace necesario actualizar las tasas ambientales
oportunamente establecidas;
Que la Secretaría de Medio Ambiente es competente para el dictado de la
presente en función de la Ley de Ministerios N° 4712, por medio de la
cual se crea la Secretaría de Medio Ambiente de Río Negro y por la Ley
N° 4741 que establece sus deberes y atribuciones, en el carácter de
máxima autoridad ambiental de la provincia;
Por ello: La Secretaría de Medio Ambiente resuelve:
Art. 1° - Actualizar las tasas ambientales del Registro de Consultores
Ambientales de la Provincia de Río Negro, fijándose los siguientes
montos:
- Tasa Ambiental Anual para consultores individuales: Pesos Quinientos
($ 500).
- Tasa Ambiental Anual para consultorías: Pesos Un Mil Quinientos ($
1.500).
Art. 2° - Las tasas fijadas en el artículo precedente deben pagarse
mediante depósito en la Cuenta N° 900001994 - Protección Ambiental -
Tesorería General de la Provincia de Río Negro, y acreditar de manera
fehaciente el mismo, acompañando copia de la constancia de pago a esta
Secretaría de Medio Ambiente juntamente con la presentación a efectuar.
Art. 3° - Se hace saber que a partir de la publicación de la presente en
el Boletín Oficial, no se darán trámite a las presentaciones que se
efectúen sin acreditar el pago de la tasa correspondiente.
Art. 4° - De forma. |