ECOFIELD - Provincias - San Juan, Argentina - Ley N° 7.585.

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Provincias / San Juan, Argentina

- modifica y/o complementa a: ley 6571.

- modificada y/o complementada por:

Poder Legislativo Provincial

IMPACTO AMBIENTAL - PROCEDIMIENTO

Ley N° 7.585. Sanción: 28/4/2005. Promulgación: 10/5/2005. B.O.: 24/5/2005. Ecología. Evaluación del impacto ambiental. Procedimiento. Modificación del art. 15 de la ley 6571. 

Art. 1° - Modifícase el Inciso d), del Artículo 15 de la Ley N° 6571, al que se le incorpora el Apartado siguiente, quedando redactado de la siguiente forma:

"Con carácter de excepción, la autoridad de aplicación queda autorizada para disminuir el mínimo hasta dos (2) sueldos básicos de la menor categoría de la Administración Pública Provincial cuando, de la evaluación de los hechos que dan causa a la falta, la entidad de las consecuencias ambientales producidas, la dimensión del emprendimiento, antecedentes del autor y de otros datos relevantes que meriten su consideración, justifiquen fundada y motivadamente la decisión en el pertinente acto administrativo que se dicte.

En las situaciones previstas en el párrafo anterior, la autoridad de aplicación debe remitir a la Cámara de Diputados, en forma mensual y a los fines de contralor de la Comisión de Medio Ambiente, un informe de los actos administrativos dictados en consecuencia del ejercicio de la facultad conferida".

Art. 2° - Comuníquese, etc.

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