LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO
1º.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación,
Complementación y Asistencia Técnica, suscripto entre la Provincia de
Santa Fe, representada por el señor Ministro de la Producción y la
Federación Industrial de Santa Fe, (FISFE), el día 1º de junio de 2005,
con la finalidad de establecer lazos de cooperación reciproca.
Dicho
Acuerdo fue aprobado por Decreto Nº 2224/05 e inscripto en el Registro de
Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 03-06-05, bajo el
Nº 2462, Folio 133, Tomo V, que se agrega y forma parte integrante de
esta ley.
ARTICULO
2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A
LOS TRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
DECRETO
Nº 2096
SANTA
FE, 18 08 2006
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La
aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.579 efectuada por la H.
Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase
como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a
quienes corresponde observarla y hacerla observar.-