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Ministerio de la Producción
Ministerio de Salud
ACTIVIDAD AGROPECUARIA –
PRODUCCION SUSTENTABLE
– MANUAL DE BUENAS COSTUMBRES
Resolución (MP) 18/18 y (MS) 205/18. Del:
5/2/2018. B.O.: 21/2/2018. Actividad Agropecuaria. Producción
sustentable. Establecer la guía que deberán seguir los
productores, profesionales/técnicos y los organismos de estado
provincial, municipal/comunal para la inclusión dentro del
sistema de producción sustentable, la que como Anexo I forma
parte integrante de la presente resolución.
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 05
FEB 2018
Visto el Expediente Nº 00701-0108475-9 del
registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones se
gestiona desarrollar un sistema complementario para la promoción
y desarrollo de las producciones agropecuarias periurbanas de
alimentos destinadas al consumo y comercialización local y
regional, entre los Ministerios de la Producción y de Salud;
Que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe ha
establecido como fundamental la producción de alimentos a nivel
local como unas de las estrategias centrales para el logro de
los principios de seguridad y soberanía alimentaria;
Que los consumidores necesitan tener disponible
herramientas de información que le permitan verificar el origen
y atributos de las diferentes producciones alimentarias (frutas
y hortalizas principalmente);
Que por Ley Provincial N° 13509 se otorgan
funciones a los Ministerios de la Producción y de Salud para
intervenir en la determinación de políticas según su ámbito de
incumbencia y que según el artículo 13, los acuerdos que den
origen a decretos y resoluciones conjuntas serán suscritos en
primer término por aquel a quien competa originalmente el asunto
y a continuación por los demás, en el orden establecido en el
artículo 1 de esta ley, debiendo ser ejecutados por el
Ministerio o Secretaría de Estado a cuya cartera corresponda o
por el que se designe a tal efecto;
Que la Ley Nacional N° 27.118 de “Reparación
histórica de la agricultura familiar para la construcción de una
nueva ruralidad en la Argentina”, a la cual la Provincia de
Santa Fe ha adherido, dispone acciones que priorizan las
prácticas argoecológicas y la seguridad y soberanía alimentaria;
Que el día 15 de junio de 2017 se presentó el
Programa Provincial de Producción Sustentable de Alimentos
Periurbanos (PSAP) y que mediante Expediente N° 00701-0107208-6
se tramita su reconocimiento mediante Resolución del Ministerio
de la Producción;
Que el mencionado programa tiene por objetivo
fortalecer las unidades de producción sustentable de alimentos
entendidas como aquellas que propicien las buenas prácticas
(tanto agropecuaria como de elaboración o manufactura), se rijan
por los enfoques de base agroecológica, orgánica y/o en
transición agroecológica; impulsar el surgimiento de nuevas
experiencias de producción sustentable de alimentos haciendo
énfasis en las áreas periurbanas;
Que existen a nivel Municipal/Comunal diversas
iniciativas de promoción de producción de alimentos y mejoras
productivas y, que 25 gobiernos locales han adherido al Programa
Provincial de Producción Sustentable de Alimentos en
Periurbanos;
Que enmarcado en el mismo se lanzó en el mes de
octubre de 2017 el Parque Agrario Santa Fe Metropolitana,
iniciativa que busca poner en valor la agricultura de proximidad
con un enfoque de gobernanza y soberanía alimentaria; proteger y
fortalecer las producciones primarias; potenciar la actividad
económica vinculada a la provisión de alimentos frescos;
promocionar prácticas productivas agroecológicas y el desarrollo
de espacios de comercialización de cercanía;
Que por Decreto N° 0206/07 se crea la “Agencia
Santafesina de Seguridad Alimentaria”, como organismo
descentralizado, en el ámbito del Ministerio de Salud Provincial
y en su artículo 2° se define como Seguridad Alimentaria al
derecho de todas las personas de disponer en todo momento de
alimentos inocuos, nutritivos y culturalmente aceptables,
necesarios para llevar una vida sana y activa que les permita
desarrollar todas sus potencialidades; en su artículo 6° inciso
b) se establece que: “El Ministerio de Salud articulará
actividades y políticas con las áreas responsables de la
producción primaria correspondientes al Ministerio de la
Producción, favoreciendo la integración entre éstas”;
Que por Decreto N° 1724/17 se crea en el ámbito
del Ministerio de la Producción el “Registro Único de
Producciones Primarias” (RUPP) cuyo objetivo es centralizar la
documentación e información de todas aquellas personas humanas o
jurídicas cuyas actividades tengan relación con las producciones
primarias en el territorio de la Provincia de Santa Fe; se
establece además que el RUPP se desarrollará en coordinación con
la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) y el
Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC);
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Jurídicos,-
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN
Y LA MINISTRA DE SALUD
R E S U E L V E N:
ARTÍCULO 1º.- Establecer la guía que deberán
seguir los productores, profesionales/técnicos y los organismos
de estado provincial, municipal/comunal para la inclusión dentro
del sistema de producción sustentable, la que como Anexo I forma
parte integrante de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º.- Establecer como obligatorio el
desarrollo e implementación de un Manual de Buenas Prácticas que
deberá contar con los procedimientos/instructivos para el
aseguramiento de los productos que se obtengan, el que como
Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.-
ARTÍCULO 3°.- Designar a la Secretaría de
Agricultura, Ganadería y Recursos Naturales y a la Secretaría de
Desarrollo Territorial y Economía Social por el Ministerio de la
Producción y a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria
por el Ministerio de Salud, como las áreas responsables de
articular con Municipios/Comunas y con otros organismos que se
crea conveniente para la aplicación y el desarrollo de un
sistema de promoción, implementación, evaluación y mejora de la
presente según las incumbencias establecidas.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y
archívese.-
ANEXO I
Producciones Agropecuarias Periurbanas
Pasos para la incorporación de un productor al
sistema
Paso 1
a) Registro/Aprobación Comunal/Municipal.
b) Registro Único de Producciones Primarias.
c) Registro ante AFIP.
Paso 2
a) Limpieza, clasificación y normas en la
superficie afectada al proyecto.
b) Sectorización de las áreas para producción,
acondicionamiento, depósito de materias primas, productos
terminados, vivienda, etc.
c) Aseguramiento del agua para riego/lavado y
consumo.
d) Forestación estratégica del lugar.
Paso 3
a) Definir las especies
frutihortícolas/pecuarias a producir.
Paso 4
a) Implementación de un Manual de Buenas
Prácticas Agrícolas/Pecuarias/Manufacturas.
b) Comercialización: Registro de establecimiento
y producto.
Paso 5
a) Producción de base agroecológica.
ANEXO II
Manual de Buenas Prácticas
Guía de procedimientos/instructivos
Manual de Buenas Prácticas: Es un conjunto de
procedimientos/instructivos, escritos y sistematizados que se
aplican a todas las actividades que se desarrollan en un
establecimiento cuando producimos:
Buenas Prácticas Agrícolas: Producción fruta,
verdura, etc.
Buenas Prácticas Pecuarias: Producción leche,
huevo, carne, etc.
Buenas Prácticas de Manufactura: Producción
dulce, queso, etc.
De esta manera logramos realizar las actividades
de la misma forma, para obtener siempre el mismo resultado, bajo
las mismas circunstancias estableciendo medidas preventivas para
minimizar la contaminación con peligro/riesgos físicos, químicos
o biológicos.
Procedimientos Comunes
Especificaciones de ubicación, instalaciones y
diseño.
Procedimientos/instructivo de manejo y
almacenamiento de materias primas, insumos y
productos terminados.
Procedimientos/instructivo de mantenimiento de
equipos, utensilios y estructuras.
Procedimientos/instructivo de capacitación y
entrenamiento.
Procedimientos/instructivo de manejo de
desperdicios y desechos.
Procedimientos/instructivo de manejo de agua y
efluentes.
Procedimientos/instructivo de control de plagas.
Procedimientos/instructivo de transporte.
Procedimientos/instructivo de rastreabilidad y
recupero de producto.
Procedimientos/instructivo de limpieza y
desinfección.
Procedimientos/instructivo para la eficiencia
energética a través del aprovechamiento de subproductos.
Documentación y registros.
Procedimientos Específicos
Buenas Prácticas Agrícolas
Procedimientos/instructivo material de
propagación y siembra.
Procedimientos/instructivo de manejo de suelos y
sustratos.
Procedimientos/instructivo de fertilización y
manejo de medicamentos (fitosanitarios).
Procedimientos/instructivo de riego y suministro
de agua.
Procedimientos/instructivo de protección de
cultivos.
Procedimientos/instructivo de recolección y
manejo del producto.
Procedimientos/instructivo de manejo de cultivo.
Buenas Prácticas Pecuarias
Procedimientos/instructivo de manejo animal.
Procedimientos/instructivo de salud animal
(vacunaciones, medicamentos, etc.)
Procedimientos/instructivo bienestar animal.
Buenas Prácticas de Manufactura
Procedimientos/instructivo de elaboración y
envasado.
Producción de Base Agroecológica
Dimensiones del Trabajo:
1.- Recuperación del suelo.
2.- Bio-diversificación.
3.- Bio-insumos.
4.- Manejo del Agua.
5.- Mecanización y Capital de Trabajo.
6.- Comercialización. |