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Agencia Provincial de Seguridad Vial
TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL -
CONTROLES
- INFRACCIONES - COMUNA DE RICARDONE
Resolución (APSV) 15/16. Del 21/3/2016. B.O.: 4/4/2016. Tránsito y
Seguridad Vial. Comuna de Ricardone. Modificar el Artículo 2º de la
Resolución (APSV) 92/14. Dichos controles serán efectuados
exclusivamente mediante la utilización dispositivos electrónicos
especificados.
SANTA FE,
Cuna de la Constitución Nacional, 21 MAR 2016
VISTO:
el
Expediente Nº 00201-0157417-6 del Sistema de Información de Expedientes
mediante el cual la Comuna de Ricardone solicita autorización para
realizar control de infracciones de tránsito vehicular mediante la
utilización de sistemas, equipos y dispositivos automatizados para la
captación de infracciones por exceso de velocidad sobre Ruta Nacional
A012 que atraviesa su ejido urbano;
CONSIDERANDO:
Que la
fiscalización mediante la utilización de dispositivos automáticos o
semiautomáticos para la captación y registro de imágenes asociadas a
infracciones de tránsito vehicular, se encuentran regulados por la Ley
Provincial Nº 13.133 y como asimismo en las resoluciones respectivas
dictadas por la Agencia Provincial de Seguridad Vial y demás normativa
aplicable;
Que en
fecha 29 de Julio de 2014 se ha suscripto el Convenio para el control de
Tránsito y la Seguridad Vial mediante Sistemas, Equipos y Dispositivos
Automáticos y Semiautomáticas o no, de control de infracciones y Sistema
inteligente de control de tránsito, entre la Agencia Provincial de
Seguridad Vial y la Comuna de Ricardone registrado bajo el Nº 6111, al
Folio Nº 159, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos
Interjurisdiccionales;
Que en
efecto, los controles en tramos de rutas denominadas nacionales o
provinciales mediante dispositivos electrónicos automatizados son
ejercidos en la Provincia de Santa Fe solo por aquellos Municipios y
Comunas que se hallen debidamente facultados por la Autoridad de
Aplicación, en este supuesto, es la Agencia Provincial de Seguridad Vial
el organismo al que compete autorizar la colocación y utilización en
rutas y caminos provinciales y nacionales que atraviesan el territorio
provincial, de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de
infracciones y sistemas inteligentes de control de tránsito ( Art. 7,
inciso 12, Ley Provincial Nº 13.133);
Que por
Resolución Nº 0092/14 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial- de
fecha 14 de Octubre de 2014-, se dispuso habilitar a la Comuna de
Ricardone a efectuar controles por exceso de velocidad sobre Ruta
Nacional Nº A012 correspondiente al ejido urbano de dicha localidad;
Que la
Comuna de Ricardone informa sobre la existencia de datos erróneos en
orden al emplazamiento de los equipos autorizados para efectuar los
controles autorizados por la Resolución Nº 0092/14 pre-mencionada, los
cuales fueron adecuados conforme la intervención del INTI;
Que
habiendo tomado intervención las áreas técnicas y jurídicas del
organismo, las cuales se han expedido en orden a sus competencias,
conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133
Artículo 7, inciso 12 y 34, ss. y cc. ;
POR ELLO:
EL
SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS PREVENTIVAS Y AGENCIA PROVINCIAL
DE
SEGURIDAD VIAL
R E S U E
L V E:
ARTICULO
1º: Modificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 0092/14 de la Agencia
Provincial de Seguridad Vial -de fecha 14 de Octubre de 2014-, el cual
quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO
2º: Dichos controles serán efectuados exclusivamente mediante la
utilización de los siguientes dispositivos electrónicos, Cinemómetro de
Instalación Fija ubicado para su funcionamiento sobre Ruta Nacional A012
km 62,6 sentido de circulación: carril 1 desde San Lorenzo hacia Roldán
(NE hacia SO) y carril 2 desde Roldán hacia San Lorenzo (SO hacia NE),
con captura fotográfica y dispositivo de registro, de funcionamiento
automático, Marca ANCA, Modelo NEO REV.2, Serie Nº NEO-0081.
Cinemómetro de Instalación Fija ubicado para su funcionamiento sobre
Ruta Nacional A012 km 60,4, sentido de circulación: carril 1 desde San
Lorenzo hacia Roldan (NE hacia SO) y carril 2 desde Roldán hacia San
Lorenzo (SO hacia NE), con captura fotográfica y dispositivos de
registro de funcionamiento automático. Marca ANCA, Modelo NEO REV. 2,
Serie Nº NEO-0082.
ARTICULO
2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. |