Provincias, Santa Fe (Argentina)

Poder Ejecutivo Provincial

SALUD - EQUIPOS DE LÁSER

Decreto 1985/03. Del 16/7/2003. B.O.: 29/7/2003. Adhiérese la Provincia de Santa Fe a lo establecido en la Resolución Nº 1271/01 del Ministerio de Salud de la Nación, por la cual se aprobaron las “Normas de Verificación, Instalación y Uso de Equipos de Láser”.

SANTA Fe, 16 de Julio de 2003.

VISTO:

El expediente Nº 00501-0044.926-7 del S.I.E. mediante el cual el Departamento de Radiofísica Sanitaria de la Dirección General de Auditoria Médica del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, gestiona la adhesión de la Provincia de Santa Fe a las normas contenidas en la Resolución Nº 1271/01 del Ministerio de Salud de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que por dicho acto administrativo se aprobaron las “Normas de Verificación, Instalación y Uso de Equipos Láser”;

Que el desarrollo de la tecnología láser con su variada aplicación en el campo de la investigación y los usos industriales, como así también, en el ámbito de la medicina en permanente desarrollo diagnóstico y terapéutico conlleva un riesgo, por lo que resulta necesario contar con normas de organización, de funcionamiento y de atención médica y manuales de procedimientos;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 2º, inciso e), y 3º, inciso c), de la reglamentación aprobada por Decreto Nº 132/94, se dio intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional y a Fiscalía de Estado, las que se expidieron al respecto mediante Dictámenes Nros. 62.122/02 (f. 19) y 168/03 (fs. 54 y 55). Respectivamente, considerando conveniente este Poder Ejecutivo adherir a las citadas normas nacionales;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Adhiérese la Provincia de Santa Fe a lo establecido en la Resolución Nº 1271/01 del Ministerio de Salud de la Nación, por la cual se aprobaron las “Normas de Verificación, Instalación y Uso de Equipos de Láser”, siendo el Departamento de Radiofísica Sanitaria de la Dirección General de Auditoria Médica del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, el organismo de aplicación Provincial.

Art. 2º - De forma

 

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