Provincias, Santa Fe (Argentina)

Poder Legislativo Provincial

IMPACTO AMBIENTAL

Ley N° 12.448. Del 8/9/2005. B.O.: 14/9/2005. Dispónese que a través del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda, se proceda a la construcción de un puente, sobre el Arroyo Leyes, ruta provincial Nº 1, una vez finalizado el Estudio Técnico Integral del Sistema Leyes- Setúbal que incluye el análisis de impacto ambiental correspondiente, que fuera acordado en la Comisión Interjurisdiccional de Estudio de los términos de Referencia.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese que a través del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda, se proceda a la construcción de un puente, sobre el Arroyo Leyes, ruta provincial Nº 1, una vez finalizado el Estudio Técnico Integral del Sistema Leyes- Setúbal que incluye el análisis de impacto ambiental correspondiente, que fuera acordado en la Comisión Interjurisdiccional de Estudio de los términos de Referencia.

ARTÍCULO 2.- Ejecútese administrativa, financiera y operativamente, lo previsto en la Ley General de Presupuesto, referido a la Construcción Puente y accesos Ruta Provincial Nº 1, tramo San José del Rincón - San Javier - Puente sobre el Arroyo Leyes.

ARTÍCULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las modificaciones presupuestarias que fueren pertinentes para la ejecución de lo dispuesto en los artículos precedentes.

ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo continuará con los estudios técnicos pertinentes para determinar fehacientemente el comportamiento del sistema Setúbal Leyes conforme las nuevas realidades ambientales y climatológicas  que se produzcan en el futuro.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

SANTA FE, 08 de setiembre de 2005

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

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