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Poder Legislativo Provincial TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Ley N° 13.081. Sanción: 3/6/2010. Promulgación: 2/7/2010. B.O.: 8/7/2010. Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, celebrado el 11 de junio de 2009, entre el Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe, representado por el Señor Ministro de Seguridad, y la Cámara Argentina del Transporte Automotor de Materiales Peligrosos - C.A.T.A.M.P. LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA LEY: ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, celebrado el 11 de junio de 2009, entre el Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe, representado por el Señor Ministro de Seguridad, y la Cámara Argentina del Transporte Automotor de Materiales Peligrosos - C.A.T.A.M.P.-, representada por su Presidente, por el cual se busca posibilitar, independientemente de la asistencia técnica especializada, el avance en el desarrollo de estrategias conjuntas, para el diseño y aplicación de medidas preventivas que se orienten a evitar la ocurrencia de accidentes industriales mayores, a partir del intercambio de recursos profesionales y logísticos, sin que ello signifique erogación monetaria alguna para el Gobierno de la Provincia. El documento, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales en fecha 22 de junio de 2009, bajo el N° 3648, al Folio 126, del Tomo VII, aprobado por Decreto N° 1317 de fecha 16 de julio de 2009 a referéndum de estas Cámaras Legislativas, se agrega como anexo y forma parte de esta ley. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ. SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 02 JUL 2010 De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial. ANEXO (formato PDF, 472 KB) |
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