Provincias, Santa Fe (Argentina)

Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

PESCA - GUARDA-PESCA

Resolución (MASPyMA) 4/08. Del 19/3/2008. B.O.: 3/4/2008. Designar como Guarda Pesca Honorarios a las personas incluidas en la nómina, que como Anexo I forma parte integrante del presente decisorio.

SANTA FE, 19 de Marzo de 2008

VISTO:

El expediente N° 02101-0008879-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 11.717 y Decreto N° 1.292/04, la ex Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable era la autoridad de aplicación del régimen de pesca (Ley N° 12.212 y Decreto 2.410/04 y normas complementarias de los mismos o las que en un futuro la sustituyan);

Que en el Capítulo VII artículo 54° inciso 3°) de la Ley N° 12.212, modificada por Ley Nº 12.482, su texto reglamentario aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 2.410/04, y su modificatorio Decreto Nº 3.519/05, se prevé que las funciones de vigilancia y control sean ejercidas también por los Guarda Pesca Honorarios;

Que es necesario dar participación a aquellos interesados en custodiar el recurso pesquero y que hayan aprobado el curso de Guarda Pesca Honorario,

Que la Dirección General de Manejo Sustentable de los Recursos Pesqueros dependiente de la Subsecretaría de Recursos Naturales eleva nómina de los Guarda Pesca Honorarios, que en consideración a las necesidades del servicio están en condiciones de ser designados en tal carácter;

Que la competencia en la materia procede de lo establecido por las Leyes Nº 11.717 artículo 2° y Resolución 083/08 artículo 1° inciso 2) del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°.- Designar como Guarda Pesca Honorarios a las personas incluidas en la nómina, que como Anexo I forma parte integrante del presente decisorio.

ARTÍCULO 2º.- El Guarda Pesca Honorario designado por el artículo precedente, de conformidad con lo dispuesto por la normativa legal vigente invocada en los considerandos del presente acto administrativo, tiene como objetivo garantizar las tareas de vigilancia y control de las actividades de Pesca en el territorio de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 3º.- El Guarda pesca Honorario, recibirá de la autoridad competente en la materia, formularios de actas de infracción preimpresos numerados correlativamente, los que deberá rendir, en tiempo y forma para obtener su reposición.

ARTÍCULO 4º.- El Guarda Pesca Honorario, deberá remitir mensualmente a la autoridad competente, los originales de las actas de infracción y/o constatación labradas, incluidas las que por algún motivo deban ser anuladas, adjuntando además un informe detallado de los elementos comisados y lugar de depósito y/o donación de los mismos.

ARTÍCULO 5º.- El Guarda Pesca Honorario, antes de efectuar conferencias o cualquier tipo de exposición pública o privada, sobre temas relacionados con medio ambiente y ecología, deberá solicitar la autorización previa a la Secretaría de Medio Ambiente del ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente; a tal fin deberá presentar para su evaluación el texto de la misma, incluyendo temario, bibliografía consultada, motivo, nivel y cantidad de participantes u oyentes.

ARTÍCULO 6º.- El incumplimiento a lo establecido por los artículos 3º , 4º y 5º de la presente, será causa de caducidad de la designación otorgada.

ARTÍCULO 7º.- El Guarda Pesca Honorario responde por los delitos que pudieran cometer en el desempeño de sus funciones, en tal forma que establece la normativa vigente en la materia.

ARTÍCULO 8º.- Las designaciones establecidas en el artículo 1º de la presente, caducarán automáticamente el 31 de diciembre del 2007.

ARTÍCULO 9º.- Los Guarda Pesca Honorarios deberán atenerse a lo establecido en Capitulo VII en su artículo 54º del texto reglamentario del Decreto Nº 2.410/04, modificado por Decreto Nº 3.519/05.

ARTÍCULO 10º.- De forma.

ANEXO I

NOMINA DE GUARDA PESCA HONORARIOS

Apellido y Nombre / Documento Identidad Nº / Localidad / Departamento

Abad, Yamila Rocío 32.331.628 Helvecia Garay

Aguiar, Andrea Marisa 27.076.419 Helvecia Garay

Angeloni, Pablo Javier 25.326.079 San Justo San Justo

Barrios Egidio Ismael 12.292.854 Colonia Macías Garay

Cerf, María Verónica 28.915.428 Helvecia Garay

Díaz, Adrián César 28.242.294 Helvecia Garay

Dupraz, Fabiana Nerina 29.206.714 Helvecia Garay

Dupráz, Mauro Damián 27.826.433 Helvecia Garay

Dusso, Melisa del Carmen 32.331.643 Helvecia Garay

García Héctor Eduardo 27.422.734 Helvecia Garay

Marrazzo Javier 23.695.747 Helvecia Garay

Moretto, Daniel Armando 16.879.852 Helvecia Garay

Moyano, Alejandro Fabián 21.784.308 Helvecia Garay

Perezlindo, Daniel Rogelio 14.288.197 Helvecia Garay

Ponce, Gabriela Verónica 29.048.813 Cayastá Garay

Sabbadini, Gloria Analía 25.049.928 Helvecia Garay

Zimmermann, Viviana Lorena 31.092.331 Helvecia Garay

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