Instituto
Nacional de Vitivinicultura
VITIVINICULTURA – VINOS COSECHA 2017 - RESOLUCION C 18/16 INV
– INCORPORACION
Resolución (INV)
26/16. Del 7/7/2016. B.O.: 14/7/2016. Vitivinicultura. Productos de la
cosecha 2017. Grado alcohólico real. Modificación de la Resolución (INV)
C.18/16.
VISTO el
Expediente N° S93:0005601/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, la Resolución N° C.18 de
fecha 13 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el
expediente citado en el Visto, se aprobó la Resolución N° C.18 de fecha 13
de junio de 2016, la cual establece que los Vinos Blancos y Rosados de la
Provincia de MENDOZA que resulten edulcorados únicamente con Mosto Virgen,
Jugo de Uva, Mosto Sulfitado y/o Mosto Sulfitado Desulfitado, deberán
responder al corte teórico de los componentes utilizados, sin existir
tolerancia alguna y el grado alcohólico real, no podrá estar por debajo de
SIETE COMA CERO POR CIENTO VOLUMEN A VOLUMEN (7,0 % v/v).
Que el
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA también posee aprobado para la
edulcoración de vinos, entre otros productos, al Mosto Concentrado y al
Mosto Concentrado Rectificado.
Que teniendo en
cuenta que los mencionados productos al ser empleados en determinadas
edulcoraciones de vinos Blancos y Rosados de la Provincia de MENDOZA,
podrían perforar el piso de ONCE COMA CINCO POR CIENTO EN VOLUMEN (11,5%
v/v) establecido para la libre circulación, resulta procedente incorporarlos
a la Resolución N° C.18/16 para su utilización.
Que Subgerencia
de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, y en
uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el
Decreto N° 155/16,
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°—
Incorpórase al Artículo 1° de la Resolución N° C.18 de fecha 13 de junio de
2016, al Mosto Concentrado y al Mosto Concentrado Rectificado como productos
edulcorantes.
ARTÍCULO 2°—
Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y cumplido archívese. |