Registro Nacional de Armas
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS -
ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA DISEÑO Y FORMATO FORMULARIOS LEY Nº 23.979
Disposición (RENAR) 1537/12. Del 10/12/2012.
B.O.: 17/12/2012. Apruébanse las especificaciones técnicas para el diseño y
formato de Formularios Ley Nº 23.979 que como Anexo I se agrega a la
presente formando parte integrante de la misma.
Bs. As., 10/12/2012
VISTO la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429, la Ley Nº 23.979 y su
marco de referencia la Ley Nº 23.283, la Ley Nº 24.492, la Ley de
Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus
modificatorias y en particular el Decreto Nº 1993 del 14 de diciembre de
2010, los Decretos Nº 395 del 20 de febrero de 1975, 302 del 8 de febrero de
1983, 378 del 27 de abril de 2005, las Resoluciones Nros. 1479 del 14 de
octubre de 2006, 1619 del 23 de agosto de 2012 del registro del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos, las Disposiciones Nros. 520 del 21 de agosto
de 2012, 643 del 28 de septiembre de 2012 del registro de la Dirección
Nacional del Registro Nacional de Armas, demás normativa de aplicación, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 145 del Anexo I al Decreto Nº 395/75, Reglamentario de la
Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429, faculta a establecer aranceles
y tasas equitativos para la atención de los servicios administrativos y
técnicos que demanda el cumplimiento de la misma.
Que en concordancia, el Artículo 609 del Decreto Nº 302/83, Reglamentario de
la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 en lo referente a pólvora,
explosivos y afines, establece en lo relativo a aranceles, tasas y multas
que será de aplicación el capítulo VII de la Reglamentación aprobada por el
Decreto Nº 395/75.
Que por Ley Nº 24.492 se establece la utilización, en forma indefectible, de
los Formularios Ley Nº 23.979 para la realización de todo acto de
registración.
Que dichos aranceles y tasas resultan ser fuente de los recursos que
sostienen el Sistema de Cooperación Técnica y Asistencia Financiera del
Organismo, sin costo alguno para el estado Nacional, implementado a partir
de la sanción de la Ley Nº 23.979 y su marco de referencia la Ley Nº 23.283.
Que por Decreto Nº 1993/10 se modificó la citada Ley de Ministerios,
estableciéndose, entre otras, las nuevas competencias del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, entre las cuales se encuentra la de entender en
el registro, habilitación, fiscalización y supervisión que establece la
legislación vigente en materia de armas, pólvoras, explosivos y afines.
Que resulta de aplicación la Resolución MJyDH Nº 1479/06 y su modificatoria,
en relación al Sistema de Cooperación Técnica y Asistencia Financiera.
Que es competencia indelegable del Registro Nacional de Armas disponer los
requisitos de validez de los Formularios a utilizarse en todos los actos
registrales que por ante él se presenten.
Que en sucesivos actos Dispositivos emitidos por este Organismo a lo largo
de los años, se establecieron de manera difusa y aislada las características
y requisitos que debían contener los distintos Tipos de Formularios Ley a
utilizarse.
Que el Decreto Nº 378/05 establece los lineamientos estratégicos para la
implementación del Plan Nacional de Gobierno Electrónico, cuyo objetivo
fundamental es potenciar la utilización de herramientas tecnológicas para
aumentar los niveles de transparencia de los actos públicos y dar rápida
respuesta a las necesidades de la población.
Que en tal sentido, con el dictado de la Disposición RENAR Nº 520 del 21 de
agosto de 2012, la cual recepta los postulados referentes a la optimización
de herramientas tecnológicas con el fin de aumentar los niveles de
transparencia de los actos públicos establecidos por el citado Decreto Nº
378/05, se aprobó el diseño y formato de la “Plantilla de Solicitudes
Electrónicas”, los “Lineamientos Generales de la Plantilla de Solicitudes
Electrónicas”, y las especificaciones técnicas para el diseño del Formulario
Ley Nº 23.979 Tipo Anexo A, todo ello en el marco del proyecto “Solicitud
Electrónica”.
Que profundizando estos rasgos que caracterizan la transformación en los
métodos y sistemas de gestión a ser utilizados en el accionar del Estado
Nacional, es que la Disposición RENAR Nº 643/12, en consonancia con el Plan
Estratégico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por
Resolución MJyDH Nº 1074/11, crea el Sistema de Gestión Integral de
Materiales Controlados (SIGIMAC), para toda la operatoria del Registro
Nacional de Armas.
Que en este orden de ideas, resulta entonces indispensable la unificación de
las pautas de diseño y características de la totalidad de los Formularios
Ley Nº 23.979, como así también el establecimiento de los valores de los
mismos, guardando proporcionalidad y razonabilidad con la tramitación que en
cada caso se trate.
Que han tomado la debida intervención la Dirección Técnica Registral, la
Delegación Técnica Administrativa y la Coordinación de Asuntos Jurídicos.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de
las Leyes Nros. 20.429, 23.979, 24.492 y los Decretos Nros. 395/75, 302/83 y
225/12.
Por ello:
EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Apruébanse las especificaciones técnicas para el diseño y
formato de Formularios Ley Nº 23.979 que como Anexo I se agrega a la
presente formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 2º — Apruébanse los modelos de diseño y formato de los Formularios
Ley Nº 23.979, y sus valorizaciones, que como Anexo II se agrega a la
presente formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 3º — Apruébase el modelo de diseño y formato del Formulario Ley Nº
23.979 tipo 01 A, valorizado en la suma de PESOS CINCUENTA ($ 50) que como
Anexo III se agrega a la presente formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 4º — Derógase, a excepción de lo establecido en la Disposición
RENAR Nº 520/12, toda normativa anterior referente a la aprobación de diseño
y formato de Formularios ley Nº 23.979 que se oponga a la presente.
ARTICULO 5º — Establézcase que, sin perjuicio de lo prescripto en el
artículo anterior, coexistirán de manera transitoria para la valorización de
las distintas tramitaciones de actos registrales, los Formularios Ley Nº
23.979 en diseño y formato existentes en stock, con los modelos aprobados en
la presente, hasta tanto se produzca su agotamiento.
ARTICULO 6º — Establézcase que la presente Disposición entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de datos del
RENAR y archívese.
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL DISEÑO DEL FORMULARIO LEY Nº 23.979.
I.- PAUTAS DE SUSTRATO:
El sustrato será un papel ilustración de primera calidad con un formato de
30 x 60 milímetros, autoadhesivo y de soporte siliconado.
II.- PAUTAS DE DISEÑO:
Los Formularios Ley Nº 23.979, deberán respetar obligatoriamente en su
diseño, las siguientes pautas:
a) La sigla RENAR, el Isologotipo institucional, y las palabras “Registro
Nacional de Armas y Explosivos” y “Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos”, serán dispuestos en el margen superior izquierdo, de acuerdo a los
diseños, formatos y valorizaciones aprobados.
b) La valorización de aquellos será expresada en números y se ubicará
alineada al margen izquierdo.
c) La numeración con caracteres arábigos será dispuesta de manera vertical
en el margen derecho del Formulario, de acuerdo a los diseños, formatos y
valorizaciones aprobados.
III.- PAUTAS DE IMPRESION:
a) Los Formularios deberán contar, como mínimo, con una técnica de seguridad
de probada y reconocida eficiencia, tales como los fondos de seguridad
genuinos y originales del tipo Guilloches y/o Numismáticos, con el fin de
evitar el fraude por duplicación.
b) Se imprimirán a dos colores visibles para texto y fondo de seguridad, uno
de ellos variará para cada valor de Formulario Ley. Adicionalmente, se
podrán incorporar tintas invisibles bajo luz normal con fluorescencia bajo
luz UV.
IV.- PAUTAS DE NUMERACION:
Los Formularios deberán numerarse con caracteres arábigos numéricos en
sistema tipográfico o Ink Jet.
ANEXO II


ANEXO III
e. 17/12/2012 N° 124481/12 v.
17/12/2012