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Ministerio de Defensa
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS -
LEY 20429, ART. 36 INCS. 2 - MONTOS DE MULTAS
Resolución (MD) 544/1995. Del
5/5/1995. B.O.: 16/5/1995. Armas y explosivos. Multas por infracciones a la ley
20.429. Actualización de montos.
1º -- Establecer en pesos cincuenta
($ 50,00) el monto mínimo de la multa prescripta por el art. 36 inc. 2º de la
ley 20.429.
2º -- Establecer en pesos cien ($
100,00) el monto mínimo de la multa prescripta por el art. 36, inc. 3º de la ley
20.429.
3º -- Establecer respecto del
Registro Nacional de Armas que los montos percibidos por multas lo serán con
afectación a los fines establecidos en el art. 45 de la ley nacional de armas y
explosivos 20.429.
4º -- La presente regirá a partir del
día de su publicación en el Boletín Oficial.
5º -- De forma. |