|
Poder Ejecutivo Nacional
ASIGNACIONES FAMILIARES
Decreto 1604/2001. Del 5/12/01. B.O.: 06/12/01. Restitúyese la vigencia de las normas que
instituyeran las asignaciones por prenatalidad, nacimiento, matrimonio y adopción.
VISTO el Decreto Nº 1382 de fecha 1º de noviembre de 2001 y su
modificatorio Nº 1407 de fecha 4 de noviembre de 2001 por el que se instituye el SISTEMA
INTEGRADO DE PROTECCION A LA FAMILIA (SIPROF), y
CONSIDERANDO:
Que a efectos de generar una transición armónica y paulatina entre el Régimen
de Asignaciones Familiares de la Ley Nº 24.714 y el SIPROF resulta necesario y urgente restituir
la vigencia de las normas que instituyeran las asignaciones familiares por prenatalidad,
nacimiento, matrimonio y adopción, que no tienen correlato en las prestaciones del SIPROF.
Que se mantienen totalmente vigentes las razones y fundamentos que dieron
origen al Decreto Nº 1382/01 de manera tal de extender la cobertura a aquellos hogares que no se
encuentran vinculados a una relación formal de empleo.
Que en cuanto a la legalidad del presente se ha expedido la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE DERECHOS HUMANOS,
de conformidad con lo establecido por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº
111 de fecha 31 de octubre de 2001.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo
99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º — Restitúyese, desde
la fecha de su derogación, la vigencia del artículo 89 del Decreto Nº 2284 de fecha 31 de
octubre de 1991 y de la Ley Nº 24.714, con excepción de las normas correspondientes a las
prestaciones a las que refiere el tercer párrafo del artículo 26 del Decreto Nº 1382/01, cuya
vigencia se regirá por las pautas en él establecidas.
Art. 2º — Dése cuenta al
HONORALBE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 3º — De forma.
|