Dirección
Provincial de Planificación del Tránsito y el Transporte
TRANSITO
Y SEGURIDAD VIAL –
RESTRICCIONES A LA CIRCULACION VEHICULAR
Disposición (DPPTyT) E–DI 2/17. Del 15/8/2017. B.O.: 29/8/2017. Tránsito
y Seguridad Vial. Restricciones a la circulación vehicular. Area
metropolitana. Modificar el artículo 1º de la Disposición (DPPTyT) 2/17
reemplazando la Sección II del Anexo de la misma por la planilla que se
agrega a la presente como Anexo Único.
LA PLATA,
15 de Agosto de 2017.
VISTO el
Expediente Nº 2417-2106/2016, del registro del MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por
Disposición Nº 2 del Director Provincial de Planificación del Tránsito y
Transporte, se dispuso efectuar restricciones a la circulación vehicular
durante los días feriados y/o no laborables, tendientes a ordenar la
circulación vehicular por las Rutas Provinciales Nº 2, 11, 36, 56, 63,
74 y Autopista La Plata – Buenos Aires con el objeto de incrementar el
aprovechamiento de la capacidad vial de las mismas, y disminuir la
probabilidad de accidentes;
Que el
Decreto Nº 1584/10 estableció el régimen de los feriados nacionales y
los días no laborables en todo el territorio de la Nación determinando
que los feriados del 17 de agosto, 12 de octubre y 20 de noviembre se
cumplan siempre en días lunes independientemente del día en que
efectivamente tengan lugar y se sumen dos feriados con fines turísticos
por año;
Que dicho
decreto fue modificado por el Decreto Nº 52 de fecha 20 de enero de 2017
que eliminó los feriados con fines turísticos y dispuso la movilidad de
las mayorías de los feriados nacionales a fin de que se cumplan en días
lunes exceptuando algunos feriados que por su significado histórico, o
por tratarse de fechas religiosas o internacionalmente reconocidas,
resulta inconveniente trasladar.
Que el
Decreto Nº 80 de fecha 31 de enero de 2017 sustituyó el artículo 4º del
Decreto 1584/10, modificado por su similar Nº 52/17, incorporando al
listado de los feriados exceptuados de ser trasladados los
correspondientes a los días 24 de marzo, 2 de abril y 20 de junio,
Que como
consecuencia de esta modificación en el régimen de los feriados resulta
necesario reformular la Sección II de la Disposición Nº 2/17 de la
Dirección Provincial de Planificación del Tránsito y Transporte conforme
a lo establecido en el artículo 113 del Decreto-Ley Nº 7647/70 Ley de
Procedimientos Administrativos de La Provincia de Buenos Aires;
Que en este
sentido, resulta adecuado invitar a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA
Y SEGURIDAD VIAL, a la ADMINISTRACIÓN DE DIRECCIÓN DE VIALIDAD de la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
a los Municipios, Federaciones y Cámaras representativas del sector, y
entidades afines, a colaborar con la difusión y aplicación de la
presente medida estratégica de seguridad vial, en beneficio de la
sociedad toda;
Que el
presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en la
Ley Nº 10.837 Régimen Legal del Transporte de Cargas de la Provincia de
Buenos Aires, su Decreto Reglamentario Nº 4.460/91, el Código de
Tránsito Ley Nº 13.927- y su Decreto Reglamentario Nº 532/09, en la Ley
Nº 14.853 - Ley de Ministerios-, el Decreto Nº 12/17 de fecha 4 de enero
de 2017 y las facultades delegadas por la Resolución Nº 4 de fecha 10 de
enero de 2017 de la Subsecretaría de Transporte;
Por ello,
EL DIRECTOR
PROVINCIAL DE PLANIFICACIÓN DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE,
DISPONE:
ARTÍCULO
1°. Modificar el artículo 1º de la Disposición Nº 2 de fecha 30 de enero
de 2017 del Director Provincial de Planificación del Tránsito y
Transporte de la Subsecretaría de Transporte reemplazando la SECCION II
del ANEXO de la misma por la planilla que se agrega a la presente como
ANEXO ÚNICO identificado como IF-2017-01666090-GDEBA-DPPTYTMIYSPGP.
ARTÍCULO
2°. Notificar a la Administración de la DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA
PROVICNIA DE BUENOS AIRES, a la POLICÍA DE LA PROVICIA DE BUENOS AIRES y
a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL.
ARTICULO
3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
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