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Autoridad del Agua
AGUA - VUELCO DE EFLUENTES
- CERTIFICADO
Resolución (ADA) 1/11. Del 6/1/2011. B.O.:
19/1/2011. Establecer que para solicitar la emisión de de los
certificados de disponibilidad de agua como asimismo de
prefactibilidades para proceder al vuelco de efluentes, el interesado
deberá, previamente, abonar una suma fija en concepto de recupero de
gastos de inspección, la que a partir del dictado del presente acto
administrativo se fija en la suma de pesos trescientos ($ 300,00).
La Plata, 6 de enero de 2011.
VISTO el expediente 2436-20.705/10, por el
que la Dirección de Planificación, Control y Preservación de los
Recursos Hídricos propone conseguir el reembolso de la erogación que
debe realizar la Autoridad del Agua para efectuar las inspecciones
técnicas necesarias para la emisión de los certificados de
disponibilidad como asimismo de prefactibilidades para proceder al
vuelco de efluentes, y
CONSIDERANDO:
Que dicha medida tiene su fundamento en las
atribuciones conferidas por el inciso c) del artículo 4º de la Ley Nº
12.257 a la Autoridad del Agua, que le confiere la facultad de
supervisar y vigilar todas las actividades y obras relativas al estudio,
captación, uso, conservación y evacuación del agua;
Que en tal sentido se propone el dictado de
un nuevo acto administrativo que establezca el pago de una suma
compensatoria destinada a lograr el reembolso de la erogación que debe
realizar la Autoridad del Agua para efectuar las inspecciones técnicas
necesarias para la emisión de los certificados aludidos en el exordio;
Que el valor propuesto por la Dirección de
Planificación, Control y Preservación de los Recursos Hídricos asciende
a la suma de Pesos trescientos ($ 300,00), ya que en el caso de los
referidos certificados, su emisión implica una previa inspección técnica
al lugar con el pertinente gasto en movilidad del profesional y/o
técnico actuante;
Que la presente se dicta con arreglo a las
atribuciones conferidas por la Ley Nº 12.257;
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE LA
PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establecer que para solicitar la
emisión de de los certificados de disponibilidad de agua como asimismo
de prefactibilidades para proceder al vuelco de efluentes, el interesado
deberá, previamente, abonar una suma fija en concepto de recupero de
gastos de inspección, la que a partir del dictado del presente acto
administrativo se fija en la suma de pesos trescientos ($ 300,00).
ARTÍCULO 2°: Dejar debidamente aclarado que
el valor consignado en el artículo primero de la presente resolución
podrá ser revisado y adecuado cada seis (6) meses.
ARTÍCULO 3°: Registrar, publicar en el
Boletín Oficial y en la página web de la ADA y dar al SINBA. Cumplido,
pasar a las Direcciones de Planificación, Control y Preservación de los
Recursos Hídricos y de Administración, Finanzas y Recursos Humanos para
su conocimiento. Hecho, a la Dirección de Usos y Aprovechamiento del
Recurso Hídrico y Coordinación Regional para su toma de razón y reserva
de las actuaciones en su carpeta de antecedentes. |