Provincias / Buenos Aires, Argentina

- modifica y/o complementa: resolución 734/14 ADA, deroga resolución 1/11 ADA, resolución 2/11 ADA.

- modificada y/o complementada por: derogada por resolución 333/17 ADA.

Autoridad del Agua

EFLUENTES LIQUIDOS - GESTION DE PERMISOS

Resolución (ADA) 355/15. Del 5/6/2015. B.O.: 22/6/2015. Establecer que para solicitar el Permiso Conjunto previsto en la Resolución ADA Nº 734/14, en concepto de recupero por los gastos de inspección, se deberá abonar una suma equivalente a ochenta y tres (83) litros de gasoil grado tres (3), al valor promedio relevado por la Secretaría de Energía de la Nación.

La Plata, 5 de junio de 2015.

VISTO el expediente Nº 2436-10227/15 mediante el cual se tramita la revisión y adecuación de la suma fija establecida en concepto de recupero por gastos de inspección para la emisión de los certificados de disponibilidad de agua, de prefactibilidad para proceder al vuelco de efluentes, y de aptitud hidráulica, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución ADA Nº 001/11 establece que para solicitar la emisión de los certificados de disponibilidad de agua, como asimismo de prefactibilidad para proceder al vuelco de efluentes, se deberá abonar, por parte del interesado, una suma fija de pesos trescientos ($ 300,00) en concepto de recupero por gastos de inspección, dejando aclarado que el valor de la misma, podrá ser revisada y adecuada cada seis (6) meses;

Que de la misma manera la Resolución ADA Nº 002/11 determina que para solicitar la emisión de los certificados de aptitud hidráulica previstos en la Resolución ADA Nº 004/04, el interesado deberá proceder al pago de una suma fija de pesos trescientos ($ 300,00) en concepto de recupero de gastos de inspección, facultando que cada seis (6) meses se podrá revisar y adecuar el monto de la misma;

Que teniendo presente el tiempo transcurrido desde el dictado de ambos actos administrativos, la suma fijada de pesos trescientos ($ 300,00), ha quedado desactualizada en relación a la erogación real que implica en la actualidad la concreción de las inspecciones;

Que a partir del dictado de la Resolución ADA Nº 734/14, se procederá a emitir un solo Permiso Conjunto adaptándose a la integralidad del ciclo del agua;

Por ello, y en mérito de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 12.257;

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE LA

PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Establecer que para solicitar el Permiso Conjunto previsto en la Resolución ADA Nº 734/14, en concepto de recupero por los gastos de inspección, se deberá abonar una suma equivalente a ochenta y tres (83) litros de gasoil grado tres (3), al valor promedio relevado por la Secretaría de Energía de la Nación.

ARTÍCULO 2º. Dejar establecido que con el dictado del presente acto administrativo queda derogada, en todos sus términos la Resolución ADA Nº 001/11 y el artículo 2º y 4º de la Resolución ADA Nº 002/11.

ARTÍCULO 3º. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web de ADA, dése al SINBA. Cumplido pase a las Direcciones de Administración, Finanzas y Recursos Humanos; de Usos y Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional; y de Planificación, Control y Preservación de los Recursos, para su toma de razón. Hecho, archívese en la Sección Administrativa del Directorio.

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