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Autoridad del Agua
EFLUENTES LIQUIDOS -
GESTION DE PERMISOS
Resolución (ADA) 355/15. Del 5/6/2015.
B.O.: 22/6/2015. Establecer que para solicitar el Permiso Conjunto
previsto en la Resolución ADA Nº 734/14, en concepto de recupero por
los gastos de inspección, se deberá abonar una suma equivalente a
ochenta y tres (83) litros de gasoil grado tres (3), al valor
promedio relevado por la Secretaría de Energía de la Nación.
La Plata, 5 de junio de 2015.
VISTO el expediente Nº 2436-10227/15
mediante el cual se tramita la revisión y adecuación de la suma fija
establecida en concepto de recupero por gastos de inspección para la
emisión de los certificados de disponibilidad de agua,
de prefactibilidad para proceder al vuelco de efluentes, y de
aptitud hidráulica, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución ADA Nº 001/11 establece
que para solicitar la emisión de los certificados de disponibilidad
de agua, como asimismo de prefactibilidad para proceder al vuelco de
efluentes, se deberá abonar, por parte del interesado, una suma fija
de pesos trescientos ($ 300,00) en concepto de recupero por gastos
de inspección, dejando aclarado que el valor de la misma, podrá ser
revisada y adecuada cada seis (6) meses;
Que de la misma manera la Resolución ADA Nº
002/11 determina que para solicitar la emisión de los certificados
de aptitud hidráulica previstos en la Resolución ADA Nº 004/04, el
interesado deberá proceder al pago de una suma fija de pesos
trescientos ($ 300,00) en concepto de recupero de gastos de
inspección, facultando que cada seis (6) meses se podrá revisar y
adecuar el monto de la misma;
Que teniendo presente el tiempo
transcurrido desde el dictado de ambos actos administrativos, la
suma fijada de pesos trescientos ($ 300,00), ha quedado desactualizada en
relación a la erogación real que implica en la actualidad la
concreción de las inspecciones;
Que a partir del dictado de la Resolución
ADA Nº 734/14, se procederá a emitir un solo Permiso Conjunto
adaptándose a la integralidad del ciclo del agua;
Por ello, y en mérito de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 12.257;
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE
LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer que para
solicitar el Permiso Conjunto previsto en la Resolución ADA Nº
734/14, en concepto de recupero por los gastos de inspección, se
deberá abonar una suma equivalente a ochenta y tres (83) litros de
gasoil grado tres (3), al valor promedio relevado por la
Secretaría de Energía de la Nación.
ARTÍCULO 2º. Dejar establecido que con el
dictado del presente acto administrativo queda derogada, en todos
sus términos la Resolución ADA Nº 001/11 y el artículo 2º y 4º de la
Resolución ADA Nº 002/11.
ARTÍCULO 3º. Regístrese, publíquese en el
Boletín Oficial y en la página web de ADA, dése al SINBA. Cumplido
pase a las Direcciones de Administración, Finanzas y Recursos
Humanos; de Usos y Aprovechamiento del Recurso Hídrico y
Coordinación Regional; y de Planificación, Control y Preservación de
los Recursos, para su toma de razón. Hecho, archívese en la Sección
Administrativa del Directorio. |